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RELACION ENTRE EMPRESA MANDANTE Y CONTRATISTAS


Enviado por   •  2 de Febrero de 2014  •  1.447 Palabras (6 Páginas)  •  1.286 Visitas

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RELACION ENTRE EMPRESA MANDANTE Y EMPRESAS CONTRATISTAS Y

SUBCONTRATISTAS

INTRODUCCION

La Ley N° 16.744 del año 1968, agrupa toda las leyes complementarias de Seguridad y Salud en el trabajo, normas que permiten y contribuyen de manera importante al resguardo de las condiciones de Higiene y Seguridad de cada trabajador en sus puestos de trabajo. Su enfoque preventivo, busca la reparación en los casos que así sea procedente, conteniendo obligaciones de indemnizaciones, subsidios, pensiones y la rehabilitación del trabajador afectado.

A esta Ley se suma el Decreto Supremo N° 76 y la Ley N° 20.123; que complementan la Ley 16.744 principal, regulando las actividades de las empresas en materias de Obligaciones Laborales y Previsionales y relativo a aspectos contractuales y de responsabilidad solidaria entre empresas principales, contratistas y sub-contratitas.-

DESARROLLO

EMPRESA PRINCIPAL. LEY N° 20.123.-

VENTAJAS: DESVENTAJAS:

1.-Asigna responsabilidad Solidaria a la Empresa principal, respecto de obligaciones Laborales y Previsionales.

2.-La Principal puede acceder a la información relativa a montos y estados de las obligaciones laborales y previsionales.

3.-Le entrega atribuciones de retención de las obligaciones que tenga a favor de él o aquéllos y monto de que es responsable. (Previsión laboral del Contratista.)

4.-La Principal se encuentra facultada para pagar a la Institución Previsional pertinente o al trabajador acreedor.

5.-La Ley respalda a la Empresa Principal, en el sentido de que la Dirección del Trabajo está obligada a informar a ésta de las infracciones cometidas por las Contratistas o Subcontratista en materia de Legislación laboral y Previsional. 1.-La Hace responsable de conductas inmorales en materia de cumplimiento de obligaciones laborales de Empresas Contratistas y Subcontratistas.

2.-Propicia con la asignación de responsabilidad solidaria de las leyes laborales y la seguridad de los trabajadores.

3.-Expone a la Principal a demandas que no tendría por qué haber asumido, no siendo de su responsabilidad directa. (Sólo subsidiaria.)

4.-Exige a la Principal un permanente control y ejercicio del derecho de información de pago de la Contratista hacia sus trabajadores.

5.-La Ley exige la escrituración de todo vínculo contractual, especialmente en las empresas de Servicios Transitorios; lo que suma una responsabilidad adicional a la principal.

CONTRATISTAS Y SUB-CONTRATISTAS

VENTAJAS: DESVENTAJAS:

1.-La ley hace solidario al Contratista respecto de los subcontratistas, cuando no responde las Obligaciones Laborales y Previsionales. 1.-Resta responsabilidad en tareas de construcción si se trata de personas naturales.

2.-Otorga las mismas atribuciones de retención de obligaciones a favor de aquél o aquéllos y montos de que es responsable el Sub-contratista (al igual que en el caso de la principal.) 2.- La Ley obliga a una permanente coordinación entre los empleadores en materias de prevención de riesgos.

3.- Faculta para que el Contratista pague a las Instituciones Previsionales o al trabajador acreedor. (Respecto del sub contratista.) 3.- Quedan conforme a esta ley supeditadas a mecanismos de verificación del Reglamento.

4.- La ley le asigna la posibilidad de realizar los trabajos por cuenta y riesgo del mandante. 4.- Restringe el goce de indemnización a trabajador que preste servicios transitorios. (Fijándole condiciones temporales.

5.-La Empresa para el cumplimiento de su tarea, puede recurrir a empresa Sub-contratada para realizarlos. 5.- La Mandante tiene todas las facultades para organizar y dirigir el trabajo, dentro de los márgenes para los cuales fue contratado el trabajador de Servicios Transitorios.

MANDANTES. DECRETO SUPREMO N° 76.-

VENTAJAS: DESVENTAJAS:

1.- Tiene plenas facultades respecto de sus mandatarias en el ámbito de la seguridad 1.- La carga de cumplimiento de los planes de seguridad recaen en la Mandante.

2.- Ejerce un mayor control, respecto de sus mandatarios. 2.- Obliga a la mandante a invertir más recursos para ejecutar el cumplimiento de la ley.

3.- Si cuenta con D.P.R. ( 1 a 50 trabajadores y hasta 100). Entrega Asistencia Técnica, Implementa y aplica el Sistema de Gestión. 3.- Se transfiere responsabilidad a Organismos Administradores (Ley 16.744) condicionado al N° de trabajadores, la Implementación y Aplicación del sistema de Gestión.

4.- El decreto confiere autoridad para confeccionar Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas. 4.- Obliga a la mandante a Constituir Departamentos de Prevención de Riesgos en Faena ( + de 100 trabajadores por + de 30 días).

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