POLITICA PUBLICA COMUNICACION PUBLICIDAD – ESTEREOTIPOS FEMENINOS
Katia GallegOs PeraltaEnsayo13 de Junio de 2021
2.885 Palabras (12 Páginas)132 Visitas
PUBLICIDAD – ESTEREOTIPOS FEMENINOS
- MODELO: R. DAHL
ANÁLISIS EMPÍRICO
Actualmente la publicidad, con respecto a la visión e imagen femenina que desarrolla no refleja la identidad de las mujeres; se demostró en una encuesta realizada por la marca Flores de ropa interior, efectuada a través de las redes sociales preguntando a las mujeres si se sentían identificadas cuando veían publicidad dirigida a su género. De las 3 mil respuestas, el 75% señaló no identificarse con la imagen de las mujeres en los anuncios en campañas publicitarias, mientras que un 64% aseguró haberse sentido afectada negativamente. Una de las discriminaciones directas más evidentes a que se ven sometidas las mujeres es sin duda la esclavitud de la imagen que según el modelo de sociedad imperante debe tener y los procesos a los que tiene que someterse para ajustarse al prototipo que se le asigna. Ante esta premisa, las mujeres deben permanecer jóvenes, delgadísimas, etéreas, sumisas, los mensajes repiten, a veces sutiles, pero casi siempre claros y directos, que sus puestos en la sociedad, en el hogar y en la empresa están condicionados por la calidad de su pelo, por lo bien que huele o por lo eficaz que es comprando un detergente u otro.
ANÁLISIS NORMATIVO
Diversos autores han establecido que los medios de comunicación ocupan una posición central en la vida de las personas, siendo uno de los principales (aunque no los únicos) responsables de las concepciones que se construyen acerca del mundo en que se vive (McQuail, 2000). Siguiendo con la frase anterior, la publicidad asociada al genero estereotipado de la mujer, genera un sentimiento de inconformismo, de inseguridad, no contribuye al empoderamiento y amor propio de una persona. A la hora de tomar decisiones de difusión, la publicidad y divulgación comercial, debiera complejizar el concepto agregando valores al contenido, sumado a la idea de vender un servicio o producto, buscar que la publicidad cumpla un rol comunicador y educador de sociedad, a la vez, insertando valores y cualidades positivas como la libertad, la equidad, honestidad, amor, respeto, etc.
ANÁLISIS SEMÁNTICO
Publicidad: Forma de comunicación que intenta incrementar el consumo de un producto o servicio, insertar una nueva marca o producto dentro del mercado de consumo, mejorar o reposicionar un producto o marca en la mente de un consumidor. Basado en esta definición, el análisis se centra en la publicidad impresa, online, televisiva, etc. Todos los tipos de publicidad por media de la cual se involucra la imagen femenina.
Estereotipo: Percepción exagerada y con pocos detalles, simplificada, que se tiene sobre una persona o grupo de personas que comparten ciertas características, cualidades y habilidades, que busca «justificar o racionalizar una cierta conducta en relación con determinada categoría social».
ANÁLISIS POLÍTICO
Si bien, actualmente se ha visualizado un avance en materias de Políticas Públicas que benefician y apoyan a la mujer, leyes vinculadas a la tipificación y sanción del acoso sexual, el derecho a amamantar, contra la violencia y discriminación, entre otras; la publicidad como núcleo dentro de los medios de comunicación de la sociedad, normativamente, no ha sido modificada. Cabe destacar que esta catarsis legislativa si se ha logrado en otros países, como, por ejemplo, Reino Unido, mediante una ley, elimino los estereotipos en la publicidad por considerarlos dañinos para la sociedad. Por tanto, para cerrar la brecha entre la publicidad femenina de ‘’estereotipos’’ actualmente difundida y un instrumento de comunicación inclusivo que materialice cambios en los conceptos publicitarios con respecto a la belleza, buscando que las mujeres realmente se sientan identificadas; es primordial, que en nuestro país se actualicen las normativas y legislaciones para medios de comunicación, situación que proveerá estratégicamente, la reevaluación y modernización de la normativa asociada a los medios públicos y el contexto mutable que vivimos. Otros ejemplos con normativas tangibles son países como Bélgica, Francia, Finlandia, Grecia, Noruega, Sudáfrica e India que tienen leyes o códigos con diversos grados y edades que impiden la discriminación de género en la publicidad.
