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Resumen De Politica Criminal


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2012  •  3.627 Palabras (15 Páginas)  •  1.725 Visitas

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Política Criminal

En Italia debe de buscarse la verdadera cultura del derecho penal, principalmente al derecho penal dinámico, a lo que la técnica alemana lo ha definido como “Política Criminal”. De tal manera que con este antecedente los italianos son los primeros que tratan concretamente el asunto criminal y penal por lo que siguen las ideas de los glosadores, sin dar mayores aportaciones. Por lo que en los siglos XVII y XVIII comienzan los primeros síntomas filosófico-penales del derecho criminal, donde se plantea una nueva ciencia, la cual no tiene mayores fundamentos.

Sin embargo, es hasta el siglo XVIII, en donde aparecen escritores italianos de Política Criminal, sobresaliendo en este sentido Cesar Beccaria, quien podría considerarse el precursor del término que hoy nos ocupa en nuestra materia, debido a que se atreve a realizar una crítica al Derecho Penal, a pesar de que no encuentra un sistema completo de Política Criminal, fue el precursor de algunos puntos de vista prácticos encaminados a la nueva ciencia.

Cabe resaltar a uno de los importantes precursores de Beccaria como lo es Tomás Natale, quien tenía la idea de instituciones sobre la misión del legislador, la igualdad de las penas y su eficacia sobre el sentido moral. Por lo que conjunto con Beccaria podrían considerarse estos como antecedentes de la moderna Política Criminal, ya que becaria establece un capitulo con respecto a la Política Criminal el arte de prevenir directamente los delitos por medidas gubernativas o administrativas, así como la policía y bien gobierno de Carrara, donde posteriormente con respecto a aportaciones de Romagnosi quien declaraba la imposibilidad de separar la justicia social de la política, consagrándose así la escuela penal italiana.

No obstante otra aportación relevante es la de Filangieri quien planteo los principios generales de la legislación criminal, concebida como Política Criminal racionalista , la cual fue profesada por Carmignani por medio de la “teoría de las leyes de la seguridad social”

Por lo que con base a estas diversas aportaciones se logra observar un avance de la Política Criminal que nace en un primer momento en Italia y que se traslada a Francia, Inglaterra, Alemania, en donde al salir del lugar de origen del término logra un alto grado de expresión. De tal manera que en Francia el punto culminante de la Política Criminal, es el libro de Bonneville de Marsangy que trata sobre el mejoramiento de la ley criminal.

En Alemania Hepp expone los principios de la Política Criminal, según Bentham, que por descuido alemán se adopta el término de política criminal en Alemania, produciéndose así en 1816 gran producción de obras sobre Política Criminal.

En este sentido y refiriéndonos al siglo XVIII es importante también resaltar la influencia de Wolff, respecto a las espontaneidades de la Política Criminal, lo cual lo lleva a una reflexión científica, estableciendo el concepto de Política Criminal como una ciencia propia, distinta del Derecho Penal, apareciendo en obras de distintos penalistas alemanes como: Kleinsrod, Feuerbach, Henke, Richter, Mittermaier y Holtzendorff, lo cual sirvió de aportación para la legislación y ciencia de Derecho, la cual posteriormente fue retomada por Savigny, desprendiéndose así poco a poco la política criminal. De tal manera que la política criminal como ciencia nueva aparece por primera vez en un libro de Derecho Penal “según la naturaleza de las cosas y de la legislación positiva”.

Estableciéndose con estas diversas concepciones de política criminal:

Kleinsrod, define a la política criminal como el “conocimiento de aquellos medios que el legislador puede y debe hallar, según la especial disposición de cada Estado, para impedir los delitos y proteger el Derecho natural de sus súbditos…”

Feuerbach: considera a la política criminal como cosa fácil, que va ligada con la sabiduría política legisladora, además de que contemplaba el concepto de dolo, como la voluntad de querer el acto.

Por otra lado la teoría de Henke sobre la Política criminal, es la más profunda y completa, ya que parte de la idea de justicia, como fundamento de todo derecho penal y de derecho en general, el cual se completa con el principio de retribución, a través de la cual aparece la idea de la pena, en relación con el delincuente como hombre, no obstante el delito al aparecer en la sociedad, pone de relieve la naturaleza política del delincuente no solo como hombre, sino como ciudadano. Por lo que la Política criminal no ha de entenderse en el sentido usual como teoría para la ordenación de la pena, en la medida de sus fines, la utilidad de la amenaza, la enmienda u otros fines de gobierno, sino que la política criminal esta llamada a poner en armonía al hombre con el ciudadano.

Para Richter, la política criminal desde el punto de vista de la escuela absoluta, la asocia a la cuestión de la determinación judicial y ejecución administrativa de las penas, la de su determinación legal, así como su función y derecho del Estado, derivado de su derecho a gobernar.

Mientras que Mittermaier explica las diferencia entre la Política Criminal y el Derecho penal, para quien la primera es el “contenido de consideraciones según las cuales, en virtud de especiales relaciones, que influyen en la legislación, deben ser dadas las más convenientes leyes penales” desarrollando este concepto en un capítulo especial, denominado “Valor del conocimiento de la práctica del Derecho para el legislador.

Holtzendorff, aporta una formula sintética y definitiva de la Política Criminal, como desarrollo del concepto del Derecho penal, por lo cual a la Política Criminal se le debe considerar como parte integrante de la ciencia del Derecho Penal. De esta manera la Política criminal va estableciendo una relación inmediata entre la literatura jurídica y el absolutismo que en ese entonces se había interrumpido, y en el que la ciencia y la legislación se interpuso la discusión parlamentaria con proposiciones de reforma votaciones y ensayos de legislación comparada, con lo cual se da origen a la práctica de la Política Criminal en Alemania.

Pero con el tiempo la política criminal encarna en el cuerpo de la ciencia penitenciaria a través de individualidades indicadoras, con el libro de Armin y otros tratados de política criminal tal y como lo establece Liszt, y donde se comienzan a plantear concepciones racionalista respecto al termino de estudio de nuestra materia, a través de autores modernos como: Berner, Geye, Richard, Pessina, Manzini, por medio de desarrollo del concepto clásico de Política, integrándola como ciencia autónoma, como inspiración y límite de posibilidad, la

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