ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

PROGRAMA DE DERECHO METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

huber1211Apuntes15 de Junio de 2016

3.048 Palabras (13 Páginas)331 Visitas

Página 1 de 13

DESARROLLO DE LA CONSERVACION DINAMICA EN EL MUNICIPIO DE APARTADÓ – ANTTIOQUIA.

LUZ ALEIDA HENAO ZULETA

JUAN FELIPE RESTREPO SANCHEZ

JUAN PABLO VALENZUELA RODRIGUEZ

PRESENTADO A PAOLA BERMÚDEZ AGÁMEZ

UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA

FACULTAD DE DERECHO

PROGRAMA DE DERECHO

METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

APARTADÓ, ANTIOQUIA

2016

Tabla de contenidos

Introducción        

Planteamiento del problema        

Descripción del problema        

Formulación del problema        

Pregunta        

Hipótesis        

Objetivos        

Objetivos generales        

Objetivos específicos        

Antecedentes        

Justificación        

Marco referencial        

Normativa aplicable        

Palabras claves:        

Metodología        

Cronograma de actividades        

Presupuesto Global de la propuesta        

Resultados esperados        

Bibliografía        

Introducción

El presente proyecto constituye una confrontación entre la resolución 070 de 2011 (Por la cual se reglamenta técnicamente la formación catastral, la actualización de la formación catastral y la conservación catastral) y lo constatado en la praxis municipal en cuanto a la estimación de los valores de los terrenos y edificios, sobre la base de los cuales el correspondiente impuesto a calcular en el municipio de Apartado. Para ello, se tomará como referencia el desarrollo urbanístico de ciertos sectores, como percatarse del crecimiento poblacional y del mercado inmobiliario mediante el efectivo cumplimiento de las normas impartidas por autoridad catastral Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

Planteamiento del problema

Descripción del problema

El Instituto Geográfico Agustín Codazzi “IGAC”, en su calidad de autoridad catastral para el país, determina las labores catastrales mediante la expedición de normas técnicas, y ejerce vigilancia para su cumplimiento. Cuenta con una Sede Central, 22 Direcciones Territoriales y 48 Unidades Operativas de Catastro, las cuales cubren la totalidad del territorio nacional con excepción de los Catastros descentralizados de Bogotá, Antioquia, Medellín y Cali. Para la elaboración y mantenimiento de un Catastro moderno de la propiedad inmueble que responda de manera efectiva a las necesidades del país, el IGAC ha emprendido durante la última década transformaciones en busca de la optimización de los procesos, entre ellos los relacionados con la gestión de la información catastral. Estas transformaciones se podrían agrupar en tres grandes aspectos: tecnológico, normativo y procedimental todas recogidas en la resolución 070 de 2011.

Formulación del problema

Pregunta: La resolución 070 de 2011, en el municipio de Apartadó cuenta con deficiencias en cuanto a su implementación. 

Hipótesis: ¿Es efectiva aplicación de la resolución 070 de 2011, en el municipio de Apartado?

Objetivos

Objetivo general

Determinar la efectiva aplicación de la resolución 070 de 2011, en desarrollo  de la conservación dinámica catastral.

Objetivos específicos

  • Determinar el marco jurídico a la conservación catastral
  • Identificar la estrategia utilizada por la administración para georreferenciar el desarrollo urbano durante el periodo 2015.
  • Análisis de lo que determina la Ley y su aplicación actualmente desde la Oficina de Catastro Municipal.

Antecedentes

De acuerdo al estudio del año 2013 realizado por  torres desarrollo una propuesta metodológica para que la Unidad Administrativa Especial de catastro distrital, desde su misión aporte información ambiental, en cuanto a uso u manejo del suelo, para la toma de decisiones de la ciudad de Bogotá, partiendo del marco normativo que regula el uso y la gestión de los suelos a nivel Distrital y Nacional. Con esta base se procedió a elaborar el modelo de articulación entre las Entidades del Distrito que realizan gestiones sobre el suelo de la Ciudad.

