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Resumen de Familia y Sucesiones


Enviado por   •  30 de Marzo de 2020  •  Resúmenes  •  40.112 Palabras (161 Páginas)  •  200 Visitas

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Resumen de Familia y Sucesiones

Sucesiones: segunda parte.

Clase 20 – 02/05.

Introducción: ¿Que vamos a ver en sucesiones? La herencia. ¿Qué es la herencia? Es cuando una persona tenía un determinado conjunto de bienes, fallece y a través de esta materia vemos a quien le van a quedar esos bienes.

Generalmente esos bienes le quedan a la familia. ¿Puede quedarles a otras personas que no sean la familia? Si, pueden a través de un testamento. Por donación no sería por causa de muerte, sino seria por medio de un contrato de donación hecho en vida, que transmita bienes. Pero podría ser por medio de otro contrato (en este caso el contrato de donación es a título gratuito).

¿Uno puede dejarle sus bienes a cualquier persona, que no sea familiar? Hay una parte de la herencia que tenemos libertad para dejársela a cualquiera que queramos (siempre respetando las formalidades de como expreso mi voluntad). Esta libertad no es total en algunos casos, sino que está limitada.

Difiere si está limitada o es una libertad total los casos en los cuales hay determinados parientes cercanos.

¿Qué nos parece esto de que una persona este obligada a dejarle determinado porcentaje a algunos parientes? ¿Está bien o debiéramos tener una libertad total para dejárselos a quienes queramos? 🡪 El porcentaje ese lo vamos a llamar “porción disponible”. Este porcentaje disponible se amplió. Antes teníamos el porcentaje más alto de legitima (es decir la parte no disponible), teníamos la porción disponible más chica del mundo. Ahora se amplió. Si uno tiene hijos o nietos (descendientes), tiene una libertad para disponer de 1/3 de sus bienes ahora. Antes era de 1/5.

Esta libertad, ¿tendría que ser total o está bien así? ¿está bien que a uno se le obligue a dejarle a uno de estos herederos forzosos o debiera ser lo que quisiera con esos bienes? Luego de su muerte obviamente, porque en vida puede hacer lo que quiere con sus bienes.

¿Cuál es el fundamento de que haya herencia forzosa? Los países que no tienen herencia forzosa, tienen sistemas de protección de los hijos menores.

La herencia forzosa tiene algunos sistemas de protección, que son eficaces, después lo vamos a ver. No es tan fácil enajenar los bienes antes de fallecer para que tus herederos forzosos no hereden.

Luego hay mecanismos por el cual a esos herederos forzosos se los puede excluir por causas puntuales.

¿Cuál es el fundamento de que haya herencia forzosa, si no hay ninguna de estas causas, simplemente el que tiene los bienes, no quiere que sus hijos hereden? La verdad es que no hay tantos argumentos que surjan espontáneamente a favor de la herencia forzosa, y sin embargo a todos nos parece natural, casi bien que haya herencia forzosa.

Terminología y conceptos de sucesiones: hacemos un análisis en algunos términos.

1) Causante: es la persona que falleció, esa persona va a ser heredada a través de la sucesión. El causante transmite todo su patrimonio.

2) Acervo Hereditario: el patrimonio del causante que luego va a transmitir se llama acervo hereditario. Acervo hereditario o patrimonio es el conjunto de bienes del causante.

3) Apertura de la sucesión: la causa de que el causante deba transmitir su patrimonio es su muerte, su fallecimiento. Al momento de la muerte lo llamamos apertura de la sucesión.

La apertura de la sucesión es un término que puede resultar un poco ambiguo, no estamos hablando del proceso sucesorio, sino solamente del momento del fallecimiento. Puede ser que haya apertura de la sucesión porque falleció el causante, es decir, que todo ese patrimonio dejo de tener como dueño al causante (porque ya no es una persona) y va a pasar a otros titulares, y sin embargo durante muchos años puede no iniciar un juicio sucesorio o proceso sucesorio. Sin embargo vamos a llamar al momento de la apertura de la sucesión, a ese momento de la muerte. Aun cuando por muchos años no se inicie el proceso sucesorio.

La apertura de la sucesión es importante porque fija primero cual es la ley aplicable. Ejemplo: si falleció en el 2014, se aplica el código civil anterior, por más de que todavía no haya abierto el proceso sucesorio. Si falleció en el 2016, se le aplica este código civil y comercial.

🡪 El código nuevo no modifico al código viejo gravemente, el articulado es mucho más claro ahora que antes, pero hay algunas cosas que pueden resultar trascendentes. Como por ejemplo: la ampliación de la libre disponibilidad del patrimonio del causante.

🡪 Otra cosa importante, es que cuando me voy a fijar quienes son los herederos, me fijo al momento de la apertura de la sucesión. Puede ser que el proceso sucesorio se inicie 20 años después, pero lo que me importa es quienes estaban vivos en el momento en que falleció el causante (apertura de la sucesión).

Ejemplo: supongamos que murió el causante y tenía 2 hijos. Hijo1 e hijo2. Ambos estaban vivos en ese momento. Pero en la actualidad, 20 años después, hijo2 falleció y dejo a su vez otros 2 hijos, que son nieto1 y nieto2. Acá no tenemos que confundirnos, no hay una sucesión, sino que hay 2.

Si hablamos de la sucesión del causante vamos a decir que al momento del fallecimiento sus herederos eran hijo1 e hijo2. Si el hijo2 no está vivo actualmente se van a presentar nieto1 y nieto2 que fueron declarados herederos de la sucesión de hijo2, y en representación de él van a ir a la sucesión de su abuelo (el causante). Pero en la sucesión de su abuelo se va a declarar que el hijo1 y el hijo2, son sus herederos y que además por el fallecimiento del hijo2, nieto1 y nieto2 también son sus herederos. Va a haber 2 transmisiones hereditarias (2 sucesiones).

Distinto es que el hijo2 fallezca antes de que el abuelo falleciera. En este caso se ve que el hijo2 dejo 2 hijos que son nieto1 y nieto2, y entonces acá también hay 2 sucesiones. Una va a ser que por el fallecimiento del hijo2 heredan sus nietos, nieto1 y nieto2. Ahora en la sucesión del causante va a decir que lo heredan su hijo1 y sus nietos1 y 2 en representación de hijo2 (que era hijo del causante).

🡪 En este caso la diferencia es que los herederos del causante son los nietos. Y en el otro el heredero era el hijo. Este es un buen ejemplo, de porque importa el momento de apertura de la sucesión.

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