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La Justicia Penal Restaurativa


Enviado por   •  20 de Agosto de 2014  •  1.103 Palabras (5 Páginas)  •  167 Visitas

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¿POR QUÉ LA JUSTICIA JUVENIL RESTAURATIVA EXIGE LA ESTRUCTURACIÓN DE UN SISTEMA ESPECIALIZADO DE JUSTICIA JUVENIL?

Una simple mirada a nuestro entorno social nos permite comprobar que los derechos humanos de la infancia no son una realidad, muchos niños viven en condiciones de supervivencia y hay una violencia creciente en su contra, las tasas de participación juvenil en en ciertos ilícitos ha aumentado drásticamente y se ha transformado en un tema de preocupación mundial. Así la Convención Americana y la Convención de los Derechos del Niño que forman parte de un conjunto de normas vinculadas o corpus juris (en materia de niñez se refiere al reconocimiento de la existencia de un conjunto de normas fundamentales que se encuentran vinculadas con el fin de garantizar los derechos humanos de las niñas, los niños y adolescentes), ha señalado que para interpretar las obligaciones del Estado en relación con los menores, además de las disposiciones de la Convención Americana, considera importante acudir, por referencia, a otros instrumentos internacionales que contienen normas más específicas con respecto a la protección de la niñez, entre las cuales cabría citar la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), y las diversas Declaraciones de las Naciones Unidas sobre el tema.

Nuestro país ha emprendido en los últimos años un proceso de cambio institucional en el ámbito de su sistema de justicia. En el caso concreto de los adolescentes en conflicto con la ley penal, se pretende elaborar un sistema que sea capaz de reencauzar la conducta de esos adolescentes de un modo compatible con los derechos de los demás ciudadanos, es decir, establecer un sistema de respuesta ante los hechos contrarios a la ley penal, y para ello debe ser diseñada de forma tal que permita recomponer el sentido de ciudadanía del adolescente, es decir con un claro énfasis educativo.

Se hace necesario entonces que los operadores que conforman la respuesta estatal a los hechos realizados por los adolescentes, adecuen sus prácticas a los principios reeducativos y resocializadores que inspiran el sistema y que satisfacen el estándar de protección integral impuesto por la Constitución, sin olvidar que los valores centrales de la justicia restaurativa son: el encuentro (personal y directo entre la víctima, el autor u ofensor y/u otras personas que puedan servir de apoyo a las partes y que); la reparación (restitución o devolución de la cosa, pago monetario, o trabajo en beneficio de la víctima o de la comunidad); la reintegración (tanto de la víctima como del ofensor en la comunidad); y, la participación o inclusión (consistente en regalar a las partes la oportunidad para involucrarse de manera directa y completa en todas las etapas de encuentro, reparación y reintegración).

La justicia restaurativa centra su respuesta en los efectos nocivos que tienen para la víctima, la sociedad e incluso el mismo adolescente, y se constituye en una herramienta de gran valor para diseñar una respuesta capaz de lograr la finalidad educativa y, también para recomponer los lazos entre los adolescentes y el entorno familiar y social del que forman parte

El Preámbulo CDN (haciendo referencia a la Declaración) señala: “El niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal…” – CDN art. 40.3 especifica que obligación Estados parte en materia de procedimientos penales es el

“…establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicos para los niños de quienes se alegue han infringido

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