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PROCESO DE HÁBEAS CORPUS


Enviado por   •  15 de Diciembre de 2014  •  2.109 Palabras (9 Páginas)  •  258 Visitas

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CAPÍTULO I - PROCESO DE HÁBEAS CORPUS

1. Este instrumento procesal que sirve para defender la libertad personal, tuvo su origen en Inglaterra con la Ley de Hábeas Corpus en el año 1679. También ha tenido su evolución en el Perú, cuyo punto de partida está representado por la Ley de 1897 que lo estableció por primera vez, y ha venido perfeccionando no solamente su significación, sino también sus alcances, su ámbito de aplicación y, sobre todo, su procedimiento.

Tal como ahora está determinado en nuestra legislación, es posible formular la siguiente definición: El Hábeas Corpus es un proceso de garantía constitucional sumaria entablada ante el juez penal o ante la Sala Penal de la Corte Superior, dirigida a restituir la libertad que ha sido vulnerada o amenazada, por actos u omisiones provenientes de autoridades, funcionarios o particulares.

"La idea central y básica, pues, es la defensa de la libertad individual, más propiamente entendida como libertad, física o corporal, frente a un arresto o detención indebida y como medio de defensa que concede la Constitución u ordenamiento jurídico del Estado, para enfrentar los excesos represivos del poder de las autoridades, principalmente políticas y policiales. El hecho de establecerse una contradicción entre la norma constitucional o legal que concede la garantía y las actitudes de gobernantes, significa el reconocimiento tácito de los riesgos y mal uso del poder político en sus diferentes esferas y niveles y conlleva la necesidad de conceder a la ciudadanía un medio de defensa concreto, inmediato y en lo posible eficaz y ese es el Hábeas Corpus.

2. SU DETERMINACION CONCEPTUAL

El fin inmediato que persigue el proceso de Hábeas Corpus, es el restablecimiento de la libertad personal vulnerada o amenazada. Esto significa regresar a la situación anterior en que se encontraba el sujeto, en uso de su libertad.

Este propósito resulta perfectamente claro, tratándose de la libertad corporal, frente a un arresto, pero resulta un tanto impreciso, pero no por eso menos efectivo, cuando se trata de otros aspectos de la libertad personal, como por ejemplo, en la omisión de otorgar un pasaporte o el de ser asistido por un abogado, en caso de encontrarse detenido ilegalmente o en el caso de incumplimiento de una excarcelación ya ordenada.

3. FINALIDAD

4. CARACTERÍSTICAS

• Es una acción de garantía constitucional.

• Es de naturaleza procesal.

• Es de procedimiento sumario.

• Sirve para defender la libertad personal.

A. ES UNA ACCION DE GARANTIA CONSTITUCIONAL

Esto significa la concurrencia de una persona y el obrar procesalmente de la misma ante un organismo jurisdiccional ordinario o ante un organismo jurisdiccional constitucional, según sea el caso, para conseguir la protección a su libertad personal.

Esta terminología de acción y no de recurso, como algunas veces se ha empleado en el Perú y en el derecho comparado, es la más correcta, ya que el término "recurso" se reserva para los medios impugnatorios que se emplean para las resoluciones judiciales o administrativas. También nos permite distinguir un derecho, de un mecanismo para defender ese derecho, como lo es una acción de garantía, ya expresada anteriormente.

B. ES DE NATURALEZA PROCESAL

En efecto el Hábeas Corpus no es una institución de derecho sustantivo, sino de derecho procesal o adjetivo, pues implica el desarrollo de un procedimiento judicial, con la única particularidad que es especial, por la libertad que se cautela y por la naturaleza del mismo procedimiento, que tiene un sentido preferencial y urgente. Insistimos nuevamente, el Hábeas Corpus, no es un derecho, es una garantía.

C. ES DE PROCEDIMIENTO SUMARIO

Quizá sí deberíamos calificarlo de sumarísimo, pues su tramitación es muy breve o sumamente breve y abarca todo cuanto se trata de aplicar para el caso de restablecer la libertad ambulatoria, frente a una detención arbitraria. Y aquí nuevamente insistimos en el carácter especial y extraordinario que tiene el valor de la libertad, que exige un remedio inmediato y efectivo, en el que, como veremos más adelante, se dan todas las facilidades procesales.

El carácter sumario de este procedimiento exige la preferencialidad por parte de los jueces; cuando los accionantes recurren en uso del Hábeas Corpus, se prohíben toda clase de articulaciones que entorpecen el desenvolvimiento de la acción.

PROCESO DE AMPARO

El proceso de Amparo, es una garantía, que se desenvuelve mediante un proceso constitucional con sus propios objetivos, características y medidas, que en nuestro país, el Perú, se ha adaptado con cierta facilidad y viene aplicándose desde la promulgación; de la Ley 23506, que desarrolló la norma constitucional contenida en el art. 295 de la Constitución de 1979. Quizá si tal adaptación de esta institución de origen mexicano se debe al hecho que en nuestro ordenamiento anterior se practicaba la defensa de los derechos constitucionales, por cierto con serias insuficiencias mediante el Hábeas Corpus, por lo que la Acción de Amparo ha venido a superarla.

Al comienzo de su aplicación se hizo uso indebido, no solamente por desconocimiento de este instituto jurídico, sino también porque se quiso encontrar en él un medio dilatorio de defensa, aplicándolo por ejemplo contra las sentencias de procesos agotados.

1. CONCEPTO Y OBJETO

Teniendo en consideración la normatividad vigente en el Perú, la acción de Amparo es una acción de garantía constitucional, sumaria, que se formula ante el Juez Civil o ante la Sala Civil de la Corte Superior correspondiente, dirigida a restituir cualquier derecho reconocido por la Constitución que no sea el de la libertad personal, que haya sido vulnerado o amenazado por cualquier autoridad, funcionario o persona.

La idea fundamental es el restablecimiento de las libertades o los derechos constitucionales, que hayan sido objeto de un exceso o abuso de parte de las autoridades y funcionarios y aún provenientes de personas particulares, restablecimiento que debe hacerse en la forma más breve.

1. Tiene por finalidad impedir que los servicios informativos; computarizados o no suministren información que afecten la intimidad personal y familiar.

2. FINALIDAD

3. CARACTERISTICAS

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