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PROCEDIMIENTO COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES

vanecataApuntes23 de Octubre de 2015

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PROCEDIMIENTO

COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES

Elaborado por:

Revisado por:

Aprobado por:

Cinthya Zúñiga H.

Carmen Gloria Miranda V.

Patricio Oyarzún A.

Jefe Prevención de Riesgos

Jefe Calidad

Gerente de Proyectos

17-11-2014

17-11-2014

17-11-2014

  1. Objetivo

Regular el proceso de comunicación y acciones a seguir ante algún accidente, en cualquier dependencia de CDP, sean estos accidentes de personal directo o de subcontrato.

  1. Alcance

Todas las obras en ejecución y dependencias de CDP, se aplicará cualquiera sea la dependencia del trabajador afectado.

  1. Referencias

Manual de Prevención de Riesgos

Reglamento Interno

Circular 2345

Norma técnica n° 142

Ley 16.744

  1. Definiciones:

APR: Encargado en Prevención de Riesgos

CDP: Constructora del Puerto Ltda.

EPP: Elementos de Protección Personal.

SC: Sub-contrato

  1. Responsabilidades

Gerente General: Aplicar este procedimiento en todas las dependencias de CDP y será el único autorizado o quién él designe para realizar una declaración pública en caso de ser necesario.

Jefe Departamento de Prevención: Revisar este procedimiento y modificarlo según nuevas normativas que pudieran existir. Además controlar su cumplimiento y llevar los registros asociados al documento. Deberá presentarse en cualquier dependencia de CDP en caso de accidente grave o fatal que active el protocolo de circular 2345.

Encargado en Prevención de obra: Cumplir y hacer cumplir este procedimiento, informar al Departamento todos los accidentes que ocurran en obra. Elaborar en conjunto con el Comité Paritario si correspondiere la investigación de accidentes. Asesorar al Administrador de Obra los pasos a seguir en caso de accidente.

Administrador de Obra: Será el encargado de detener las faenas en caso de ser necesario, activar alarmas de emergencia y llevar el proceso de evacuación si así fuere pertinente. Además se coordinará con el APR acerca de los pasos a seguir ante un accidente.

Jefe de Terreno: Detener faenas en el sitio del suceso y cooperar en la investigación del accidente.

  1. Descripción de la Actividad

  1. Procedimiento en caso de accidente leve sin atención médica

6.1.1 De la atención del herido

En los casos de accidentes leves que no requieran una atención médica por la naturaleza de las lesiones se deberá atender al trabajador en el recinto, prestándole las atenciones necesarias (curaciones menores).

6.1.2 De la investigación del accidente/incidente

Se realizará una investigación acerca de lo sucedido, de manera de llevar un registro de aquellos accidentes o incidentes menores, cosa de fortalecer estos puntos ya que son los primeros focos de atención que nos alertan de algún accidente más grave. Se deberá llevar un registro cronológico de este tipo de incidentes.

  1. Procedimiento en caso de accidente leve con atención médica

  1. De la atención del herido

En caso de algún accidente que necesite atención médica, se procederá a prestar los primeros auxilios en los recintos de CDP, dónde para heridas se procederá a lavar con suero fisiológico la parte afectada, la que eliminará cualquier foco de infección de la misma.

Una vez prestado el auxilio, se procederá a llenar la DIAT para enviar al trabajador a Mutual. Quien acompañará al afectado a la Mutual será el APR o se designará a alguna persona en su reemplazo, el trabajador será transportado en camioneta de la empresa hasta el lugar de atención y se deberá esperar la resolución de parte del médico, ya que podría reincorporarse a sus funciones inmediatamente o podría tener reposo laboral.

El certificado de atención y la alta médica serán almacenados por el APR de obra, al igual que la investigación de accidente.

6.2.2 De la investigación del accidente/incidente

Se realizará una investigación por parte del APR, Comité Paritario si existiese y del Jefe directo. En caso de accidentes que tengan más de 5 días perdidos se dejarán por escrito declaraciones de testigos acerca del hecho acaecido.

Se informará al Departamento de Prevención de Riesgos del hecho antes de 48 horas, con un informe preliminar o el definitivo en caso de tenerlo acerca de los hechos ocurridos y de las medidas adoptadas.

Una vez analizadas las causas y definidas las medidas preventivas se deberá elaborar un informe de levante de medidas correctivas, con evidencia de las actividades ejecutadas, enviando dicho informe al Departamento de Prevención.

Además se deberá difundir a todo el personal los hechos ocurridos, las medidas adoptadas y crear conciencia de cómo evitar este tipo de accidentes.

A él (los) accidentado(s) del mes se le(s) invitará a la reunión mensual del Comité Paritario. En el caso de repetidores de accidentes se les citará a una primera reunión con el Administrador de Obras, y en caso de tener un tercer accidente se les citará a una reunión con el Gerente General o quién él designe.

En caso de que el accidente se haya debido a alguna conducta temeraria por parte del trabajador, se le pasará una amonestación escrita con copia a la inspección del trabajo.

  1. Procedimiento en caso de accidente grave

  1. De la atención del herido

En caso de accidentes graves donde el herido se encuentre en riesgo vital, sin capacidad de moverse, con heridas graves o en caso de accidente con varios lesionados se deberá solicitar la ambulancia del Organismo Administrador (Mutual), al herido no se le moverá bajo ningún motivo, a no ser de que su vida corra más peligro al dejarlo en el lugar, en hechos tales como, inminente colapso de estructuras, incendios, fuga de productos peligrosos, etc.

El movimiento de dicho lugar deberá ser en forma cuidadosa, sobre todo cuando se trata de caídas desde altura, ya que se puede agravar la fractura de la persona generando consecuencias mayores. El procedimiento se dejará estipulado en cada plan local de emergencia de las obras.

La persona encargada de llamar al servicio de ambulancia será quién esté definido en ese momento en cada plan local de emergencia, pudiendo ser el Administrador de Obras, Encargado en Prevención o jefe del plan de emergencia.

Cada obra deberá determinar su procedimiento interno de coordinación en cada caso.

Se deberá ir evaluando en cada instante el estado del herido, en la comunicación con la ambulancia de Mutual se debe entregar la siguiente información:

  • Identificación de quién llama
  • Identificación de la emergencia (herida, fractura, atrapamiento, etc.)
  • Cantidad de heridos
  • Estado del herido (si está consciente o no)
  • Lugar de la emergencia
  • Referencias de cómo llegar
  • Cualquier información solicitada por la operadora

Paralelamente a la atención del herido se deberá dejar registro en lo posible fotográfico del accidente, para las investigaciones de rigor y como medio de prueba en caso de que fuera necesario.

Se realizará un levantamiento de los testigos y se deberá obtener la mayor cantidad de información en el momento.

Si hay personas que se encuentren en shock por el accidente se derivará a Mutual en caso de ser necesario.

Se detendrán faenas en el sector hasta que se eliminen las condiciones de riesgo que hubieran dado origen al accidente.

Para la investigación de accidentes se seguirán los mismos pasos descritos en el punto 6.2.2

6.4 Procedimiento en caso de accidente grave o fatal con activación de circular 2345

Para la atención del herido se seguirán los mismos pasos que en el punto 6.3.1.

Según la circular 2345 se considera un accidente grave que active el protocolo de esta circular los siguientes casos:

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