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Manual de la Calidad de la 17020

TecJoseMillanTrabajo17 de Septiembre de 2023

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MANUAL DE CALIDAD

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NMX-EC-17020-IMNC-2014 ISO/IEC 17020:2012

UNIDAD DE INSPECCIÓN

EDICIÓN

REV.

FECHA

DESCRIPCIÓN

ELABORÓ

APROBÓ

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Contenido

1.        INTRODUCCIÓN        7

2.        OBJETIV Y CAMPO DE APLICACIÓN        7

3.        TÉRMINOS Y DEFINICIONES        7

4.        REQUISITOS GENERALES        8

5.        REQUISITOS RELATIVOS A LA ESTRUCTURA        11

6.        REQUISITOS RELATIVOS A LOS RECURSOS        19

7.        REQUISITOS DE LOS PROCESOS        26

8.        REQUISITOS RELATIVOS AL SISTEMA DE GESTIÓN        31

8.2        DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN (OPCIÓN A)        32

8.3        CONTROL DE DOCUMENTOS (OPCIÓN A)        33

8.4        CONTROL DE REGISTROS (OPCIÓN A)        33

8.5        REVISIÓN DE LA DIRECCIÓN (OPCIÓN A)        34

8.6        AUDITORÍAS INTERNAS (OPCIÓN A)        35

8.7        ACCIONES CORRECTIVAS (OPCIÓN A)        36

8.8        ACCIONES PREVENTIVAS (OPCIÓN A)        36

9.        REFERENCIAS        38

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  1. INTRODUCCIÓN

En el presente manual de calidad elaborado conforme a la norma NMX-EC-17020-IMNC-2014 (ISO/IEC 17020:2012) se busca la mejora continua del sistema de calidad.

  1. OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN

  1. Objetivo

El presente manual tiene como finalidad el describir las actividades y responsabilidades de la UV así como los requisitos del sistema de calidad a cumplir en relación con los servicios de verificación, basados a la norma NMX-EC-17020-IMNC-2014.

  1. Alcance

El sistema de calidad es aplicable a los servicios proporcionados y al personal que actúa conforme a los lineamientos de la UV, para la realización de verificaciones y evaluaciones, de tal forma que asegure el cumplimiento de la legislación aplicable, de acuerdo a la norma que se requiere verificar, teniendo como base sus requerimientos.

El servicio que cubre la UV, es la verificación de las Normas Oficiales Mexicanas así como disposiciones administrativas y acuerdos que emitan dependencias del sector energético.

  1. TÉRMINOS Y DEFINICIONES

  1. Apelación: Solicitud del proveedor del ítem de verificación a la UV de reconsiderar la decisión que tomo en relación con dicho ítem.
  1. Agencia: La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA).
  1. CRE: Comisión Reguladora de Energía.
  1. Norma Oficial Mexicana: La regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación.
  1. Política de Calidad: Intenciones globales y orientación de la UV, relativas a la calidad y que son formalmente expresadas, establecidas y aprobadas.
  1. Riesgo a la imparcialidad: Probabilidad de que suceda o se presente un evento relacionado con la imparcialidad, efecto de la incertidumbre sobre los objetivos de la verificación.

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  1. Verificación: Examen de un producto, proceso, servicio, o instalación o su diseño y determinación de su conformidad con requisitos específicos o, sobre la base del juicio profesional, con requisitos generales.

  1. AETPSA-UV: Abastecedora de Equipos y Tecnología del Poniente S.A de C.V.
  1. Unidad de Verificación: Es la persona moral que cuenta con una acreditación emitida por una entidad de acreditación y aprobada por la autoridad competente, para realizar actos de verificación.
  1. NMX-EC-17020-IMNC-2014 (ISO/IEC 17020:2012). Requisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de organismos que realizan la inspección, en adelante 17020.
  1. REQUISITOS GENERALES

  1. Imparcialidad e independencia

  1. Imparcialidad

Las actividades de verificación se realizan con imparcialidad de acuerdo a lo establecido en el análisis de riesgos del punto 4.1.3 y política de imparcialidad. El personal de la UV, desarrolla todas sus actividades de manera independiente, no discrimina y es imparcial lo cual se describe en el “Procedimiento código de ética, conflicto de interés, confidencialidad, política de calidad y objetivos” PC-09, por lo que está libre de cualquier presión comercial, financiera o de cualquier otro tipo que pueda afectar a los resultados de la verificación y/o a su juicio. Las decisiones se toman atendiendo a criterios objetivos, sin conflictos de intereses.

