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Taller relaciones laborales

cote.mencarEnsayo26 de Septiembre de 2020

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN        3

RESUMEN DE LA NOTICIA        4

FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA-PRÁCTICA        5

ANÁLISIS DEL TEMA        6

EVIDENCIAS EN CHILE Y EL MUNDO        7

IMPLICANCIAS EN LA EMPRESAS        9

ANÁLISIS CRÍTICO DEL TEMA        10

ALCANCES NORMATIVOS DEL TEMA        11

INTERROGANTES DEL TEMA RELEVANTES PARA LAS RELACIONES        12

INTERNAS        12

CONCLUSIÓN        13

ANEXOS: LINKOGRAFIA        14

INTRODUCCIÓN

La terminación del contrato de trabajo es un tema, generalmente conflictivo entre el empleador y empleado, el término del contrato se puede deber a diferentes causales las más comunes de ellas son: mutuo acuerdo entre ambas partes, renuncia del trabajador, vencimiento del plazo de contrato, conductas indebidas y graves del trabajador, necesidades de la empresa, entre otros. Todas estas causales se encuentran reguladas en los artículos de 159 al 161 y el 163 Bis del código de trabajo.

Cuando se termina el vínculo laboral existen una serie de obligaciones y derechos que deben cumplir ambas partes del contrato y el incumplimiento de estas puede ocasionar que se termine en los tribunales de justicia debido a que no se satisficieron los derechos de estos.

En el presente informe analizaremos una noticia en la cual se produjo un término de contrato de 4 trabajadores de la multitienda Paris, en la cual se justificó su despido por la causal del artículo 161 del código del trabajo: “necesidades de la empresa”, la cual es la más utilizada para ponerle término al vínculo laboral, pero los trabajadores lograron comprobar que se realizó un mal uso de la causal. Por lo cual analizaremos las implicaciones o consecuencias que esto provocó para la empresa.

RESUMEN DE LA NOTICIA

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago recibió una demanda presentada por 4 vendedores de la multitienda París. Dicha tienda tuvo que pagar indemnizaciones millonarias, porque el juez rechazó el argumento de la empresa, en donde esta intentó justificar el despido debido a una baja en las ventas, pero al mismo tiempo en que se realizó este despido, se abrieron nuevas tiendas y a la vez se ofrecían nuevos empleos.

El despido que se denomina “necesidades de la empresa” es muy común y generalmente a los trabajadores no se les entrega la carta que exige la ley donde se aclara la razón de su despido. Los empleados deben estar al tanto de que, si no se le entregan las razones de su despido, pueden demandar a la empresa.

La noticia detalla que esta causal se duplicó y alcanzó un nivel histórico entre noviembre del 2019 y mayo del 2020. Según expertos es la causal más usada, ya que, si algún trabajador demanda a una empresa el recargo por la indemnización es el más barato, ya que solo equivale a un 30%.

Finalmente, desde el 1 de junio del 2020 las empresas que están acogidas a la ley de protección del empleo no podrán tomar la causal de “necesidades de la empresa”.

FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA-PRÁCTICA

 

En Chile no se puede despedir a un trabajador sin razón alguna, por ello existe un argumento que es muy utilizado por las empresas para recurrir al despido de las personas. Este despido lleva por nombre “necesidades de la empresa”, en el cual existen factores indirectos que pueden afectar a la empresa y llevar al despido del trabajador.

El artículo 161 del código del trabajo, establece que los factores pueden ser:

  • Cambios en las condiciones de mercado o la economía: son todos aquellos factores externos a la empresa, que obligan a esta a despedir a una o más personas para poder seguir funcionando. Por ejemplo:

En junio del 2020, el canal de televisión MEGA desvinculó a 142 trabajadores dado el impacto económico que se ha producido debido a la pandemia del covid-19.

  • Baja en la productividad de la empresa: en este caso, por algún factor externo aumentan los costos o se presenta una disminución en las ventas, por tanto, la empresa debe despedir a una o más personas. Por ejemplo:

El 15 de mayo del 2020, la empresa LATAM desvinculó a 290 personas en Chile, debido al impacto de la pandemia en sus ventas, esto produjo un fuerte impacto negativo, obligando a la empresa a prescindir de una gran cantidad de sus trabajadores.

  • Proceso de modernización o racionalización: en este caso, es necesario reducir el personal cuando existe una modernización en el trabajo que reemplaza el puesto laboral de aquel trabajador. Por ejemplo:

En los supermercados se han instalado cajas de autoatención los cuales han reemplazado a una cantidad importante de trabajadores.

