Terminos Juridicos
Angelote179315 de Mayo de 2013
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Absolución
La sentencia o resolución del juez por la cual termina el juicio o proceso declarando al demandado libre de la demanda; o al reo, de la acusación que se la ha formulado. / Terminación del Proceso en el cual se decide y declara inocente al acusado de los cargos contra él formulados o al demandado de las pretensiones aducidas contra él por el demandante.
Acción Penal
La que se ejercita para establecer la responsabilidad criminal y, en su caso, la civil, ocasionada por la comisión de un delito o falta. Como norma orientadora, puede afirmarse que la acción esta encomendada principal o inexcusablemente al ministerio fisca, cuando se trata de delitos que afectan a la sociedad y que, por ello, tiene carácter publico. I Poder jurídico para excitar y promover el ejercicio de la jurisdicción penal, para el conocimiento de una determinada relación de derecho penal y obtener su definición mediante la sentencia.
Acto Extrajudicial
Todo acto realizado fuera del juicio o proceso.
Acto Ilícito
Son acciones u omisiones. Acciones, cuando se hace o que la ley prohíbe; omisiones, cuando no se hace lo que la ley manda / Llamasen así los que se realizan en contra de una norma de derecho positivo, antijurídicamente, ya se actúe de forma dolosa y con negligencia. Se puede realizar también por omisión al abstenerse del cumplimiento de una obligación.
Acto Jurídico
Toda manifestación de una o varias voluntades que tienen por fin producir un efecto de derecho. Los actos jurídicos son una subdivisión de los hechos jurídicos.
Manifestaciones de una o más voluntades que tengan por finalidad producir un efecto de
derecho.
Clasificación de los actos jurídicos con respecto a su contenido:
1. Actos Jurídicos legales o reglamentarios: Crean una situación Jurídica de
manera general.
2. Actos Jurídicos subjetivos: Crean una situación Jurídica para un individuo o
un grupo determinado de individuos.
3. Actos Jurídicos - Condición (Actos - Condición): Confieren a una persona una
situación Jurídica general o status.
4. Actos Jurídicos Jurisdiccionales: Hacen constar situaciones jurídicas o
hechos.
Clasificación de los Actos Jurídicos con respecto a su operación:
1. Puros y simples: Son los actos que no requieren confirmación.
Sometidos a plazo o sujetos a condición suspensiva o resolutoria: Requieren
2. una condición para su confirmación o negación. Bajo este aspecto, pueden ser positivos o negativos, según se requiere una acción o una omisión.
Actuaciones Judiciales
Los ejecutados por jueces, tribunales y auxiliares de la justicia en el ejercicio de sus funciones, y también por las partes, ante aquellos. / Son todas las tramitaciones que constituyen las piezas de asuntos redactas durante el desarrollo del juicio o proceso.
Agresión
En el sentido lato es toda acción contraria al derecho de otro; y en sentido estricto, la ac¬ción o efecto de acometer, de atacar. Así, en Derecho es el ataque, el acometimiento diri¬gido violentamente contra una persona para causarle algún daño en sus bienes, para herirle o matarla./ En el Derecho Penal, como hecho violento, injusto y contrario a la norma jurídica protectora de bienes e intereses individuales, está referida a los delitos de homicidio, lesiones y abuso de armas. / Constituye un elemento que juega con la legítima defensa.
Agresor
El que acomete a otro injustamente con pro¬pósito de golpearle, herirle, matarle.
Amparo
Defensa y defensor/ Valimiento, protec¬ción, favor/ En lenguaje de jerga, letrado o procurador que ampara o favorece a un pre¬so. Institución que tiene su ámbito dentro de las normas del Derecho Político o Constitu¬cional y que va encaminada a proteger la li¬bertad individual o patrimonial de las perso¬nas cuando han sido desconocidas o atrope¬lladas por una autoridad —cualquiera sea su índole— que actúa fuera de sus atribuciones legales o excediéndose en ellas, generalmente vulnerando las garantías establecidas en la Constitución o los derechos que ella protege.
Acción judicial contra un acto, decisión u omisión del poder administrador, o hechos de los particulares que afecten o lesionen ciertas garantías o derechos establecidos en la constitución, un tratado o una ley. El amparo aspira a salvaguardar o proteger la otras garantías constitucionales aludidas, pero a condición de que los derechos consagrados por la constitución en los casos de su violación visible y arbitraria, sean de legitimo origen y adquisición.