  1. Responsable de la imparcialidad

El Gerente Técnico es responsable de la imparcialidad de las actividades de verificación, el personal está libre de cualquier presión comercial, financiera o de cualquier otro tipo que pueda afectar su juicio, las salvaguardas se establecen en los contratos incluidos en el FC01 “Lista maestra y de distribución de documentos” los cuales contiene cláusulas de imparcialidad.

  1. Identificación de riesgos en la imparcialidad

La UV mantiene un alto compromiso con la imparcialidad e independencia relacionada con los servicios de verificación, para ello identifica de manera continua los riesgos o amenazas a la que es sometido, derivado de sus actividades, relaciones y otras circunstancias. La UV no cuenta con sucursales o departamentos dentro de la organización; las relaciones con reguladores o dependencias no afectan la imparcialidad de la verificación; los riesgos asociados a las relaciones con compañías relacionadas, con clientes y organizaciones de diseño, manufactura, suministradoras, instalación, se consideran en el análisis de riesgos siguiente:

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POSIBLES RIESGOS

CONSECUENCIA

SALVAGUARDAS PARA LA IMPARCIALIDAD

RESULTADO Y REGISTRO

Fuente de Ingreso: Si un cliente paga por un dictamen técnico, (sin que el elemento a verificar cumpla).

  • Se corre el riesgo de no buscar evidencia de verificación.
  • De no ser objetivo o no reportar verazmente los incumplimientos.
  • Suspensión o cancelación de la UV.
  • Multas por la dependencia.
  • El precio por los trabajos de verificación se describe en los contratos incluidos en el FC01 “Lista maestra y de distribución de documentos” o en la cotización generadas para cada cliente FC12.
  • El dictamen técnico sólo se entregará al finalizar con los trabajos de verificación y que el

elemento        verificado cumpla con la norma.

En caso de que un cliente        presione mediante el pago de un dictamen técnico, se tiene un riesgo a la imparcialidad por lo que se realiza el análisis de riesgos a la imparcialidad y se registra en el formato FC09.

Interés personal: Si        el        verificador actúa bajo su propio interés, que puede ser financiero.

NO APLICA

  • La unidad de verificación tiene implementado un procedimiento para evaluar el riesgo PC-09.
  • La UV actúa de acuerdo a su política de imparcialidad, no se aceptan incentivos o presiones.
  • No existe el riesgo para la imparcialidad: Es altamente improbable que la objetividad esté comprometida.
  • El personal verificador firma contrato laboral donde se compromete a no realizar ningún servicio relacionado con los elementos a verificar.

La auto revisión:

Si el verificador revisa su propio trabajo.

La UV es tipo A no se realizan servicios relacionados con la verificación. No existe el riesgo para la imparcialidad. El personal tiene contrato de exclusividad.

La familiaridad (o confianza):

Si        se        adquieren trabajos                        con familiares                o        con personas con las que se tenga una excesiva familiaridad.

  • Se corre el riesgo de que la UV no cumpla con la capacidad para cubrir uno o varios trabajos adquiridos:
  • De perder objetividad.
  • De no buscar evidencias de la verificación.
  • De no recibir el pago correspondiente por los trabajos de verificación.
  • De no recibir la información correcta de acuerdo al alcance de los trabajos.
  • Los resultados y evidencias de la verificación serán registrados en los formatos técnicos (FT).
  • En las solicitudes de verificación (SV) o contratos, se establece que no hay relación familiar con los solicitantes y el pago por los trabajos es estipulado al inicio de los mismos.
  • El cliente se compromete a entregar la información completa de acuerdo al alcance de los trabajos.
  • Mediante la firma del código de ética y reglamento interno, el verificador acepta sólo con trabajos que demuestran su

imparcialidad.

Si se encuentra en un caso en que familiares o personas con excesiva familiaridad soliciten trabajos, se tiene un riesgo elevado de la imparcialidad por lo que se realiza el análisis de riesgos a la imparcialidad y se registra en el formato de imparcialidad FC09.

La intimidación:

Cuando la UV sufra o        tenga        la

  • Se corre el riesgo de actuar con miedo y no reportar verazmente los resultados de la
  • La UV sólo realiza trabajos con clientes con los que el alcance de los trabajos es comprendido por ambas partes, no se presta
  • En los casos cuando se sufran amenazas o intimidaciones se declinará la oferta de

...

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