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Manual de la Calidad de la 17020


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2023  •  Trabajos  •  11.191 Palabras (45 Páginas)  •  71 Visitas

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MANUAL DE CALIDAD

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NMX-EC-17020-IMNC-2014 ISO/IEC 17020:2012

UNIDAD DE INSPECCIÓN

EDICIÓN

REV.

FECHA

DESCRIPCIÓN

ELABORÓ

APROBÓ

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Contenido

1.        INTRODUCCIÓN        7

2.        OBJETIV Y CAMPO DE APLICACIÓN        7

3.        TÉRMINOS Y DEFINICIONES        7

4.        REQUISITOS GENERALES        8

5.        REQUISITOS RELATIVOS A LA ESTRUCTURA        11

6.        REQUISITOS RELATIVOS A LOS RECURSOS        19

7.        REQUISITOS DE LOS PROCESOS        26

8.        REQUISITOS RELATIVOS AL SISTEMA DE GESTIÓN        31

8.2        DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN (OPCIÓN A)        32

8.3        CONTROL DE DOCUMENTOS (OPCIÓN A)        33

8.4        CONTROL DE REGISTROS (OPCIÓN A)        33

8.5        REVISIÓN DE LA DIRECCIÓN (OPCIÓN A)        34

8.6        AUDITORÍAS INTERNAS (OPCIÓN A)        35

8.7        ACCIONES CORRECTIVAS (OPCIÓN A)        36

8.8        ACCIONES PREVENTIVAS (OPCIÓN A)        36

9.        REFERENCIAS        38

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  1. INTRODUCCIÓN

En el presente manual de calidad elaborado conforme a la norma NMX-EC-17020-IMNC-2014 (ISO/IEC 17020:2012) se busca la mejora continua del sistema de calidad.

  1. OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN

  1. Objetivo

El presente manual tiene como finalidad el describir las actividades y responsabilidades de la UV así como los requisitos del sistema de calidad a cumplir en relación con los servicios de verificación, basados a la norma NMX-EC-17020-IMNC-2014.

  1. Alcance

El sistema de calidad es aplicable a los servicios proporcionados y al personal que actúa conforme a los lineamientos de la UV, para la realización de verificaciones y evaluaciones, de tal forma que asegure el cumplimiento de la legislación aplicable, de acuerdo a la norma que se requiere verificar, teniendo como base sus requerimientos.

El servicio que cubre la UV, es la verificación de las Normas Oficiales Mexicanas así como disposiciones administrativas y acuerdos que emitan dependencias del sector energético.

  1. TÉRMINOS Y DEFINICIONES

  1. Apelación: Solicitud del proveedor del ítem de verificación a la UV de reconsiderar la decisión que tomo en relación con dicho ítem.
  1. Agencia: La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA).
  1. CRE: Comisión Reguladora de Energía.
  1. Norma Oficial Mexicana: La regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación.
  1. Política de Calidad: Intenciones globales y orientación de la UV, relativas a la calidad y que son formalmente expresadas, establecidas y aprobadas.
  1. Riesgo a la imparcialidad: Probabilidad de que suceda o se presente un evento relacionado con la imparcialidad, efecto de la incertidumbre sobre los objetivos de la verificación.

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  1. Verificación: Examen de un producto, proceso, servicio, o instalación o su diseño y determinación de su conformidad con requisitos específicos o, sobre la base del juicio profesional, con requisitos generales.

  1. AETPSA-UV: Abastecedora de Equipos y Tecnología del Poniente S.A de C.V.
  1. Unidad de Verificación: Es la persona moral que cuenta con una acreditación emitida por una entidad de acreditación y aprobada por la autoridad competente, para realizar actos de verificación.
  1. NMX-EC-17020-IMNC-2014 (ISO/IEC 17020:2012). Requisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de organismos que realizan la inspección, en adelante 17020.
  1. REQUISITOS GENERALES

  1. Imparcialidad e independencia

  1. Imparcialidad

Las actividades de verificación se realizan con imparcialidad de acuerdo a lo establecido en el análisis de riesgos del punto 4.1.3 y política de imparcialidad. El personal de la UV, desarrolla todas sus actividades de manera independiente, no discrimina y es imparcial lo cual se describe en el “Procedimiento código de ética, conflicto de interés, confidencialidad, política de calidad y objetivos” PC-09, por lo que está libre de cualquier presión comercial, financiera o de cualquier otro tipo que pueda afectar a los resultados de la verificación y/o a su juicio. Las decisiones se toman atendiendo a criterios objetivos, sin conflictos de intereses.

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