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Derecho Laboral Colectivo


Enviado por   •  25 de Febrero de 2021  •  Tareas  •  719 Palabras (3 Páginas)  •  88 Visitas

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Universidad Fermín Toro

Vicerrectorado Académico

Faculta de Ciencias Políticas y Jurídicas

Escuela de Derecho

SINTESIS Y ANALISIS

Integrante: Amanda Parilly

CI:25.688.968

Sección: SAIAA

Prof: Reimax Almao

Derecho Laboral Colectivo

       Demanda presentada ante este Tribunal, en fecha 05 de Abril de 2006 y su escrito de subsanación de fecha 20 de Abril de 2006. Donde se  circunscribe en que se “GARANTICE, SE RESPETE Y SE MANTENGA EL DERECHO TRANSACCIONALMENTE ADQUIRIDO DE LOS TRABAJADORES ACCIONANTES A COBRAR POR CONCEPTO DE BONO VACACIONAL UN TOTAL DE DIAS DE SALARIO IGUAL A LA SUMA DE LOS DIAS ESTABLECIDOS EN LOS ARTICULOS 219 y 223 DE LA LEY ORGANICA DEL TRABAJO, INDEPENDIENTEMENTE DEL RESPECTIVO PAGO SALARIAL POR CONCEPTO DE DISFRUTE DE VACACIONES”.

       Por consiguiente dicha demanda  menciona sobre conflictos laborales los cuales son controversias que se generan entre patrono y trabajador puesto que a veces no se tiene una buena comunicación entre ambos y por ser patrón quieren sobrepasar por el trabajador y cancelarle las vacaciones a conveniencias del mismo. En este caso se mencionan varios tipos de conflictos tanto individuales como colectivos.

       Además en esta presente demanda se trata de un conflicto colectivo pues involucra a un conglomerado de personas , cuando este tipo de problemas se presenta dentro de una empresa al calcular las vacaciones como lo establece la ley , normalmente ocurre con un grupo amplio de persona pues es muy raro cuando solo pasa con un solo trabajador.

       Es difícil precisar con exactitud si las controversias son Jurídicas o de Derecho o si son Económicas o de Intereses, ya que todo conflicto de intereses requiere un fundamento jurídico, y todo conflicto jurídico envuelve, un conflicto de intereses.

       No obstante, es necesario determinar la clase de conflicto de que se trata, para atribuir su conocimiento a los órganos del Estado expresamente dispuestos para ello; y poder utilizar los procedimientos establecidos al efecto

       Si es un Conflicto de Intereses, los órganos competentes para conocer de ese tipo de conflicto, son los órganos administrativos, esto es, las Inspectorías del Trabajo, y los procedimientos a seguir son el de Conciliación y el Arbitraje. Si se trata de Conflictos Jurídicos, los órganos competentes en tales casos, son los Tribunales del trabajo y los procedimientos utilizados son los procedimientos judiciales.

       En conclusión con lo antes mencionado sobre la demanda el tribunal declara falta de jurisdicción ya que en la ley de trabajadores expresa que existen otros medios administrativos como los son los medios de autocomposición que son los medios para este tipo de conflicto y por ende primero se tiene que agotar esa vía.

       Por otra parte la nueva ley de Trabajadores (LOTTT) con respecto a esta decisión indicada por una parte se mantiene igual en cuanto al artículo 219 que lo mencionan la decisión analizada y en la LOTTT sería el articulo 190 por que este último establece que luego de que el trabajador cumpla 1 año ininterrumpido laborando disfrutará de un período de vacaciones remuneradas de quince días hábiles y en cuanto a la otra ley artículo 219 establece lo mismo. 

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