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LA MEJOR DEMANDA NULIDAD


Enviado por   •  6 de Junio de 2017  •  Trabajos  •  1.374 Palabras (6 Páginas)  •  416 Visitas

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C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO

P R E S E N T E :

JOSE MARTIN NARCIZO PEREZ, abogado, mayor de edad; promoviendo en cuanto Apoderado Jurídico de la moral denominada KANSAS CITY SOUTHERM DE MEXICO, tal y como lo acredito con el Poder General Para Pleitos y Cobranzas pasado ante la fe del Notario Público  número 156, Lic. Ernesto Samano Rodríguez,  así como con la copia certificada de la acta Constitutiva número 74367 de la moral referida, pasada ante la fe del mismo fedatario público, que en copias certificada anexo al presente escrito; señalando como domicilio convencional para oír y recibir toda clase de notificaciones el Despacho Jurídico ubicado en la calle de Cupatitzio, marcado con  número 60,  interior 14, Colonia Centro de esta ciudad de Uruapan, Michoacán; con el debido respeto comparezco a exponer:

En mi Carácter de Apoderado Jurídico de KANSAS CITY SOUTHERM DE MEXICO, el cual solicito se me reconozca para todos los efectos legales a que haya lugar; vengo a promover en la VIA ORDINARIA CIVIL, ejercitando la ACCIÓN DE NULIDAD ABSOLUTA O DE PLENO DERECHO, de  LA ESCRITURA PUBLICA NUMERO 60234 y como consecuencia de esto la nulidad del contrato de compra venta de inmueble,  al señor JOSE LUIS ALMANZA RUIZ, quien tiene su domicilio en Reforma, número 30, de la Colonia Centro de esta Ciudad de Uruapan, Michoacán; mismo que señalo para que sea emplazado a juicio; a quien le demando las siguientes prestaciones:

a).- LA NULIDAD ABSOLUTA, DE LA ESCRITURA PUBLICA NUMERO 87490, PASADA ANTE LA FE PUBLICA DEL LIC. JAIME LINAREZ CASTRO, NOTARIO NUMERO 122 CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE URUAPAN, MICHOACAN; MISMA QUE SE ENCUENTRA INSCRITA EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD DE ESTA CIUDAD BAJO EL TOMO NUMERO 854 REGISTRO 23, LIBRO DE PROPIEDAD.

b).- Como consecuencia de lo anterior, LA NULIDAD ABSOLUTA DEL  CONTRATO DE COMPRA VENTA, CELEBRADO SUPUESTAMENTE ENTRE MI MANDATARIO Y EL C. JOSE LUIS ALMANZA RUIZ, DE FECHA 01 DE DICIEMBRE DE 2016,  DEL INMUEBLE A CONTINUACIÓN DESCRITO:

Inmueble con construcción destinada a casa habitación, ubicado en la calle Aldama número 30, Colonia Ferrocarrilera, en la Ciudad de Uruapan, Michoacán; mismo que tiene una superficie de 10,000 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

 AL NORTE. 100 m con calle de su ubicación.

AL SUR. 100 m con Juan Pérez.

AL ORIENTE. 100 m con lote número 6

AL PONIENTE. 100 m con Guadalupe Gómez.

c).- Toda vez  que el acto de la  venta del inmueble descrito es ficticio, el pago de daños y perjuicios, que deberán ser calculados al momento de la ejecución de la sentencia respectiva.

d).- El pago de honorarios, gastos y costas que se origen con la tramitación del presente asunto.

Fundamento la demanda en los siguientes hechos y capitulo de Derecho,

H E C H O S:

PRIMERO. Con fecha 7 de Junio de 1938, la moral que represento KANSAS CITY SOUTHERM DE MEXICO, adquirió por medio de Concesión que le realizo el Gobierno Federal, una fracción de terreno que sería destinada exclusivamente al uso y destino de la construcción, mantenimiento y servicios de Estación de Ferrocarril para la Ciudad de Uruapan, Michoacán;  acto que se ampara con el Documento de Concesión marcado con el Folio 00056893, mismo que en copia certificada se anexa al presente para constancia legal, dentro de este terreno del cual se otorgó concesión a mi mandataria, se encuentra el siguiente bien inmueble ubicado en la calle Aldama número 30, Colonia Ferrocarrilera, en la Ciudad de Uruapan, Michoacán; mismo que tiene una superficie de 10,000 m2, con las siguientes medidas y colindancias: al norte 100 m con calle de su ubicación, al sur  100 m con Juan Pérez, al oriente 100 m con lote número 6 y al  poniente 100 m con Guadalupe Gómez, del cual para su ubicación anexo plano topográfico realizado por el Perito Ing. Roberto Méndez Juárez, en donde se deslinda el inmueble en mención. Aclarando que hasta la fecha, mi mandante tiene la posesión real y material de dicho inmueble.

SEGUNDO. Por así requerirlo para posteriores tramites con fecha 19 de Mayo de la presente anualidad, mi representada solicito a la oficina de Catastro de esta Ciudad una serie de documentos que le eran necesarios y en dicha búsqueda se percato que existía un supuesto dueño del inmueble anteriormente deslindado, por lo que al checar en el Registro Público de la Propiedad de esta Ciudad a solicitar copia certificada de la escritura del bien inmueble del cual es dueño y que se encuentra descrito en el hecho primero de esta demanda, percatándose que la misma tenia la anotación de venta de fecha 01 de Noviembre de 2016, y como referencia de la misma se encontraba registrada el tomo número 854, registro 23, al remitirse a dicho tomo se percato que había una escritura a favor de JOSE LUIS ALMANZA RUIZ, por una supuesta venta realizada por un supuesto representante jurídico de mi mandante a esta persona.

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