ANÁLISIS DEL TEMA

Cuando una empresa le da fin a un contrato de trabajo, deben estar claras las causas por las que se despide a un trabajador, dentro del código laboral están escritas cada una de las posibilidades de las cuales se puede despedir a un trabajador, dentro del artículo 159, hay 6 casos en los cuales se puede dar por terminado el contrato laboral.

Desde octubre del 2019 se ha visto un importante aumento de despidos con referente a los motivos internos de las empresas, todo esto bajo el estallido social que vivió el país. En este contexto, en diciembre del mismo año se reportó un alza del 84% de despidos, donde la justificación fue por “necesidades de la empresa”, con respecto al año anterior.

De acuerdo con el portal de mega noticias la principal causa de despido es por “necesidades de la empresa” donde el mes de abril 2020 sufrió una variación del 73% respecto al año 2019, según la noticia que se está analizando las empresas que estén acogidas a la ley de protección al empleo no pueden despedir a sus trabajadores por la causa ya mencionada.

Además, según el departamento de estudios de la dirección del trabajo, en el último informe mensual de julio 2020, durante este año se han enviado 847.033 cartas de aviso de despido a los trabajadores con este motivo, siendo enero el mes más afectado con 132.551 cartas, bajando considerablemente el último mes, julio con 42.882 cartas.

EVIDENCIAS EN CHILE Y EL MUNDO

Existen diversos casos en los cuales la justicia ha fallado a favor de los trabajadores, ya que estos fueron despedidos de manera injustificada o sin que existiera la evidencia suficiente de los cargos que se les acusaba. Algunos ejemplos de esto son:

En chile:

  • El despido injustificado de un ingeniero informático que fue acusado de desfalcar a Walmart (Líder) sin evidencia que lo acreditará, por lo cual el tribunal condenó que la empresa pagará el doble de indemnización que le correspondía por años de servicio, mes de aviso, costo del juicio, entre otros.
  • El auto despido de una cajera de Jumbo, por el incumplimiento de contrato por parte del empleador, ya que este no le pagó dos meses de sueldo ni asignaciones específicas, siendo que se encontraba con fuero maternal, por consiguiente, el tribunal ordenó que la cadena le pagará, los años de servicio, sueldos adeudados, asignaciones y también todos los meses que le restaban de fuero maternal.
  • El despido de un trabajador de Falabella que solo ejerció su derecho de defensa propia ante la agresión de un compañero de trabajo, por lo cual la corte ordenó que se le pagará la indemnización por años de servicio más un recargo de un 80%, además de la indemnización de mes de aviso.

En el extranjero:

  • Trabajadoras mexicanas de la empresa Grupo Salinas denuncian que sufrieron despidos injustificados desde dirección, donde ellas apelan que recibieron permisos extraordinarios por parte de la jefatura para poder trabajar desde casa, porque tenían hijos pequeños, pero a los días recibieron una carta de aviso de despido ya que estaban dentro de la lista del recorte del personal. Aun así la empresa alega que los recortes de personal que hicieron son atribuibles a las necesidades de la empresa.
  • Con respecto, a los despidos por necesidades de la empresa, en Argentina, por ejemplo, el presidente Alberto Fernández firmó un decreto donde les prohíbe a las empresas despedir bajo esa causal a trabajadores durante 60 días, donde además menciona que no se reconocerá el fin de contrato.
  • En la ciudad de México los trabajadores de patines eléctricos Grin Scooter denuncian, mediante manifestaciones en la vía pública, el término de contrato que los encargados les informaron, porque iban a cesar todas las actividades producto de la pandemia, ya que la empresa se vio afectada por ende deben ser despedidos, pero con la condición de que la cantidad monetaria no se viera afectada a fin de mes. Firmado el despido los acuerdos no se llevaron a cabo.

IMPLICANCIAS EN LA EMPRESAS

Como ya se ha mencionado anteriormente para que se pueda dar término a un contrato laboral, existen varias instancias en las que este se puede dar, y estas están descritas dentro del código laboral.

En el código laboral dentro del artículo N°159 se encuentran estipuladas las causales por las que se podría dar término al contrato laboral. En el artículo N°160 se describen las razones de estas causales, cómo fundamento para posibles despidos a los empleados, en el cual éste no tendrá derecho a indemnización por una posible demanda. El artículo N°161 describe la causal más usada por las empresas que se denomina “necesidades de la empresa”, en donde se detalla cómo se debe llevar a cabo el proceso del término del contrato bajo esta causal.

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