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Derecho Tributario - CREE

cnevado10 de Junio de 2015

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INTRODUCCION

Los impuestos se constituyen en un medio de financiación de todo Gobierno. Teniendo en cuenta que Colombia es un país en el que los impuestos son cada vez más y más altos en comparación con otros países, es importante conocer aún más sobre estos, este trabajo va orientado a determinar los elementos principales de uno de los impuestos más importantes en Colombia, el Impuesto sobre la Renta para la Equidad –CREE.

Para ello nos centraremos principalmente en la ley que le dio vida a este impuesto, la Ley 1607 de 2012 y las actuales modificaciones hechas al mismo bajo la ley 1739 de 2014.

Con la ley 1607 de 2012 se disminuye la tarifa del impuesto de renta y Complementarios que hasta el año 2012 estaba en 33% quedando en 25% solo para las sociedades y personas jurídicas declarantes del Impuesto de Renta y Complementarios, excluyendo aquellas sociedades sin ánimo de lucro y a las sociedades instaladas en zona franca hasta el 31 de Diciembre de 2012. Se fijan asimismo, en esta ley, las tarifas que regirán a partir del año 2013, el concepto de la autorretencion del CREE desde el 1 de Septiembre de 2014, como mecanismo para hacer llegar más recursos al SENA, al ICBF y a las EPS, al ser los plazos del pago de este impuesto, mensual o cuatrimestral.

También en esta ley se define claramente el hecho generador del impuesto sobre la renta para la equidad-CREE y los beneficios que tienen los Contribuyentes con ello, ya que no solo se reduce la tarifa del Impuesto de Renta y Complementarios sino que además se les exoneran del pago de aportes parafiscales como el SENA, el ICBF y los aportes a salud del 8.5%

En cuanto a la ley 1739 de 2014 podemos decir que trajo importantes cambios al constituirse en la nueva reforma tributaria y que modifico tanto los conceptos para la depuración de la base como las tarifas que regirán a partir del año 2015 con esto se consolido la perpetuidad de la actual tarifa del 9% para los años posteriores, modificando así lo establecido en la ley 1607 de 2012 que estableció la reducción gradual de la tarifa del impuesto sobre la renta para la equidad- CREE.

Esta ley también estableció una sobretasa al impuesto, asimismo esta sobretasa estar sujeta durante los años 2015 y 2018 a un anticipo del 100% del valor de la misma.

En conclusión podríamos decir que el Impuesto sobre la renta para la equidad-CREE, se ha convertido en uno de los principales impuestos a nivel nacional y una de las fuentes de financiación del Estado al gravar los ingresos recibidos por el contribuyente que sean susceptibles de aumentar el patrimonio.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD

Con la ley 1607 de 2012 se disminuye la tarifa del Impuesto de Renta y se crea el nuevo impuesto de Renta para la Equidad- CREE. El artículo 94 de la Ley modifica el 240 del E.T. indicando que las sociedades nacionales, ubicadas por fuera de zona franca, tendrán una nueva tarifa del impuesto de renta del 25% (hasta el ejercicio 2012 fue del 33%). Pero al mismo tiempo, los artículos 20 a 33 de la Ley establecen que solo las sociedades y personas jurídicas contribuyentes declarantes de renta, sin incluir las que sean entidades sin ánimo de lucro ni a las sociedades instaladas en zona franca hasta diciembre 31 de 2012 y que tributan con tarifa del 15%, tendrán que liquidar el nuevo “Impuesto sobre la Renta para la Equidad”, también mencionado como “CREE-Contribución Empresarial para la Equidad” y que se calculará sobre una base que puede ser diferente a la del impuesto de renta. Ese nuevo impuesto también lo deberán declarar y pagar las pequeñas empresas de la Ley 1429 de 2010, pues ellas son igualmente “personas jurídicas contribuyentes de renta”.

El nuevo impuesto se liquidará con tarifa del 9% en los años 2013, 2014 y 2015, pero a partir del 2016 se rebaja al 8% y se liquidará en una declaración nueva que se deberá presentar con pago total. Además, las nuevas empresas que se instalen en zonas francas después de diciembre de 2012 quedaron con la fórmula 15% en renta + el 9% de equidad (después del 2016 será 15% + 8%).

A cambio de este nuevo impuesto, todas las personas jurídicas contribuyentes de renta, sin importar cuantos empleados tengan y las personas naturales que tengan más de dos empleados no pagan ciertos aportes parafiscales cómo el SENA (2%), ICBF (3%) a partir de abril del 2013, pago que se hizo en mayo, y del 8,5% del aporte a la EPS a partir del pago de enero del 2014 sobre cada uno de sus trabajadores asalariados los cuales devenguen menos de 10 SMMLV.

