ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Manual de organización y funciones de las redes educativas


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2019  •  Documentos de Investigación  •  1.209 Palabras (5 Páginas)  •  171 Visitas

Página 1 de 5

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

CAPITULO I

ARTÍCULO 1: La red educativa EMANUEL debe ser constituida por docentes y directores de los centros Educativos Pompilio Ortega, Rene Rojas Pacheco, Omar Edgardo Rivera, José Cecilio del Valle y sus respectivos centros Pre-básicas y/o CCPREB, padres que conforman la sociedad de la padres de familia y representantes del gobierno estudiantes de cada centro educativo.

ARTÍCULO 2: La estructura organizativa de la red será la siguiente:

  1. Asamblea representativa
  2. Junta directiva
  3. Director de red
  4. Consejo de maestros
  5. Gobierno escolar

DE LA ASAMBLEA REPRESENTATIVA

   ARTÍCULO 3: La asamblea representativa estará conformada por representantes de cada comunidad educativa de la red:

  1. El director de cada centro que integra la red educativa EMANUEL.
  2. El presidente dela sociedad de padres de familia  de cada centro que integra la red educativa EMANUEL.
  3. Tres miembros de la comunidad que serán electos por los directores de los centros integrados bajo criterios de participación.
  4. Un representante del gobierno escolar.

DE LA JUNTA DIRECTIVA

ARTÍCULO 4: La junta directiva de red será electa democráticamente por la asamblea representativa y estará conformada por:

  1. Dos representantes de las sociedades de padres de familia.
  2. Un representante del consejo de docentes.
  3. Un representante del gobierno escolar.

ARTÍCULO 5: La junta directiva de red tendrá la estructura organizativa siguiente:

  1. Presidente
  2. Secretario
  3. Tesorero
  4. 4 Vocales

DEL DIRECTOR DE RED

ARTÍCULO 6: El director de la red será un docente electo de la siguiente manera:

  1. Es elegido democráticamente por el consejo de los docentes de la red.
  2. Si cumpliese con el perfil requerido, de preferencia que sea el director del centro sede.
  3. El periodo de funcionamiento del director de la red será de dos años pudiendo ser reelegido si el consejo de docentes de la red así lo quiere.

DEL CONSEJO DE DOCENTES

ARTÍCULO 7: El consejo de docentes se conformara con los docentes de cada centro educativo de la red.

ARTÍCULO 8: El consejo de docentes de la red se organizara en la primera reunión que se celebre nombrando un secretario y vocales para asuntos específicos, la presidencia será asumida por el director de la red y tendrá vigencia para el año escolar.

DEL GOBIERNO ESCOLAR

ARTÍCULO 9: El gobierno escolar de la red se organizara con la representación de los presidentes de los gobiernos escolares de los centros integrados en la red.

ARTÍCULO 10: la estructura del gobierno escolar será:

  1. Presidente
  2. Secretario
  3. Tesorero
  4. 1 vocal

CAPITULO II

DE LAS FUNCIONES

Cada miembro de la red educativa EMANUEL deberá cumplir con las siguientes funciones:

ARTÍCULO 11: Son funciones de la junta representativa:

  1. Elegir, monitorear y apoyar la junta directiva de red.
  2. Monitorear y apoyar al director de la red.
  3. Participar en la toma de decisiones para atender oportunidades de desarrollo y para resolver conflictos.
  4. Apoyar informes por parte de la junta directiva de red y del director de la red sobre el desarrollo y las actividades en la red. En base a estos informes tomar decisiones sobre medidas correctivas.

DE LAS FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA RED

ARTÍCULO 12: El presidente de la red tendrá las siguientes funciones:

  1. Presidir las sesiones de la asamblea representativa y de la junta directiva de la red.
  2. Autorizar y refrendar con su firma las actas de las sesiones de la junta representativa y de la junta directiva de la red.
  3. Establecer a través del secretario la convocatoria escrita para las sesiones ordinarias y extraordinarias.
  4. Decidir con el voto de calidad en caso de empate, en las reuniones de la junta representativa y de la junta directiva de red.
  5. Firmar juntamente con el tesorero o responsable de finanzas, los presupuestos y de más títulos de valores que emita la red.
  6. Ejercer la representación legal de la red, en todos los asuntos judiciales y extrajudiciales en que esta se vea involucrada.
  7. Participar activamente en las actividades de la red.
  8. Informar junto al tesorero a la junta representativa de la red acerca del manejo de los fondos de autogestión.
  9. Velar por el cumplimiento de las leyes y reglamentos educativos.
  10. Custodiar el buen uso y manejo de los bienes a cargo de la junta directiva.

ARTÍCULO 13: El secretario de la red tendrá las siguientes funciones:

  1. Redactar las actas de las sesiones de la junta directiva y de la junta representativa y refrendar con su firma.
  2. Leer las actas para su discusión y aprobación.
  3. Trascribir acuerdos y resoluciones de la junta representativa y de la junta directiva.
  4. Llevar los archivos de la red en forma ordenada y completa, custodiando la documentación bajo su responsabilidad.
  5. Atender la correspondencia de la junta directiva de la junta representativa, registra las agendas y las actas de las mismas.
  6. Convocar a las sesiones de la junta directiva de la red a petición del presidente.

ARTÍCULO 14: El tesorero de la red tendrá las siguientes funciones:

  1. Gestionar la parte financiera de la junta directiva de red.
  2. Conservar copia de todas las facturas  y de todos los gastos realizados por la junta directiva de la red.
  3. Recaudar y custodiar los fondos de la red.
  4. Llevar libro de contabilidad donde se registren los ingresos y egresos de la red.
  5. Efectuar los pagos acordados en las sesiones de la junta directiva de la red.
  6. Presentar anualmente un informe económico a la junta directiva de la red y/o a la junta representativa.

ARTÍCULO 15: Los vocales de la red tendrán las siguientes funciones:

  1. El vocal I sustituirá al presidente en caso de ausencia.
  2. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias para apoyar al presidente en los asuntos que allí se tratan.
  3. Participar en las comisiones de trabajo que se requiera.
  4. Realizar funciones en las actividades tales como disciplina, culturales, sociales, ambientales, deportivas y otras.

 ARTÍCULO 16: El Director de la red tendrá las siguientes funciones:

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (7.6 Kb)   pdf (76.3 Kb)   docx (62.4 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com