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Teoría General del Proceso. Litigio


Enviado por   •  7 de Junio de 2020  •  Apuntes  •  5.909 Palabras (24 Páginas)  •  184 Visitas

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Teoría General del Proceso

Unidad 1 Nociones Generales

Breve introducción

El proceso legal tiene una fustificación : Para restablecer una sociedad que se encuentra en conflicto. “Todo proceso representa un conflicto”. A cargo del estado. Su finalidad es aplicar normas.

Razón de ser del proceso

La encontramos en el conflicto social.

Donde no hay conflicto no hay necesidad del proceso.

Litigio

“Todo proceso presupone la existencia de un litigio pero no todo litigio presupone la existencia de un proceso”.

¿Qué es el litigio? Litigio es igual a un conflicto de intereses. Siempre habrá 2 individuos con intereses opuestos donde uno pretende y el otro resiste.Y existe una división (Conflicto de intereses).

Manifestación del Litigio en los diversos enjuiciamientos.

  • Derecho privado (Civil) - Litigio :Conflicto de intereses entre sujetos del derecho privado (Litis).
  • Derecho penal- Tiene como objeto sancionar el delito.
  • Derecho administrativo- Conjunto de normas que regulan las relaciones entre el estado y particulares (Infracción).
  • Derecho tributario- Derecho que establece incumplimiento de una carga fiscal.
  • Derecho internacional público o privado: Resolución de conflictos entre 2 o más estados .

Unidad 2 Medios de solución de controversias.

Art.17 . Para solución de conflictos siempre habría un tribunal expedida para impartir plazos y terminos.

MASC: Mecanismos Alternativos de Solución de Controvercias.

  1. Autodefensa.
  2. Auto composición.
  3. Hetero composición.

¿En que consisten?

Auto defensa:

Es el medio de solución que dependerá de la voluntad e interés de un solo sujeto .

Características:

  • Voluntad autónoma , voluntad arbitraria y unilateral del sujeto , tiene como objeto el interés propio.
  • Antecedentes históricos:La ley del más fuerte , ley del Talión , venganza. (Hoy en día esta prohibido por el derecho a esepción de cosas muy específicas).

Auto composición:

Medio de solución de conflicto unilateral o bilateral que pone fin a un conflicto por medio de un acuerdo de voluntades. Manera más civilizada y racional.

  • Unilateral: Desistimiento (Civil)= Acción (renunciar a intereses)

Perdón del ofendido(Penal).

Criterios de oportunidad (Fiscal).

Condición (Quita)(Remisión) Cuando una autoridad administrativa va a renunciar a exijir.

Allanamiento

  • Bilateral:

Conciliación:

Asistido por un tercero.

Independiente.

Sugerir alternativas en la resolución , proponiendo soluciones distintas a los que pueden tener las partes.

Imparcial.

Capacitación y profecionalisación.

Mediación:

Asistido por un mediador.

El mediador no puede sugerir, identifica la raíz del problema .

Detecta emociones.

Puede sentrarse con una o con otra parte al negociar.

Negociación:

Autocompositiva sin asistencia

Las partes resuelven.

Entendimiento mutuo .

Acuerdo de voluntades.

Negociación es practica.

Voluntad y madurez de las partes.

Renuncia de intereses de ambas partes para negociar.

Arbitraje:

Hay un tercer imparcial llamado a solucionar al que llamaremos arbitro que puede ser del derecho , un especialista o tener técnicas .

El arbitraje surge de un acuerdo de voluntades y debe de estar escrito.

Se pacta el procedimiento (Reglas).

“Equivalente jurisdiccional” La diferencia es que este es privado y el procedimiento jurisdiccional es público.

Fases: Postulatoria(Demanda y defensa),Probatoria(pruebas),Juicio(Laudo o sentencia).

Unidad 3 “Ciencia del Proceso”.

El derecho procesal es una rama del derecho público , es diferente  a la ciencia del proceso.

¿Cuando nace?¿Cómo surge?¿Qué tan joven o tan viejo es esta asignatura?

Los primeros hallazgos a mediados del siglo XIX 1850-1900.

No había estudios del proceso porque el enfoque era más procesal.

Surge en el pueblo de Alemania , encontramos el autor Windscheid, el en 1838 obtiene su doctorado y sus estudios los desarrolla en Berlín- es el primer jurista que hace un estudio de la acción independiente del derecho sustantivo. Este autor se enfoca al estudio de la acción desligando al derecho sustantivo.

Viene un segundo autor llamado Oscar Von Bulow y tiene un tema sobre las escepciones y presupuestos federaless nacimiento de una nueva creencia del derecho.

Objeto de estudio : Concepciones fundamentales .

Se genera una dogmática procesa.

Importancia de la ciencia del proceso.

Teoría del proceso

Es la parte de la ciencia del proceso que se ocupa del estudio de los principios , conceptos y tenemos del proceso.

La característica de su compensación es que se tratan de normas de carácter objetivo o instrumental.

Características:

  1. Son normas técnicas.
  2. Son normas de carácter público porque interviene el estado a través de un órgano judicial.
  3. Irrenunciables.
  4. Los destinatarios son los jueces , las autoridades como el ministerio público y el fiscal , los abogados , auxiliares de la justicia , los sujetos que intervienen en el proceso.
  5. Forman la estructura del proceso , la composición del proceso.
  6. Estas normas van a regular los actos procesales del órgano judicial y de las partes.

Autonomía del derecho procesal.

La teoría del proceso debe de estudiarse con independencia del derecho material o sustantivo.

Unidad de la ciencia del proceso.

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