- MODELO: D. EASTON
[pic 1]
AMBIENTE
INPUTS OUTPUTS
Demandas y apoyos 🡪 [pic 2]
entran al Sistema político [pic 3]
como problemáticas
Acciones y decisiones 🡪 [pic 4]
salen del Sistema político
como respuesta a la
problemática
RETROALIMENTACION
FEEDBACK
AMBIENTE
AMBIENTE: Entendido como el contexto económico, político, social, cultural y las diversas personalidades individuales que cohabitan el sistema.
SISTEMA POLITICO: Se configura como la esfera institucional que legisla, planifica y presta servicios a la sociedad civil, en post de concebir mantener un estado de equilibrio, suponiendo la presencia de influencias ambientales, buscando acercarse a una estabilidad en las relaciones del poder del sistema. La eficacia del sistema político tiene relación con la función de dar respuestas a las necesidades de la sociedad.
INPUTS: Estos se caracterizan por constituirse como una concentración de variables relevantes en el ambiente político; cuando se genera tensión en el ambiente, los inputs representan indicadores sintéticos de variables de la constante fricción política, siendo un instrumento altamente analítico y modelador del funcionamiento del sistema político, como inputs de “demandas y apoyos”.
OUTPUTS: Los outputs son imprescindibles para organizar las consecuencias resultantes de la conducta de los miembros del sistema, averiguando los efectos de estos outputs sobre los “outputs políticos” como las decisiones y acciones de la autoridad.
RETROALIMENTACION: Actuar y obrar planificada y sincrónicamente ante los impactos que pueden producir en la vida política una economía, cultura o estructura social en proceso de cambio contante. La retroalimentación es la respuesta a la tensión generada en el sistema político, traducida en políticas eficientes, las cuales deben ser evaluadas para concentrar la información necesaria para renovar e innovar en el siguiente proceso de afinarse.
En este sentido, actualmente el ambiente del «Chile despertó» o llamada ocasionalmente «Revolución de los 30 pesos», vista como una oportunidad para transformar tanto a la esfera social, como al Estado, su legislación y los servicios brindados, es que se analiza sistemáticamente como se dirige la rama de la publicidad, vinculada reflexivamente al género femenino. Entendiendo esto, la imagen femenina actualmente, no refleja la identidad de las mujeres, sintiéndose afectadas en su percepción con sentimientos de inconformismo e inseguridad.
Si bien, intrínsecamente, por una motivación-realidad del ambiente, se han realizado esfuerzos en cuanto a cambios en los conceptos publicitarios con respecto a la belleza, buscando que las mujeres realmente se sientan identificadas. Habiendo factores demandantes tipo “inputs”, como la reivindicación de las mujeres en manifestaciones públicas, su rol en la sociedad, empresas, y campañas masivas como (#niunamenos), variables que han colaborado en un leve cambio de objetivos a nivel publicitario y de comunicaciones de las marcas orientadas a las mujeres.
Sin embargo, esto no ha sido suficiente, por tanto, es fundamental que esta problemática ingrese al sistema político, brindando estos el apoyo político, los “outputs”. Se torna fundamental generar las acciones como respuestas legislativas a la demanda. Este año se publicó una circular que interpretativa sobre publicidad y prácticas comerciales:
RESOLUCIÓN EXENTA 0187, FECHA 21.03. 2019
Respecto del Título III, Párrafo 1° "Información y Publicidad", regulada particularmente en sus artículos 28° al 34°, encontramos los siguientes tipos infraccionales, los que serán tratados específicamente más adelante:
1. Publicidad Engañosa, Artículo 28°, letras a) a f).
2. Publicidad que produce confusión en la identidad de las empresas, marcas, etc., Artículo 28 A.
3. Comunicaciones Publicitarias o Promocionales enviadas por correo electrónico u otra forma de comunicación a distancia, Artículo 28 B.
4. Rotulación, Artículo 29°.5. Obligación de información de precios, Artículo 30°.
6. Suspensión de la publicidad, facultad del tribunal de oficio o a petición de parte en caso de Publicidad Falsa, Artículo 31.
7. Información Básica Comercial, Artículo 32°.
...