Código Civil
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En La Sucesión Legítima O Intestada Existen Dos Formas De Suceder: Por Derecho Propio O Representación. ... Para Tener Capacidad De Suceder, El Llamado A Suceder No Podía Ser Un ...... Sucesiones (Comentarios Al Código Civil Venezolano).
kenny0808debía poseer el derecho a testar y el poder de ejercerlo. No tenían ejercicio del derecho de testar: • Los impúberes sui iuris, porque carecen de juicio necesario. • Los locos, estos sólo pueden testar válidamente en un intervalo lúcido. • Los pródigos interdictos, porque ya no tienen el commercium.
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La Propiedad.- El Código Civil Define La Propiedad, Por Su Contenido Jurídico, Como "'El Poder Jurídico Que Permite Usar, Disfrutar, Disponer Y Reivindicar Un Bien. Debe; Ejercerse En Armonía Con El Interés Social Y Dentro De Los límites De L
manue987La Propiedad.- El Código Civil define la Propiedad, por su contenido jurídico, como "'El poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien. Debe; ejercerse en armonía con el interés social y dentro de los límites de la ley" (Art. 923 del Código Civil).La propiedad es el derecho
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Características Generales De Los Distintos Tipos De Sociedades Mercantiles. Sociedad Mercantil: El código Civil La Define Como "un Contrato En Que Dos O más Personas Estipulan Poner Algo En Común Con La Mira De Repartir Entre sí Los Beneficios Que
olegarianaCaracterísticas generales de los distintos tipos de sociedades mercantiles. Sociedad mercantil: El código civil la define como “un contrato en que dos o más personas estipulan poner algo en común con la mira de repartir entre sí los beneficios que de ello provengan“. De igual forma, se le conoce como
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Código De Procedimientos Civiles Vigente En El Estado, Así Como 380, 382, 448, Y Demás Relativos Aplicables Del Código Civil Vigente En El Estado. Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado, A Usted C. Juez Atentamente Solicito: PRIMERO.- Se Me Tenga C
NORA1974PATRIA POTESTAD. PERDIDA DE LA MISMA EN CASO DE INCUMPLIMIENTO AL DEBER DE ALIMENTOS.-En la tesis de jurisprudencia número 31/91, intitulada "PATRIA POTESTAD. SE PIERDE SI SE ACREDITA EL ABANDONO DE LOS DEBERES DE ALGUNO DE LOS PADRES, SIN QUE SEA NECESARIO PROBAR QUE EL MENOSCABO EN LA SALUD, SEGURIDAD
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Uiénes Deben Proporcionar La Pensión Alimenticia? Según El Código Civil Chileno, Por Regla General, Ambos Padres Deben Contribuir A Los Gastos De Educación, Crianza Y Establecimiento De Los Hijos Y Ello En Proporción A Sus Facultades Económicas. A
rudisitauiénes deben proporcionar la pensión alimenticia? Según el Código Civil Chileno, por regla general, ambos padres deben contribuir a los gastos de educación, crianza y establecimiento de los hijos y ello en proporción a sus facultades económicas. Ahora bien, si estamos en presencia de un matrimonio casado en un Régimen
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CONVENIO QUE CELEBRAN LOS ___________ Y _______, CUMPLIENDO DE ESTA FORMA CON LO ESTABLECIDO POR EL NUMERAL 1082 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO, EN RELACION CON LA PETICIÓN DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO QUE SE PRESENTA E
jcmbCONVENIO QUE CELEBRAN LOS ___________ Y _______, CUMPLIENDO DE ESTA FORMA CON LO ESTABLECIDO POR EL NUMERAL 1082 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO, EN RELACION CON LA PETICIÓN DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO QUE SE PRESENTA EN ESTA MISMA FECHA. C L A U S U
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PROPUESTA DE CONVENIO PARA REGULAR LAS CONSECUENCIAS INHERENTES A LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE OFRECE JUAN GILBERTO VELÁZQUEZ REBOLLAR DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 267 DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL, Y QUE SE SOMETE A
gilvelazquez71P R O P U E S TA D E C O NV E N I O. PROPUESTA DE CONVENIO PARA REGULAR LAS CONSECUENCIAS INHERENTES A LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE OFRECE JUAN GILBERTO VELÁZQUEZ REBOLLAR DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 267 DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE EN EL DISTRITO
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CONVENIO DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, QUE CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULO 4.102 Y DEMAS RELATIVOS AL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE MEXICO, QUE CELEBRAN LOS C.C. IRVING GABRIEL CISNEROS BARAJAS y MERELIN NEFTALI DIAZ GARCIA, MISMO QUE QUEDARA SUJETO B
magdiuxceroCONVENIO DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, QUE CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULO 4.102 Y DEMAS RELATIVOS AL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE MEXICO, QUE CELEBRAN LOS C.C. IRVING GABRIEL CISNEROS BARAJAS y MERELIN NEFTALI DIAZ GARCIA, MISMO QUE QUEDARA SUJETO BAJO LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: D E C L