Las personas naturales empleadoras que lleguen a tener más de dos trabajadores vinculados laboralmente también dejarán de hacer esos aportes de nómina y sin embargo no estarán sujetas al Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE.

Los artículos 34 y 35 de la ley también modificaron los artículos 108 y 115 del E.T. para dejar claro que los salarios inferiores a 10 SMMLV seguirán siendo deducibles en renta a pesar de que sobre ellos ya no se tengan que pagar todos los aportes de nómina.

SUJETOS PASIVOS DEL CREE

Los artículos 25 y 31 de la Ley 1607 mencionan que aquellos entes jurídicos que al final del año deban liquidar el CREE, quedan exonerados de pagar los aportes a SENA, ICBF y EPS sobre salarios inferiores a 10 salarios mínimos.

Sin embargo, en el caso de las personas naturales, aunque ellas nunca tengan que liquidar al final del año el respectivo impuesto CREE, el mismo artículo 25 sí las incluye también como empleadores que se ahorrarán los aportes a SENA, ICBF y EPS si llegan a tener 2 o más trabajadores.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1607 de diciembre 26 de 2012, el artículo 1 del Decreto 1828 de agosto 27, y lo confirma el artículo 2 del Decreto 2701 de diciembre del 2013, los únicos sujetos pasivos de este impuesto son los siguientes entes jurídicos (a los cuales se les asigna en el RUT la nueva responsabilidad “35”) y solo ellos se deben auto-practicar la respectiva retención del CREE:

a) Las sociedades y demás entes jurídicos nacionales que sean contribuyentes declarantes del impuesto tradicional de renta pero en el régimen ordinario; por lo tanto los entes jurídicos que pertenezcan al régimen especial e igualmente todos los demás entes jurídicos que no sean contribuyentes del impuesto tradicional de renta no son sujetos pasivos. De entre estos obligados, se exonera expresamente a las sociedades instaladas en las zonas francas existentes a diciembre 31 de 2012 o en zonas francas cuya solicitud para creación al menos se había alcanzado a radicar hasta el 31 de diciembre de 2012, pero siempre que sean sociedades que funcionan como “usuarios operadores” o como “usuarios industriales” (tributan al 15%).

Lo anterior implica que las usuarias comerciales, que tributan al 25%, quedan obligadas a liquidar el CREE.

b) Las sociedades y demás entes jurídicos extranjeros, que sean contribuyentes declarantes del impuesto tradicional de renta, pero solo sobre los ingresos obtenidos en Colombia mediante establecimientos permanentes.

HECHO GENERADOR

Según el artículo 21 de la Ley 1607: “el hecho generador del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE lo constituye la obtención de ingresos que sean susceptibles de incrementar el patrimonio de los sujetos pasivos en el año o período gravable…”

De acuerdo a lo anterior, la retención del CREE solo se debe practicar cuando el vendedor de los bienes o servicios perciba ingresos que le formen rentas ordinarias

en su declaración anual de renta, pero no se le debe practicar cuando se gane una

lotería o una rifa o cualquier otro ingreso que le forme ganancias ocasionales en su declaración anual de Renta, pues el artículo 22 de la Ley 1607 menciona que los ingresos por ganancias ocasionales solo sumarán en la declaración normal de renta pero no sumarán en la declaración anual del CREE.

Así mismo, si el artículo 369 del E.T. menciona que la retención a título del impuesto normal de renta no se practica cuando el beneficiario perciba ingresos que para él sean ingreso no gravado o que sean rentas exentas, entonces podríamos decir que en el impuesto CREE también se pueden restar ciertos ingresos como no gravados y otros como rentas exentas entonces sobre esos no se debería tampoco practicar retención del CREE.

ELEMENTOS PROCEDIMENTALES

FORMULARIO

En la Resolución DIAN 0076 de mayo 7 de 2013 se definió el formulario 360 para la

presentación de la Declaración Mensual de Retenciones en la Fuente del CREE.

Entre mayo y agosto de 2013, como solo existía una única periodicidad para estar presentando la declaración de retenciones o autorretenciones del CREE (mensual), en este caso el formulario 360 que se utilizó para esos periodos solo tenía diseñada una única casilla para indicar el “periodo” (ver la casilla No. 3 -“Periodo”- la cual solo se puede diligenciar con números que van desde “01” hasta el “12”, entendiéndose que un “01” siempre será “enero” o que un “04” siempre será “abril”). Pero junto a ese formulario 360 no se le diseñó ninguna casilla adicional para confirmar la “periodicidad”, la cual es una casilla que existe en el formulario 300 de IVA.

Por lo anterior, y teniendo en cuenta que a partir del 01 de septiembre del 2013 existen dos periodicidades diferentes, mensual o cuatrimestral, la DIAN con la Resolución

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