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Obligaciones, Contratos, Ausicontratos


Enviado por   •  25 de Enero de 2012  •  1.477 Palabras (6 Páginas)  •  647 Visitas

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CAPÍTULO I

CONCEPTO GENERAL DE LAS OBLIGACIONES, SUS ELEMENTOS Y TIPOS DE OBLIGACIÓN.

Tradicionalmente se define como un vínculo del derecho por el cual somos obligados con la necesidad de pagar alguna cosa según las leyes de nuestra ciudad (Justiniano 1 de agosto de 527 – 14 de noviembre de 565 Por su reforma y compilación de leyes y por la gran expansión militar que tuvo lugar en Occidente bajo su reinado, para una restauración en roma).

Autores modernos la definen como la relación jurídica entre dos personas en virtud de la cual una de ellas, llamada deudor, queda sujeta para con otra llamada acreedor, a una prestación o una abstención de carácter patrimonial, que el acreedor puede exigir al deudor (Borja Soriano 13 de agosto de 1873 y murió el 23 de enero de 1967. 1er libro: Teoría General de las Obligaciones)

(De las definiciones de Borja, Moto Salazar, García Máynez y el Lic. Carrillo Zalce. Obtenemos la siguiente definición:)

Obligación es la relación jurídica que existe entre un sujeto llamado deudor, quien queda obligado para con otro, llamado acreedor, a otorgarle una prestación, consistente en no hacer algo, o bien cumplir con una abstención, consistente en no hacer algo, de carácter patrimonial y que el acreedor tiene el derecho de exigirle, con fundamento en la Ley.

Elementos de las obligaciones

a) Sujetos

b) Objeto

Dar y hacer= hecho positivo (prestación)

No hacer= hecho negativo (abstención).

Código civil regula las obligaciones de dar (artículos 2011 al 2021).

Obligaciones de hacer código civil artículo 2027.

Las obligaciones de no hacer las resume el artículo 2028, quedando sujeto al pago de daños y perjuicios en caso de que lo hiciere.

C) Una relación jurídica

El deudor queda sujeto hacia el acreedor a cumplir con lo que este le exija quedando ambas partes vinculadas siendo jurídica ósea protegida por el Derecho. La ley acude en auxilio del acreedor para que tenga la fuerza coactiva de hacer cumplir la obligación.

CARACTERÍSTICAS DE LA OBLIGACIÓN

1. Carácter patrimonial

La prestación o abstención (objeto) debe ser apreciable en dinero o tener un valor económico muy independientemente del interés moral o afectivo, al final se reparara económicamente, y en lo más posible, el daño o perjuicio causado, causándose así la patrimonialidad de la obligación.

2. Con fundamento en la Ley

La relación entre los sujetos debe ser jurídica ósea reconocida por la Ley para poder exigir el cumplimiento o bien las consecuencias de un pago o no beben estar previstas en la ley. Retomando lo de Justiniano “según las leyes de nuestra ciudad”.

TIPOS DE OBLIGACIONES

Civiles: Las que pueden exigirse con el apoyo de la ley.

Naturales: Las que la ley no obliga a cumplir, pero si existió relación jurídica el deudor podrá pagarlas voluntariamente, el acreedor podrá recibir el pago pero no tendrá derecho a exigirlo.

CAPÍTULO II

FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

Con el término fuente estamos designando el hecho o acto en donde se generan las obligaciones.

EL CONTRATO

Contratos: Convenios que producen y transfieren derechos y obligaciones (articulo 1973).

LA DECLARACIÓN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD

Como fuente extracontractual creadora de obligaciones, nuestro derecho consigna el acto por medio del cual una sola persona se convierte voluntariamente en obligado, concediendo el carácter de acreedor a personas que en ocasiones, ni siquiera conoce, pero llegando el momento éstas le pueden exigir que cumpla, son acreedores cumplan o no su derecho:

a) Oferta pública de venta: Obliga al dueño a sostenerlo (art. 1860), exigiendo el precio anunciado y conocido por todos.

La Ley Federal de Protección al Consumidor señala requisitos y consecuencias. (art.16 LFPC).

b) Promesa de recompensa: (artículo 19861). La persona

que ejecute el servicio podrá exigir el pago de lo ofrecido.

c) Estipulación a favor de tercero: El comprador de una casa se compromete a pagar la hipoteca pendiente, el acreedor hipotecario pede exigir al comprador que le pague,

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