DERECHO CIVIL
vanegriss20 de Noviembre de 2013
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1. DERECHO CIVIL
El Derecho Civil puede ser considerado como la rama del Derecho Privado, general para el orden jurídico, que estudia y regula los atributos de las personas, los derechos de la personalidad, la organización jurídica de la familia y las relaciones jurídicas de carácter patrimonial habidas entre particulares.
2. Concepto de derecho civil y político
Estos son llamados los derechos de primera generación y su origen se remonta hace aproximadamente doscientos años y entraron en la corriente principal de la discusión filosófica y política durante los siglos XVII Y XVIII bajo los términos de “derechos naturales” y “derechos del hombre”.
2.1. Concepto de Derecho Civil
El Derecho Civil es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones personales o patrimoniales entre personas privadas o públicas, tanto físicas como jurídicas, de carácter privado, empresarial y público.
El derecho civil podría ser entendido en otras palabras como el tipo de regulaciones y normas que se interesan por la persona como ser social que forma parte de un grupo más complejo de personas y con las cuales establece distintos tipos de vínculos. Debido a la complejidad de muchos de esos vínculos sociales, el derecho civil tiene como principal objetivo el establecimiento de un orden que haga de esos vínculos lo más lógicos, organizados y sensatos posibles a modo de poder controlar a la sociedad y legislar en casos de necesidad.
2.1.1. Los derechos civiles son los siguientes C.P.E. (art.21)
Las bolivianas y los bolivianos gozan de los derechos:
1. A la autoidentificación cultural.
2. A la privacidad, intimidad, honra, honor, propia imagen y dignidad.
3. A la libertad de pensamiento, espiritualidad, religión y culto, expresados en forma individual o colectiva, tanto en público como en privado, con fines lícitos.
4. A la libertad de reunión y asociación, en forma pública y privada, con fines lícitos.
5. A expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones por cualquier medio de comunicación, de forma oral, escrita o visual, individual o colectiva.
6. A comunicar, informar, opinar, interpretar y acceder a la información, de manera individual o colectiva.
7. A la libertad de residencia, permanencia y circulación en todo el territorio boliviano, que incluye la salida e ingreso del país.
2.2. Concepto de Derecho político
Son aquellos derechos que tienen los ciudadanos para expresar, ejercer y participar en el universo democrático de la sociedad a la que pertenece, porque con ello se consolida y se realiza la democracia, una de las maneras de manifestar este derecho, es a través de las elecciones.
Los derechos políticos son el conjunto de condiciones y opciones que posibilitan al ciudadano a participar en la vida política de su nación, expresando con el ejercicio del derecho su criterio, como forma de ejecutar su libertad personal y de conciencia y formando, con su manifestación, un vínculo con sus representantes electos, es decir entre gobernantes y gobernados.
2.2.1. Los derechos políticos son los siguientes C.P.E. (art.26)
I. Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva. La participación será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres.
II. El derecho a la participación incluye:
1. La organización con fines de participación política, conforme a la ley.
2. El sufragio, mediante voto igual, universal, directo, individual, secreto, libre y obligatorio, escrutado públicamente. El derecho al sufragio se ejercerá por las personas que tengan dieciséis años cumplidos. La edad necesaria
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