Apelación
Recurso que la parte, cuando se considera agraviada por la resolución de un juez o tri¬bunal, eleva a una autoridad judicial supe¬rior; para que, con el consentimiento de la cuestión debatida, revoque, modifique o anu¬le la resolución apelada. Pueden apelar, por lo general, ambas partes litigantes. El que interpone la apelación se llama apelante; y apelado se denomina al litigante vencedor, contra el cual se apela/ Recurso planteado ante una jurisdicción superior, para obtener la revocación total o parcial de una decisión de la jurisdicción inferior.
Apoderado
Quien tiene poder para representar a otro en juicio o fuera de él/ Persona que ha recibido mandato de otra para ejercer en su lugar ciertos poderes.
Apremio
Acción y efecto de apremiar. / Mandamiento del juez, en fuerza del cual se compele a uno a que haga o cumpla alguna cosa. / Recargo contributivo, por demora en pagar los im¬puestos. / Auto o mandamiento judicial para que una de las partes devuelva sin dilación los autos. / Tormentos menores para arrancar la confesión; como los grillos, la cadena al pie del reo, esposas a brazos vueltos y la prensa aplicada a los pulgares.
Audiencia
Acto por intermedio del cual una autoridad administrativa o judicial, en función de juzgar,
oye a las partes o recibe las pruebas.
Atestiguar
Acto de declarar o deponer un testigo en al¬gún asunto judicial, sobre certeza de un hecho determinado, acerca de puntos y antece¬dentes que puedan esclarecer el caso.
Autos
Conjunto de las diferentes piezas o partes que componen una causa criminal o pleito ci¬vil. Los autos son los que en el sistema procesal se denomina expediente, por que suele preferirse no obstante para lo administrativo y sus actuaciones escritas. Generalmente se da el nombre de proceso cuando se refiere a actuaciones en causa cri¬minal; y el de autos, cuando se trata de una causa civil.
Calumniar
Atribuir con malicia y falsedad a alguien un delito perseguible de oficio y que el acusado no ha cometido.
Careo
En materia de investigación criminal, y por orden del juez u otra autoridad competente, la confrontación de los testigos o acusados que se contradicen en sus declaraciones, para averiguar mejor la verdad oyéndolos en sus debates, discusiones, reproches y acusacio¬nes.
Comparecencia
Acción y efecto de comparecer; esto es, de presentarse ante alguna autoridad, acudien¬do a su llamamiento, o para mostrarse parte en un asunto./ EN JUICIO. El acto de pre¬sentarse personalmente, o por medio de re¬presentante legal, ante un juez o tribunal, obedeciendo a un emplazamiento, citación o requerimiento de las autoridades judiciales; o bien, para mostrarse parte en alguna causa, o coadyuvar en un acto o diligencia ante la justicia.
Contencioso
En general, litigioso, contradictorio. / El jui¬cio seguido ante juez competente sobre dere¬chos o cosas que disputan entre sí varias par¬tes contrarias. / Lo que supone una oposición de intereses.
Consultor técnico
El consultor técnico es en principio un asesor de la parte sobre puntos técnicos, puede resultar su asesoramiento un elemento de juicio que se invoque en la sentencia, y hasta constituir base exclusiva de ella.
Caución
Precaución, cautela. I Garantía. I Seguridad. I Puede definirse como la se¬guridad dada por una persona a otra de que cumplirá lo convenido o pactado; lo obligato¬rio aun sin el concurso espontáneo de su vo¬luntad. I En el presente, caución es sinónimo de fianza, que cabe constituir obligando bie¬nes o prestando juramento. I Seguridad que da una persona a otra que cumplirá lo pactado, convenido u ordenado. La caución tendrá por exclusivo objeto asegurar que el imputado cumplirá las obligaciones que se le impongan y las órdenes del tribunal, y en su caso que se someterá a la ejecución de la sentencia condenatoria.
Cita
La mención de ley, doctrina, autoridad u otro cualquier instrumento alegados para probar lo dicho o referido. I La manifestación que en la sumaria de una causa criminal hacen los testigos, o el reo, de algunas personas que se hallaron presentes en el hecho que se trata de esclarecer o que pueden tener conocimiento de algo conducente a su averiguación.
Citatorio/ Citación
Diligencia por la cual se hace saber a una per¬sona el llamamiento hecho de orden del juez, para que comparezca en juicio a estar a dere¬cho. I Es el requerimiento formal y por escrito que formula una autoridad a un particular o ciudadano, debiendo especificar el mismo el destinatario, la fecha y lugar en que se debe de presentar, el motivo y
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