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EL ESTADO, SU CONSTITUCION, FORMA DE GOBIERNO Y FUNCION


Enviado por   •  16 de Agosto de 2021  •  Apuntes  •  1.792 Palabras (8 Páginas)  •  110 Visitas

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Por L. en D. Roberto Ramírez Rosas

Para poder entender la materia tributaria que es el tema principal de esta guía, se abordará brevemente algunos conceptos que serán de utilidad para la comprensión de la misma.

DERECHO: -vocablo latino “Directum”- que significa entre varias acepciones “seguir por el buen camino” “no apartarse del buen camino”. En stricto sensu, Derecho se define como el conjunto de normas jurídicas que imponen deberes y obligaciones, confieren facultades y derechos, cuyo fin social es dotar a todos los miembros integrantes de una sociedad de los mínimos de seguridad jurídica, certeza, igualdad, libertad y justicia.

FISCUM/FISCUS: Palabra proveniente del latín y que significa “Bolsa o Cesto”, en esta se guardaba el dinero. La Hacienda Publica Romana recaudaba los impuestos y lo llamaba  “aerarium”, de donde tiene su origen la palabra “Erario”. Los impuestos tributados que iban al aerarium para hacer frente al gasto publico tardíamente se le llamaron “Fiscus” y fue donde nació el vocablo Fiscal.

DERECHO FISCAL: Rama del derecho publico que expone las normas y principios relativos a la imposición y recaudación de los tributos, asi como la relación entre el Estado, en su calidad de Fisco y los ciudadanos, en su calidad de contribuyentes.

EL ESTADO, SU CONSTITUCION, FORMA DE GOBIERNO Y FUNCION

La forma de gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el origen del Estado, encuentra su origen en los artículos 39,49 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde la soberanía nacional reside en el pueblo, quien es el que tiene el poder legitimado, y es a través de la división de poderes donde se distribuye tal poder para así establecer su forma de gobierno y constituirse como Estado.

El Estado para poder cumplir con su propósito, que es la satisfacción de necesidades colectivas o bienestar social, se vale de funciones que están establecidas y garantizadas en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, siempre actuando bajo el Principio de Legalidad. Es decir, se vale de los medios para ejercer sus atribuciones que en este caso son la captación de ingresos o recursos, que a su vez, estos los obtiene a por medio de  la “Actividad Financiera del Estado”, que se constituye de tres tiempos:

  1. Obtención de recursos
  2. Administración y/o gestión de los recursos
  3. Erogacion de los recursos

Para un mayor entendimiento, las FUNCIONES DEL ESTADO, se estructuran de la siguiente manera

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Es necesario resaltar que los ingresos públicos, son todas las entradas de dinero que recibe el Estado y que le permiten financiar la satisfacción de necesidades públicas; estos ingresos costean el gasto publico y se obtienen a través de dos fuentes:

  1. TRIBUTARIOS
  2. NO TRIBUTARIOS

Ahora bien, los INGRESOS TRIBUTARIOS, son los recursos económicos al que están obligadas las personas para aportar al gasto público, tal como lo establece el artículo 31, fracción IV de la Constitución, en donde a través de las contribuciones se lograra ese objetivo.

Por otra parte, los INGRESOS NO TRIBUTARIOS, son los ingresos que provienen de la propia actividad del Estado, es decir, del aprovechamiento de los recursos naturales con los que cuenta o la explotación de sus bienes.

Otra forma de financiamiento que tiene el Estado, son los INGRESOS FINANCIEROS, que no es otra cosa mas que los recursos que obtiene a través de créditos internos y externos, una política monetaria, como lo son empréstitos, emisión de moneda y/o enajenación y/o arrendamiento de bienes.

Es importante aclarar que el Estado por si mismo no puede establecer impuestos a diestra y siniestra, sino que esta delimitado su actuar, y conforme a la división y delimitación de poderes,  el Poder Legislativo  es el único que puede CREAR, MODIFICAR O SUPRIMIR impuestos destinados al gasto público. A esta facultad se le conocer como SOBERANIA FISCAL, POTESTAD TRIBUTARIA, PODER TRIBUTARIO, PODER FISCAL, FACULTAD POTESTATIVA O PODER DE IMPOSICION. Encontrando su sustento legal en los artículos 31, fracción IV, 39, 40, 41 y 73 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La creación de leyes tributarias al momento de crear un impuesto, este debe contener elementos esenciales y constitutivos para poderse llevar a cabo su ejecución, de no contar con alguno sería inconstitucional, estos elementos son los siguientes:

  1. OBJETO: es el acto, actividad o motivo del impuesto
  2. SUJETO: son las personas obligadas al impuesto
  3. BASE: es la cantidad sobre la que se determina el impuesto
  4. TASA O TARIFA: es el porcentaje que se aplica a la base para llegar al impuesto
  5. ÉPOCA DE PAGO: plazo o momento para pagar el impuesto

DERECHOS TRIBUTARIOS CONSTITUCIONALES

Todo impuesto generado por el Poder Legislativo estará delimitado conforme a los derechos constitucionales que son inherentes a los contribuyentes, establecidos en el articulo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos, los cuales son:

  1. RESERVA DE LEY o LEGALIDAD TRIBUTARIA            

El actiar del Poder Legislativo esta delimitado conforme a la división de poderes, es por ello que no tiene una facultada absoluto o poder ilimitado para establecer impuestos, ya que tanto sus atribuciones asi como el proceso legislativo solo puede darse o generarse conforme a lo establecido en la ley. No puede crearse impuesto alguno fuera de esta, ya que se estarían violando los derechos humanos y constitucionales del gobernado, en este caso del contribuyente.

  1. CAPACIDAD CONTRIBUTIVA

Los impuestos deben establecerse conforme en relación a los ingresos de cada contribuyente, es decir, quien gana mas, deberá pagar mas.

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