ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Parcial 1 transporte.


Enviado por   •  30 de Marzo de 2017  •  Tareas  •  3.268 Palabras (14 Páginas)  •  232 Visitas

Página 1 de 14

DERECHO DEL TRANSPORTE Y LAS TELECOMUNICACIONES

Parcial 1:

Actividad 1: cuadro con las similitudes y diferencias entre los derechos marítimo, aeronáutico y espacial.

DERECHO MARITIMO

DERECHO AERONAUTICO

DERECHO ESPACIAL

Núcleo común

La regulación jurídica de una actividad dominada por el desplazamiento de vehículos a través un medio más o menos fluido, en donde el hombre no puede, en principio, sobrevivir por su propia naturaleza.

Objeto

Actividad navegatoria independiente del fin que ella persiga. Puede ser con fin comercial, deportivo, recreacional o científico.  

Estudio y regulación jurídica de la actividad aeronáutica en todas sus formas y manifestaciones.

Estudio teórico de los probables acontecimientos que se llegarán a dar en el espacio.

Ámbito

Caracterizad por el predominio de la libertad de los desplazamientos y de las actividades conexas. El estado actual del derecho Internacional Publico del Mar admite el ejercicio de maniobras de índole militar en áreas libres.

La libertad de desplazamiento es  en el espacio aéreo que cubre las zonas libres de navegación o territorios no sometidos a soberanía alguna y no al espacio aéreo que cubre los Estados, en donde impera la plena soberanía de los mismos.  

La libertad del desplazamiento o actividades debe realizarse exclusivamente con fines pacíficos, en provecho e interés de todos los países.

Vehículos

Nacionalidad

Permite la aplicación de la ley del Estado en cuyo registro se inscribe el vehículo para aquellos hechos, actos o delitos sucedidos en donde no impera soberanía de ningún estado.

Denominación

Buque: se desplaza con propulsión a vela o mecánicamente, aprovechándose de la sustentación natural que lo mantiene a flote en el agua (medio fluido)

Aeronave: mediante la diversidad de tecnologías, se sustenta en el aire.

Vehículo cósmico u objeto espacial: se desplaza a través de enmedio donde la cohesión molecular es tan difusa, aprovecha la leyes físicas (acción – reacción) y se sustenta en si mismo para poder avanzar.

Excepción

Buque y la aeronave: representan una excepción al tratamiento que el derecho común atribuye a los bienes muebles, ya que con respecto a ellos, se aplican varias instituciones características de los bienes inmuebles y que normalmente son impropias de los bienes muebles (Hipoteca, pacto de retroventa, pacto de reserva de dominio, etc.)

Riesgos

Los mayores riesgos se presentan en plena navegación.

Se acentúan en el despegue y aterrizaje.

Participan en un nivel similar de peligros en el egreso, ingreso y desplazamiento por el espacio superior, al menos en el estado actual de la técnica.

Presunción de abandono

La institución de presunción de abandono a favor del Estado es común en el derecho marítimo y aeronáutico.

De acuerdo al régimen Internacional presentan la particularidad de que el desprendimiento en distintas etapas no permite presumir el abandono de la propiedad de tales objetos por parte de sus titulares.  

Factor humano

Capitán

Comandante

Comandante

Función

Dotados de carácter público y privado, aunque las facultades del Capitán debido a la mayor extensión de la travesía, esta minuciosamente reglamentada por la legislación.-

Se caracteriza por la especialización o idoneidad que se materializa en una habilitación formal otorgada por la autoridad competente.

Imponen una normatividad más rigurosa y extensa.

Sometido a disposiciones del derecho laboral común.

Materia   Contractual

Modalidades

Generalización de formularios tipo como forma instrumental de los contratos de utilización y de transporte, impuestos por los usos y costumbres y consolidados a través de la intervención de diversas corporaciones u organismos internacionales de Derecho Privado

Contrato de Transporte

Presenta mayor flexibilidad.

La celeridad domina la activad aérea y logra mayor énfasis en la exigencia de la ejecución del traslado en tiempo oportuno.

Tendencia a concentración empresaria y formulación de acuerdos interempresariales tendientes al aprovechamiento de conjunto de flotas, equipos e infraestructuras comercial que contribuyen al racionalismo de costos en beneficio de precios más económicos para el usuario.

Elevado costo de explotación y baja rentabilidad.

Responsabilidad

Institución limitada de responsabilidad, constituyendo una excepción al principio civil de la restitución integral en materia de daños.

Régimen internacional de responsabilidad absoluta e ilimitada. Deber de reparación en la cabeza del Estado de lanzamiento del Objeto, independientemente de la condición jurídica particular del ente o persona que materialmente lo ejecuta.  

Responsabilidad subjetiva, presentando algunas excepciones

Subjetiva: transporte aéreo de personas y cosas. Objetiva: daños causados a terceros en la superficie.

Objetiva de los Estados, salvo una limitada excepción.

Instituciones de Socorro

Cabe decir de estas instituciones que se originan en el ambiente donde la navegación se realiza y cuyo cumplimiento, aparte de constituir un acto propio de humanidad y una obligación legal referida a personas, constituye además una obligación para los dueños de bienes auxiliados al pago de una remuneración o salario, a los que con resultado útil, participaron con su labor o bienes en el éxito del socorro.

La asistencia y salvamento aeronáutico siempre tiene carácter obligatorio para los comandantes, en la medida de sus posibilidades.  

El Estado tiene la responsabilidad de la integridad física e inmediata devolución de los cosmonautas rescatados dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones.

Avería

La solidaridad que media en el riesgo de la expedición marítima o aérea justifica una equitativa distribución de los costos de reparación del daño en la cabeza de todos los beneficiados por el acto de avería, en proporción a sus respectivos intereses.

Las consecuencias de un siniestro o conjurar peligros inminentes a la vida y seguridad de tripulantes y terceros, sean soportadas exclusivamente por los respectivos operadores.

Actividad 2: Informe:

                                                                                           Neuquén, 12 noviembre de 2014.-

“Mares del Sur S.A”

Empresa de transportes marítimos:

                                                       

                                                       Me dirijo a ustedes, con el fin de hacerles llegar el presente informe y dar respuestas a lo solicitado en lo concerniente a  la Hipoteca Naval, mediante la presente y a continuación abordare los temas pertinentes y relevantes respecto de la misma.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (19 Kb)   pdf (193.6 Kb)   docx (21.1 Kb)  
Leer 13 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com