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Derecho Sindical.


Enviado por   •  21 de Febrero de 2017  •  Apuntes  •  1.345 Palabras (6 Páginas)  •  284 Visitas

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1. ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL DERECHO DEL TRABAJO

-Varios regímenes jurídicos del trabajo:

· Art. 1.2 LOLS

· Art. 3.1 LPRL (Ley 31/1995)

· Art. 7.1 LGSS (RDL 8/2015)

· La CE no define el concepto de trabajador.

-Necesidad de identificar el ámbito de aplicación del ET.

· El contrato de trabajo: es el contrato por el cual se regula la relación entre un empresario u ocupador y un trabajador.

· Causa: intercambio entre trabajo y remuneración

-Es un pacto entre dos personas, mediante el cual una de ellas (el trabajador) acuerda desarrollar trabajo subordinado y otra (empresario) se obliga a pagar un salario garantizado.

· 1. Otros contratos similares.

· 2. Presupuestos sustantivos del contrato de trabajo

· 3. Elementos de cualificación de la relación laboral

· 4. Las actividades excluidas, las relaciones laborales especiales, el trabajo autónomo y el TRADE.

· Coexistencia con otros contratos:

- Arrendamiento de obras o servicios (Art. 1544 y ss CC)

· “Una de las partes se obliga a ejecutar una obra o a prestar a otra un servicio por cierto precio.”

- Contrato civil de ejecución de obra (Art. 1588 y ss CC)

· “Teniendo en cuenta que quien la ejecuta pone no más su trabajo o su industria, o que también suministre el material.”

- Mandato (Art. 1709 y ss CC)

· “Se obliga a una persona a prestar algún servicio o hacer alguna cosa, por cuenta o encargo de otra.”

· “El mandador autoriza al mandatario a hacer negocios jurídicos en su nombre, con cierta autonomía. El mandatario “sustituye” la figura del mandador.”

- De sociedad (Art. 1665 y ss CC)

· “Dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con ánimo de partir entre sí los beneficios.”

· Falta de ajenidad. Hay zonas difusas como las sociedades laborales y cooperativas.

- Agencia (Art. 1 y ss de la Ley 12/1992)

· El agente “se obliga frente otra manera continuada o estable a cambio de una remuneración, a promover actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, o a promoverlos e incluirlos por cuenta y en nombre ajeno, como intermediario independiente, sin asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo y ventura de tales operaciones.”

3. NOTAS DEFINITORIAS O PRESUPUESTOS SUSTANTIVOS DE LA RELACIÓN LABORAL (ART. 1.1 ET)

· Art. 1.1 ET: “trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada ocupador o empresario”

-Apartado 13 de la Recomendación núm. 198 OIT

-Art. 1.4 ET: Españoles que trabajan al extranjero.

·PERSONALIDAD

-Compromiso personalísimo: no hay ninguna sustitución del trabajador

· Aunque excepcionalmente se admite

·RETRIBUCIÓN

-Art. 26.1 ET: “Se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyen el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los períodos de descanso computables como de trabajo”.

·VOLUNTARIEDAD

- Derivación del Principio de libertad:

· Valor y Derecho de la persona en CE (arts 1.1 y 17.1 CE)

- La prestación de consentimiento es elemento esencial (art. 1.1 ET y arts. 1254, 1258 y 1261 CC)

- Prohibición de trabajos forzosos (art. 25.2 VE, Convenios 29 y 105 OIT)

· AJENIDAD

- Manifestaciones tradicionales:

· En el riesgo: Remuneración fija y regular (cantidad y modo de pagamiento); no provisión de los medios o instrumentos de trabajo; no participación en beneficios.

· En el fruto: No participación en pérdidas y gastos; no apropiación del resultado del trabajo.

· En el mercado: El cliente es del empresario.

· DEPENDENCIA

- Manifestaciones tradicionales: Asistencia regular al lugar de trabajo; sumisión a la jornada completa de trabajo y horario regular; existencia de órdenes y instrucciones del empresario; prestaciones en exclusividad para un empresario; uniforme en presencia de los clientes; necesidad de dar cuenta al empresario del trabajo realizado; ejercicio del poder disciplinario.

- Concepción actual más flexible: trabajar dentro del “círculo orgánico, rector y disciplinario de un ocupador

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