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Derecho Civil I


Enviado por   •  19 de Mayo de 2013  •  7.211 Palabras (29 Páginas)  •  605 Visitas

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ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS DE LA FUNDACION

“VENEZUELA LIBRE PARA TODOS”

Nosotros, FRANCISCO FRANKLIN FIGUEIRAS VASQUEZ, soltero, con cedula de iden-tidad Nº V-5.222.577, RUBEN ARGENIS BETANCOURT CARABALLO, soltero, con cedula de identidad Nº V-16.705.772, SOL NORBELLYS CARABALLO, soltera, con cedula de identidad Nº V-6.390.285, CARBELLYS AHITZA CELIS CARABALLO, solte-ra, con cedula de identidad Nº V-21.495.111 y JOVANNY FRANCISCO FIGUEIRAS VERDU, soltero, con cedula de identidad Nº V-17.920.214, todos venezolanos, ma-yores de edad y civilmente hábiles, por medio del presente documento declaramos: que hemos convenido en constituir como en efecto lo hacemos, una fundación, sin fines de lucro, destinada a cumplir objetivos de interés social en general, que tendrá su domicilio en la ciudad de PETARE, Urbanización El Quintana, sector La Cuesta, Carretera vieja Petare-Guarenas, Kilometro 11, casa Nº 3, planta alta, del Municipio Autónomo Sucre, Parroquia Caucaguita del Estado Bolivariano de Miranda a los Ca-torce (14) días del mes de Enero del año Dos Mil Doce (2013), la cual se regirá por las disposiciones contenidas en el presente documento constitutivo estatutario y cu-yas cláusulas quedan redactadas en los siguientes términos conforme a las disposi-ciones establecidas en la Ley Especial de Asociaciones. La presente Acta Constitutiva ha sido redactada con suficiente amplitud para que sirva a su vez de Estatutos Socia-les, los cuales fueron debidamente debatidos y aprobados por los Asambleístas y son del tenor siguiente:………………………………………………………………………………………………

SECCION PRIMERA

CAPITULO I

DENOMINACIÓN, RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD, DURACIÓN,

DOMICILIO Y OBJETO

ARTÍCULO 1: La fundación se denominará “FUNDACION VENEZUELA LIBRE PARA TODOS”. Adoptará un Régimen de Responsabilidad Limitada, sin fines de lu-cro, y tendrá una duración de cincuenta (50) años, pudiendo ser renovada, y su domicilio legal será en la Urbanización El Quintana, sector La Cuesta, Carretera vieja Petare-Guarenas, Kilometro 11, casa Nº 3, planta alta, del Municipio Autónomo Sucre

Parroquia Caucaguita del Estado Bolivariano de Miranda, Venezuela, sin perjuicio de poder tener juntas seccionales en cualquier lugar del territorio nacional o del extran-jero…………………………………………………………………………………………………………………….

ARTÍCULO 2: El objeto de la fundación es impulsar un amplio programa de desarro-llo socio-productivo en todas las áreas humanas, que van en beneficio del correcto funcionamiento del colectivo sin distinción de clases sociales, de géneros, de religión, de razas, de color, profesionales o no, técnicos o no, artesanos, empresarios y en especial la orientación para la reinserción a la sociedad de todo individuo que por cir-cunstancias adversas de la vida haya sido privado de la libertad y requiera de nuestra cooperación garantizándole un empleo estable y adiestrándolo para la ocupación del mismo, comprendiendo además por producción, el diagnóstico, la protección del ciu-dadano de pocos recursos, el mejoramiento de servicios básicos, de salud y cualquier otra área que implique el uso de tecnologías mediante la implantación y uso de sis-temas técnicos desarrollados en Venezuela o en cualquier país del mundo, debida-mente aprobados y aceptados por los organismos públicos y privados que tienen competencia en la materia, destinados a generar el mayor bienestar de la colectivi-dad. a) Contribuir a la unión e integración del colectivo, en este sentido fomentar la asistencia de servicios tecnológicos, coadyuvando por si o por intermedio de sus miembros a la solución de problemas, apoyando los planes, iniciativas o ideas tanto oficiales como privadas que tiendan al mejoramiento de la calidad de vida ; b) Pro-mover la convivencia social operativa a través de la organización colectiva y la parti-cipación activa de todos sus miembros en un ambiente de democracia, solidaridad, cooperación mutua, y respeto. La producción y realización de todo tipo de cursos técnicos y talleres, laboratorios, bibliotecas y salones de lectura, coordinar y promo-ver actividades sociales, culturales, educativas, deportivas y religiosas en pro del desarrollo del ciudadano, contribuir con el desarrollo físico, académico, social, cultural y humano, de los ciudadanos, en coordinación con entes públicos y privados a través de donaciones económicas, rubros alimenticios, bienes de consumo masivo, proyec-tos académicos, deportivos, culturales, y otros permitidos por la Junta Directiva en pleno ya sea en exclusividad o en cooperación con cualquier otro individuo o institu-ción, para lo cual la Fundación podrá contratar, tanto en Venezuela como en el exte-rior, las organizaciones, empresas o personal necesario; c) La elaboración y venta de folletos, libros, manuales y demás material impreso de carácter educativo; d) La ela-boración y venta de elementos de propaganda, tales como camisetas, llaveros, cal---

comanías; e) La promoción de programas de carácter educativo en los espacios ra-diales, televisivos y ciberespacio; f) Auspiciar y financiar programas y actividades que sean necesarios para animar a aquellas personas que merezcan la asistencia y opor-tunidades de esta fundación, vincular al colectivo con los centros de conocimiento (universidades) del país; g) Donar becas y/o establecer fondos para asignar ayudas a estudiantes o profesionales que realicen investigaciones o estudios en general o en cualquier institución, sociedades o asociaciones que tengan objetivos similares a los de esta Fundación, cooperando con cualquier persona en la ayuda de dichos objeti-vos; h) En general, llevar a cabo todos aquellos actos que se presumen facilitan la realización del objetivo fundamental de la Fundación, adquirir bienes muebles e in-muebles que tengan como fin el logro de los objetivos anteriores…………………………….

CAPITULO II

DEL PATRIMONIO

ARTICULO 3. El patrimonio de la Fundación estará integrado por: a) Las ayudas económicas otorgadas por particulares o instituciones de procedencia legal; b) Los bienes inmuebles que hayan sido adquiridos de manera legal en compras autorizadas por la junta directiva; c) Las donaciones que pueda hacer cualquier miembro; e) el aporte mensual hecho por los miembros asociados, equivalente

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