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Gestion Administrativa


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2014  •  3.051 Palabras (13 Páginas)  •  549 Visitas

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2) Siguiendo con el desarrollo del módulo Nº 3 y teniendo en cuenta el Registro de Créditos Prendarios, determine si las siguientes afirmaciones son verdaderas o falsas. Para que la respuesta se considere correcta deberá efectuar correctamente la fundamentación. (15 puntos)

a) La prenda fija es la constituida sobre mercaderías y materias primas en general, pertenecientes a un establecimiento comercial o industrial y con facultad del deudor de manufacturar, transformar y enajenar tales bienes.

a) FALSO

El parrafo está definiendo lo que se denomina "Prenda Flotante".

La "Prenda Fija" se constituye sobre bienes muebles o semovientes(es decir, que se mueven por sí mismos, como el ganado) y sobre productos o frutos. Las cosas inmuebles por su destino, incorporadas a una finca hipotecada, sólo pueden prendarse con la conformidad del acreedor hipotecario.

b) El registro de créditos prendarios es de carácter provincial.

b) FALSO

Es de carácter nacional y la autoridad de aplicación es la Dirección Nacional de Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios.

c) Las máquinas agrícolas viales autopropulsadas se inscriben en el registro de créditos prendarios.

c) VERDADERO

Ya que cuando hablamos de "registro de créditos prendarios" nos estamos refiriendo al registro de la propiedad del automotor con competencia exclusiva sobre Maquinaria Agrícola Vial o Industrial y de Créditos Prendarios

Según el art. 1 de la disposición 424/02... "Será obligatoria la inscricion inicial de la maquinaria agricola vial o industrial autoporpulsada de origen nacional fabricada con anterioridad al 1ro de Diciembre de 1997 y de la importada ingresada al pais con anterioridad a esa fecha, respecto de la vual se solicitare la inscripcion de un contrato de prenda con registro"... Y según el art 2. ..." debera ser peticionada ante el Registro Seccional de La Propiedad del Automotor con competencia exclusiva sobre Maquinaria Agricola vial o Industrial y de Creditos Prendarios"

Pregunta 3

a) Las personas, funcionarios profesionales o particulares que están autorizadas para peticionar ante el registro de propiedad Inmueble son aquellas que se considere tengan un interés legitimo en averiguar el estado jurídico de los bienes. Ejemplos de ello son:

-Titular registral o quien justifique representarlo.

-Quienes ejerzan profesiones de Abogados, Escribanos, Procuradores, Martilleros, Ingenieros o Agrimensores.

-Representantes de instituciones crediticias oficiales, los poderes públicos y sus organismos.

-Terceras personas interesadas que justifiquen a criterio de la dirección el interés relacionado con la consulta.

b) Documentación susceptible de inscribir en el Registro de la Propiedad inmueble.

..." de acuerdo con lo dispuesto por los arts. 2505,3135 y concordantes del Codigo civil, para su publicidad oponibilidad a terceros y demas previsiones de esta ley, en los mencionados registros se inscribiran o anotaran, según corresponda los siguientes documentos:

a. los que constituyan, transmitan, declaren modifiquen o extingan derechos reales sobre inmuebles.

b. los que dispongan embargos, inhibiciones y demás providencias cautelares

c. los establecidos por otras leyes nacionales o provinciales

"... y podríamos agregar que cuando la ley lo autorice, pueden ser inscriptos instrumentos privados siempre que las firmas estén debidamente certificadas por Escribano Publico.

c) diferencia existentes entre un informe de dominio y un certificado de dominio

En cuanto a quien lo solicita:

-Certificado: Solo puede pedirlo un escribano de Registro o su adscripto.-

-Informe: Puede pedirlo un escribano, abogado, martillero o el propio interesado con firma certificada.-

En cuanto a la vigencia:

-Certificado: Si lo pide un escribano de la jurisdicción es de 15 días a contar desde el día de su expedición por el Registro, caso contrario 25 o 30 días.-

-Informe: Como solo sirve para informar no tiene plazo de vigencia, ya que informa al momento de su expedición, por eso debe ser utilizado a la brevedad.-

En cuanto a los efectos:

-Certificado: provoca el bloqueo registral, esto es que traba la matricula del inmueble, ya que cualquier documento, certificación, medidas cautelares, gravámenes etc., que ingresare con posterioridad a la expedición del certificado solicitado, su respectiva anotación quedara condicionada a las resultas de la utilización del mismo.- Ejemplo. A le vende a B, se pide certificado de dominio y se realiza la escritura, si se anota cualquier medida cautelar en contra de A, con posterioridad a la fecha del certificado utilizado para la venta no perjudicará a B.-

-Informe: no provoca bloqueo registral, es decir que si se pide un informe y el registro no informa ninguna medida cautelar, limitaciones, gravámenes o restricciones, nada obsta a que si alguna medida ingresare al registro con posterioridad a aquel, la misma tenga eficacia.-

d) Cuestiones a tener en cuenta a al hora de afectar un inmueble al regimen de propiedad horizontal

-Afectación:

Todo propietario de edificio construido o en construcción o de terreno destinado a construir en él un edificio, debe hacer constar, en escritura pública, su declaración de voluntad de afectar el inmueble a la subdivisión y transferencia del dominio de unidades por el regimen de propiedad horizontal.

-Constancias de la escritura:

Debera dejar constancia en la escritura de a) Estado de ocupación del inmueble; b) Inexistencia de deudas por impuestos, tasas o contribuciones de cualquier índole a la fecha de su otorgamiento; c) Si la transferencia de unidades queda condicionada

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