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El Derecho Administrativo Sancionador


Enviado por   •  29 de Mayo de 2018  •  Ensayos  •  1.369 Palabras (6 Páginas)  •  173 Visitas

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Introducción

En primera instancia cuando se piensa en el Derecho penal viene a la mente las sanciones públicas que esta disciplina del derecho puede impartir gracias al ius puniendi siendo esta la facultad o potestad que tiene el Estado para sancionar al gobernado. Sin embargo existe otra disciplina, el D. administrativo, este regulando el bienestar público y en caso de alterarlo la sanción se da con infracciones administrativas, ya sea  pagando monetariamente o trabajando para la comunidad, mientras que la aplicación del Derecho penal queda en manos del ámbito judicial buscando la preservación de los bienes jurídicos más importantes para  el particular como la propiedad privada, la vida o libertad por mencionar algunos, y en caso de alterar dichos bienes la sanción de dará con una pena ya sea monetaria o privando la libertad, está última es la disyuntiva que distingue las sanciones de la administración pública y la penal de manera general, sin embargo en este ensayo se plantea la idea de un Derecho administrativo sancionador que está ampliamente relacionado con el ius puniendi. 

Para tener una mejor comprensión quiero plantear tres definiciones genéricas de los conceptos que serán más abordados.

Ius Puniendi. -Derecho o facultad del Estado para castigar. El ius puniendi sólo es potestativo del Estado, pues es el único con facultades para conocer y decidir sobre la existencia de un delito y la aplicación de la pena.

Derecho administrativo. -Es el conjunto de normas legales, doctrina y técnicas que regulan la actividad de la Administración Pública en cuanto se relaciona con los administrados o en cuanto unos órganos de aquélla se relacionan entre sí con motivo de la función administrativa, primando siempre el interés público sobre el particular.

Derecho administrativo sancionador. – Una atribución propia de la administración que se traduce en la posibilidad jurídica de la imposición de sanciones a los particulares y aún a los funcionarios que infringen sus disposiciones, o a sus servidores que, en el ejercicio de sus funciones, transgreden sus mandatos o desconocen sus prohibiciones.                                      Jaime Ossa 

El Derecho administrativo sancionador ha surgido a partir de una mayor intervención del Estado, consecuencia de la revolución industrial, la masiva expansión de las ciudades debido a la inmigración de las comunidades rurales a las urbanas buscando mejores condiciones de vida. Todo lo anterior dio como resultado que la sociedad cambiará y tuviera que adaptarse a un Estado interventor dejando de un lado al Estado liberal que salvaguardaba los derechos individuales, ahora dándole prioridad al bienestar público, general o social.

Está ideas fueron tomadas de los contractualistas Rousseau (contrato social) y Hobbes (Leviatan), si bien los fundamentos de ambos pensadores eran diferentes se llegaban a un mismo punto, un poder soberano tenía que regir a la sociedad si no está se destruiría a si misma.

Una vez adoptado está intervención del Estado se han dado conflictos doctrinales sobre el ius puniendi. La esencia de la potestad punitiva de la administración pública y del derecho penal son distintas, sin embargo, la administración ha adoptado ciertos principios de esta última disciplina del Derecho, debido a que la potestad sancionadora no es exclusiva del D. penal ya que existen otras ramas del Derecho con la capacidad de sancionar.

En México el Derecho administrativo sancionador está todavía en etapas de desarrollo porque su estudio y aplicación no satisfacen las garantías que aseguran la correcta tutela de los bienes jurídicos.

Dicho lo anterior es necesario explicar las diferentes teorías que tratan sobre el tema, con el fin de tener un mejor entendimiento y comprensión e identificar sus características generales. Para ello quiero citar a Jaime Ossa Arbeláez con sus diferentes teorías:

  1. Teoría autonomista: Esta teoría lo identifica y lo relaciones como un Derecho penal administrativo que tiene naturaleza propia ya que está regido por principios autónomos que buscan la represión de las infracciones de tipo administrativo que no constituyen delito.  
  2. La dependencia relativa con el Derecho penal: El argumento que ataca a la teoría autonomista considera a esta última como utópica, ya que sostiene que este Derecho necesita bases paralelas a la del D. penal, como son sus principios.
  3. Teoría de un Derecho administrativo sancionador: Esta teoría se considera la más avanzada ya que se reconoce en una etapa de construcción y determina que los principios que la rigen más que pertenecer al D. Penal pertenece al control y delimitación de la facultad punitiva del Estado.  

Es claro que esta última teoría es en la que se basa este ensayo y todos los ideales y pensamientos de su servidor, porque el D. administrativo sancionador más que una rama diferente de la administración pública está basada en los principios delimitadores de la sanción, es decir, esta teoría la definiría como eclética, ya que toma elementos de las 2 primeras y crea una nueva y mejorada teoría acorde a nuestro tiempo y contexto.

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