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INVERSIONES EN TITULOS VALORES


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2013  •  4.109 Palabras (17 Páginas)  •  974 Visitas

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Introducción

Las inversiones, representan colocaciones o erogaciones que las empresas realizan para obtener un rendimiento de ellos o bien recibir dividendos que ayuden a aumentar el capital. Las inversiones pueden ser a largo o a corto plazo. Las inversiones a corto plazo si se quiere son colocaciones que son prácticamente efectivas en cualquier momento a diferencia de las de largo plazo que representan un poco mas de riesgo dentro del mercado.

Hay muchos tipos de inversiones. Principalmente clasifican en cuatro tipos de activos: propiedad, depósitos a corto plazo, acciones y títulos valores

Muchos de los asesores financieros recomiendan a los inversionistas tener un portafolio diversificado constituido en bonos, acciones y fondos entre otros. Debido a que los bonos tienen un flujo predecible de dinero y se conoce el valor de este al final( lo que le van a entregar al inversionista al final de la inversión), mucha gente invierte en ellos para preservar el capital e incrementarlo o recibir ingresos por intereses, además las personas que buscan ahorrar para el futuro de sus hijos, su educación , para estrenar casa, para incrementar el valor de su pensión u otra cantidad de razones que tengan un objetivo financiero, invertir en bonos puede ayudarlo a conseguir sus objetivos.

Los títulos valores que se negocian en el mercado de capitales tienen diferentes características de riesgo y rendimiento, y se agrupan en títulos de renta fija y títulos de renta variable. Existen títulos para invertir a corto, mediano o largo plazo.

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INVERSION EN TITULOS-VALORES

1. CONCEPTO Y CLASIFICACION

Se denomina titulo-valor a todo documento necesario para el ejercicio del derecho reflejado en el. Para el cumplimiento de la prestacion reflejada en el titulo-valor es necesaria su presentacion. Esto se debe a la conexión entre derecho y titulo. Es lo que graficamente se denomina incorporacion del derecho al titulo, por cuya virtud la circulacion y el ejercicio del derecho cartularizado queda ligada a la posesion del documento.

Las propiedades normativas de esta categoria juridica son: la autonomia, la literalidad y la funcion legitimadora.

A) Autonomia: El adquirente del documento adquiere la titularidad de los derechos que incorpora de tal manera que su posicion juridica es independiente de la que tenia su transmitent, es decir se adquiere a titulo originario (Se dice a titulo derivativo cuando la posicion juridica del adquirente depende de la del transmitente). La autonomia facilita mucho la circulacion del titulo, ya que protege incluso a quien hubiera adquirido el titulo de quien no fuera su legitimo dueño (adquisicion a non domino).

B) Literalidad: Las menciones contenidas en el titulo son absolutamente decisivas para determinar el contenido del derecho documentado. El derecho se adquiere en los terminos indicados en el documento. La literalidad beneficia al titular del derecho dejandola inmune frente a cualquier excepcion que el deudor pudiera oponer. Esta propiedad no aparece por igual en todos los titulos; es mas fuerte en los titulos completos y menos en los incompletos. La literalidad tambien se denomina a veces abstraccion.

C) Funcion legitimadora: Unicamente el poseedor del titulo puede transmitir y exigir el derecho documentado. Identifica la persona del acreedor eximiendole de la prueba de su derecho. Esta posicion lleva aparejada la obligacion del deudor de cumplir la prestacion que se le exige. La propiedad normativa juega sobre la base de la apariencia juridica.

CLASIFICACION DE LOS TITULOS-VALORES

• ATENDIENDO A LA LEY DE CIRCULACION.

Se refiere a la forma en que se legitima el poseedor del titulo-valor en orden al ejercicio de los derechos incorporados al papel Desde este punto de vista hay tres clases de titulos.

1. Titulos nominativos - (titulos directos) Designan como titular a una persona determinada. Para el ejercicio del derecho es necesaria la posesion del titulo, pero no es suficiente, es necesario que el poseedor acredite su identidad. Estos titulos son transmisibles pero su regimen legal es complejo. La ley exige que la transmision se ponga en conocimiento del deudor. Cuando los titulos hayan sido emitidos en masa la notificacion de cesion deber realizarse a la entidad emisora para que la anote en el libro registro.

2. Titulo a la orden - Son titulos nominativos en los que el titular del derecho puede ser sustituido por otro titular sin necesidad de comunicación al deudor. Para acreditar el derecho basta que la persona poseedora del titulo demuestre ser la persona designada por el primer titular. Esto es asi porque para transmitir los titulos a la orden es suficiente con que el titular (transmitente) ordene al deudor que pague a quien el designe (endoso). Los titulos a la orden estan concebidos para circular (letra de cambio).

3. Titulos al portador - La clausula al portador significa simplemente que el poseedor (tenedor) esta facultado para exigir al deudor el cumplimiento de la obligacion. Es la forma traslativa mas sencilla y eficar. El deudor esta obligado a realizar la prestacion a quien acredite la posesion del titulo. Para transmitir los titulos es suficiente la propia entrega. Cuando son titulos al portador emitidos en masa es precisa la intervencion de fedatario publico. La solidez de estos titulos tiene un destacado reflejo en el principio de irreivindicabilidad. Significa que el legitimo dueño del titulo no podra entablar reclamacion frente a quien hubiera adquirido su posesion de buena fe. El tenedor de un titulo al portador goza de accion ejecutiva frente al obligado al pago desde el momento en que la obligacion esta vencida.

• OTRAS CLASIFICACIONES

1. Desde el punto de vista del nacimiento del derecho incorporado hay títulos constitutivos (la emisión determina el nacimiento del derecho encartado) y titulos declarativos (el derecho ha nacido con anterioridad a la emision del documento).

2. Desde el punto de vista de la forma de emision hay titulos emitidos individualmente (se emiten de manera aislada) y titulos emitidos en serie o en masa (una declaracion de emision pone en circulacion una serie de titulos.

3. Según la naturaleza del documento hay 3 grupos diferentes.

• Titulos cambiarios: incorporan un derecho de credito de carácter pecuniario.

• Titulos

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