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LA PATRIA POTESTAD Y NUESTRA ACTUAL LEGISLACIÓN


Enviado por   •  21 de Mayo de 2015  •  1.003 Palabras (5 Páginas)  •  137 Visitas

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Planteamiento del problema

La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, aprobada en 1989, significó una revolución copernicana en el tratamiento jurídico de los menores de edad, pues constituye un cambio en la visión clásica de muchas de las instituciones del Derecho, en especial del Derecho Civil, como las instituciones de la Capacidad, la Representación Legal y la Patria Potestad de los menores de edad. Sobre todo, a raíz del cambio de paradigma que significó superar la doctrina tutelar de la situación irregular que consideraba al menor como objeto de protección, por la teoría de la protección integral, que considera al menor como sujeto de derechos, reconociéndole autonomía, y por ende una capacidad progresiva en el ejercicio de los mismos

Las Defensorías de los Niños, son instituciones que existen a nivel mundial, en diferentes países y con diferentes figuras, en un inicio obedeció a la implementación de un modelo general latinoamericano, hoy en día es una institución que ha logrado amoldarse a la realidad nacional con sus defectos y virtudes. Una virtud es la formación de Defensorías gracias a la auto organización comunal, de esta forma, con o sin ayuda internacional, muchas comunidades que no cuentan con una Municipalidad, Comisaría, ni Módulo de Justicia logran instalar una Defensoría de los Niños y Adolescentes con diferentes fines.

Esta institución ha mantenido a lo largo de la historia la orientación de la familia Romana. En su forma primitiva la patria potestad era un derecho ilimitado de un titular sobre la persona y bienes del hijo. La institución estaba orientada a la salvaguarda de los intereses del jefe de la familia y no al cuidado de la familia sometida a la patria potestad, era una institución de derecho civil (no del derecho de gente) y solo podía ser ejercida por ciudadanos Romanos.

En esa época la patria potestad no se extinguía ni se modificaba por el desarrollo de las facultades de quienes estaban sometidos a ella, ni por la edad, ni por el matrimonio. Su titularidad y ejercicio que correspondían al jefe de familia, nunca eran ejercidos por la madre. Los derechos concedidos eran análogos a los ejercidos por el amo sobre el esclavo y comprendían derechos tanto sobre la persona sometida a patria potestad como sobre sus bienes

Durante la Edad Media, dicha institución evoluciona en el sentido siguiente: se extingue cuando el hijo alcanza la mayoría de edad. El manejo de la institución corresponde a ambos progenitores. El hijo puede tener patrimonio propio cuya administración está encomendada al padre, sin que este tenga derecho alguno sobre dicho patrimonio. Y el Estado comienza a intervenir con la finalidad de proteger al hijo

Hacia el siglo XX, toma cuerpo la noción de que los poderes y facultades que integran la patria potestad, solamente son medios para cumplir deberes a favor del hijo. Se consagra la posibilidad de privar de la patria potestad a quien la ejerce, al comprobarse el incumplimiento grave de esos deberes. Hoy en día más que hablar de derechos, se habla de poderes.

En la exposición

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