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Noción del Derecho Antonio Caso define derecho como “conjunto de sanciones morales por la política”


Enviado por   •  30 de Octubre de 2017  •  Ensayos  •  7.394 Palabras (30 Páginas)  •  201 Visitas

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  1. Noción del Derecho

Antonio Caso define derecho como “conjunto de sanciones morales por la política”

Efraín Gonzales define derecho como “moral auto limitada”, el derecho regula lo mínimo del bien común.

La primera aproximación se define la noción moral del Derecho a base de moral, valor y justicia. Para llegar a la base primaria de la noción del Derecho, ésta misma fue cambiando durante tres periodos.

  • Antigüedad

Se entiende que el derecho era una especie de moral, que había una proximidad a la moral. Se tiene en concepto que se trataba del Derecho natural.

  • Modernidad

El Derecho es una norma. Tiene campos diferentes pero la similaridad es el ser de norma. Al pensar que el Derecho es una norma se le define como Normativismo

El Normativismo se divide en dos ramas de la misma: Normativismo racionalismo que parte en base de la razón, y Normativismo voluntarismo que parte en base de la voluntad del mandato

  • Pos-modernidad previa (frontera entre modernismo y pos-modernismo)

El Derecho es un hecho. Son hechos jurídicos por el poder interpretados por medio de una norma (siendo el punto de vista para interpretar) ya que las normas se pueden leer e interpretar.

  • Pos-modernidad

El Derecho es hecho, valor y norma (las 3 dimensiones de lo jurídico). Miguel Reale en su libro Teoría Tridimensional del Derecho dice que “el Derecho debe ser visto desde diferentes puntos de vista”. El Derecho optaría por ser Derecho Positivo.

[pic 1]

[pic 2][pic 3][pic 4]

El escritor García Máynez era normativista, en donde propone el género próximo de Derecho, que sería norma.

1.1 Leyes Naturales y Reglas de conducta

{Contingente. - después de ver o comprobar, la experiencia, se puede comprobar}

García Máynez, a partir de lo propuesto por Kant, explaya los siguientes temas. Se tiene conocido en sí el concepto de Juicio que se puede dividir en dos diferentes tipos de juicio: [pic 5]

Juicios Normativos

  • Pertenecen al mundo del deber ser
  • Contingentes
  • Son válidos o inválidos (independiente del cumplimiento)
  • Tipos de validez
  • Material. - depende del valor que la norma encarna
  • Formal. - depende del procedimiento de creación (solo validez formal en lo jurídico)

Juicios Enunciativos

  • Pertenecen al mundo del ser
  • Contingentes o necesarios (lógica)
  • Verdaderos o falsos
  • Algunos juicios necesarios podrían ser axiomas lógicos/matemáticos y leyes naturales.

[pic 6][pic 7][pic 8]

  • Juicios Enunciativos Necesarios [pic 9][pic 10]

[pic 11]

        

Ahora se puede relacionar los conceptos de Leyes Naturales y los Juicios Normativos.

Leyes Naturales

Juicios Normativos (Reglas conducta)

Fin

Teórico: explicar las relaciones constantes entre fenómenos naturales

Práctico: provoca la conducta humana.

Eficacia

Necesarias

Contingentes

Validez

Verdadero o Falso

Válido o Inválido

Regresando al género próximo del Derecho, por García Máynez, podemos decir que:

        Sentido Amplio (lato sensu)      [pic 12][pic 13][pic 14][pic 15]

                                      

        Sentido Estricto (strictu sensu)[pic 16]

Hay normas obligatorias (strictu sensu, es decir, juicios normativos) y no obligatorias (lato sensu, es decir, reglas técnicas).

Las reglas técnicas son las que postulan los medios adecuados para la consecución de algún fin. Establecen una necesidad.

Hay veces en donde las reglas técnicas se vuelven obligatorias dependiendo si el fin se vuelve obligatorio y deja de ser necesario.

Se debe de explicar las reglas de conducta, el deber que se tiene en juicios normativos.

Deber

“Necesidad de obrar por respeto a la norma o necesidad de una acción por respeto a la ley” según Kant.

¿Qué clase de necesidad es el deber? Es una necesidad moral, proponiéndolo como un deber racional; la moral es racional. Nos falta la diferencia específica en sí.

Kant planteo que el deber derivaba del tipo imperativo (hablamos de norma en strictu sensu)

Dos clases de imperativo:

  • Categóricos
  • Establecen o postulan un deber incondicionado (eje. No mataras)
  • “aquellos que mandan una acción por sí misma, como objetivamente necesaria”
  • Formula: obra de modo tal que la máxima acción pueda ser elevada por tu voluntad a ley de todo el universo, esto es que actúa de tal manera que explica lo que tú hiciste pueda ser elevado universalmente.
  • Moral
  • Hipotéticos
  • Normas cuya obligatoriedad depende de que se cumpla la condición.
  • Kant pensaba que el Derecho no es obligatorio
  • “Si quieres alcanzar tal o cual fin, debes emplear estos o aquellos medios”
  • Aquellos que postulan los medios adecuados para la consecución de algún fin. Consejos de la sagacidad.
  • Derecho

Decía Kant que la diferencia aproximada de la noción del Derecho son los imperativos hipotéticos.

Pero hay una severa crítica aquí. Si el derecho carece de obligatoriedad (hipotéticos) da puerta abierta a la anarquía.

Cuando hay respeto a la ley se le llama capital social, lo que los países desarrollados obtienen.

García Máynez se pregunta acerca de los imperativos hipotéticos. Se reforma la idea de Rodolfo Laun “los imperativos hipotéticos establecen una necesidad, no un deber”

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