        

Justificación

Considerando la importancia del Catastro y del Registro de la propiedad inmobiliaria como herramientas para la planificación territorial regional y la planeación y ejecución de la política económica nacional, así como de las políticas medioambientales y agrícolas para el restablecimiento de derechos vulnerados por la situación de violencia y el saneamiento de la propiedad inmobiliaria, permitirá una planificación efectiva y eficaz con respecto al desarrollo y crecimiento poblacional del Municipio de Apartidó, es de resaltar que la conservación catastral dinámica permite el crecimiento económico, político y social, más que necesaria es indispensable la efectivo cumplimiento a la resolución 070 de 2011, con respecto a la obligación del ente territorial de mantener actualizado su inventario inmobiliario, físico, económico y jurídico.

Es e gran importancia la conservación dinámica catastral, ya que por medio de esta el Municipio de Apartadó no estaría en la obligación de realizar actualización catastral cada 05 años, la cual es muy costosa para la vigencia 2016, se encuentra cursando ante el Concejo Municipal de Apartado la aprobación de la actualización catastral urbana la cual vale aproximadamente cuatro mil millones de pesos , donde el Municipio de Apartadó implementara la conservación dinámica catastral no incurriría en una inversión tan alta y que salen ´pagando los mimos ciudadanos apartadoseños mediante el cobro del impuesto predial Municipal.

Marco Teórico - Legal

La resolución 070 de 2011, manifiesta que con posterioridad a la expedición de la Resolución 2555 de 1988, se han dictado una serie de normas relacionadas con el catastro, que sugieren la actualización y ajuste de la normatividad técnica.

Que con las nuevas tecnologías se logra que la administración pública sea más eficiente y eficaz en el manejo de la información y, por tanto, la hace más confiable para el usuario. Lo cual genera la necesidad de establecer y adoptar un marco normativo que permita, en un contexto jurídicamente seguro el uso de la tecnología como un medio de intercambio de información y su aprovechamiento por parte de los usuarios y de las autoridades catastrales.

Que, en consecuencia, es necesario unificar y actualizar, las disposiciones sobre los procesos de la formación, actualización de la formación y conservación del catastro dentro del territorio nacional.

Determinar también que  en el proceso de conservación catastral la vigencia fiscal de los avalúos reajustados por el índice que determine el Gobierno Nacional o el Distrito Capital, será la señalada por el decreto o acto administrativo que fije el reajuste, para dar cumplimiento a las funciones asignadas al Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en el artículo 12 de la Ley 14 de 1983 relativas a la vigilancia sobre la adecuada aplicación de las normas técnicas en los procesos catastrales de formación, actualización de la formación y conservación que lleven a cabo las autoridades catastrales en todo el territorio nacional, esta entidad adelantará oportuna y periódicamente la revisión, análisis y verificación de esos procesos en todo el país. En el caso de incumplimiento, contravención o error sobre la aplicación de las normas técnicas en los procedimientos catastrales señalados en el inciso anterior, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, formulará por escrito las observaciones pertinentes para que la entidad catastral correspondiente dé cumplimiento, modifique o haga la corrección pertinente en los respectivos procesos del catastro, dando para ello un término que se fijará para cada caso según las circunstancias, pero que no podrá exceder de 30 días calendario.

Si la entidad catastral correspondiente no hace las modificaciones o correcciones respectivas, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, mediante providencia motivada, ordenará las modificaciones o correcciones necesarias las cuales se desprenden de las siguientes normas vigentes.

Ley 14 de 1983: Por la cual se fortalecen los fiscos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones,

•        Artículo 3º. Las autoridades catastrales tendrán a su cargo las labores de formación, actualización y conservación de los catastros, tendientes a la correcta identificación física, jurídica, fiscal y económica de los inmuebles.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (20 Kb) pdf (151 Kb) docx (16 Kb)
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com