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ANÁLISIS DE LA PELÍCULA BIENVENIDO PAISANO


Enviado por   •  21 de Octubre de 2018  •  Ensayos  •  1.385 Palabras (6 Páginas)  •  669 Visitas

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A 4 ANÁLISIS DE LA PELÍCULA BIENVENIDO PAISANO

Debido a que en México hay grandes problemas económicos y de desempleo mucha gente busca ir a estados unidos en busca del sueño americano, para poder darles una mejor vida a sus hijos pero al conseguir esto sus hijos se olvida de sus raíces ya que nunca vivieron con ellas y generación tras generación se pierden más.


Cuando un paisano regresa a sus tierras las autoridades mexicanas se aprovechan de su situación ya que después un gran tiempo sin regresar a su país no saben bien como se encuentra los reglamentos y tienen que ofrecer dinero para poder continuar con su camino. Como pudimos ver en la película al pasar por la aduana ya que les pedían cosas y las autoridades les inventaban leyes para poder obtener dinero de estas personas.

Por lo cual podemos mencionar traer dinero no es delito, no declararlo sí lo es (SAT Y ADUANA MÉXICO).

        I.LEY MONETARIA

De acuerdo con el artículo 1° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos (“Ley Monetaria”), la unidad del sistema monetario de México es el “peso”.

En este sentido, el artículo 7° de dicha Ley establece “las obligaciones de pago, de cualquier suma de moneda mexicana se denominarán invariablemente en pesos…”

En este orden de ideas, el párrafo primero del artículo 8° de la Ley en comento señala que la moneda extranjera no tendrá curso legal en la República Mexicana, salvo en los casos en que la Ley determine expresamente lo contrario.

En cualquier caso, las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro o fuera de la República Mexicana, para ser cumplidas en nuestro país, deben ser solventadas entregando el equivalente en moneda nacional al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se haga el pago, de acuerdo con el tipo de cambio determinado por las disposiciones del Banco de México, en los términos de su ley orgánica.

Conforme al párrafo al párrafo sexto de la Constitución general y al artículo 1° de la Ley de Banco de México, este es un “organismo autónomo” en el ejercicio de sus funciones y en su administración.

De conformidad con el párrafo séptimo constitucional, los artículos 21, 24 y 35 de la Ley del Banco de México y en los términos del numeral 1.2 de las Disposiciones Aplicables a la Determinación en Moneda Extranjera Pagaderas en la República Mexicana, dicho banco central cuenta, entre sus principales funciones, la de regular los cambios, esto es, determina los tipos de cambio mediante la emisión de dichas disposiciones, las cuales son publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Nótese que el artículo 4° del Código Civil Federal establece que cuando la disposición de observancia general de que se trate fije el día en que debe a comenzar a regir, obliga desde ese día, con tal de que su publicación haya sido anterior. Lo cual se vincula con el artículo 21 del mismo ordenamiento legal, el cual prescribe que la ignorancia de las leyes no excusa su cumplimiento.

Es de señalar que las prevenciones de los citados artículos 7° y 8° de la Ley  Monetaria no son renunciables y toda disposición en contrario será nula (artículo 9°de dicha Ley).

Por lo consiguiente debemos siempre de estar bien informados y fundamentados en nuestras Leyes para no pasar por lo mismo que paso Don Epifanio y su familia que por ignorancia no sabía en realidad cuales eran sus derechos y obligaciones al momento de entrar al país por lo cual las autoridades se aprovechan y abusan de sus derechos solo porque tienen el poder a su cargo.

Es por eso que a lo hora de que emprenden el viaje Don Epifanio y su familia cargados con electrodomésticos y regalos para su familia de zacatecas les empiezan argumentar que tiene que hacer una declaración de lo que pasa a este país.

           II. DECLARACIÓN ANUAL.

Por su parte de la actual Declaración de Aduana para pasajeros que ingresan a México procedentes del extranjero (Declaración Aduanal”), emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y por la Aduana de México se desprende que su referencia monetaria son los dólares de Estados Unidos, lo cual pudiera ser cuestionable a la luz de lo dispuesto por la Ley Monetaria Mexicana.

En realidad existen dos formatos de dicha declaración Aduanal, uno con cierto tiempo de circulación al cual llamaremos “formatos A” y otro, recientemente emitido, al cual denominamos “formato B”, donde se realizan ciertas modificaciones formales, buscando ser más preciso.

Así las cosas, en ambos formatos la Declaración Aduanal mexicana comienza dando un caluroso recibimiento indicando textualmente: “Bienvenidos a México”; y acto seguido requiere que todo pasajero o jefe de familia, que proporcione cierta información (formato B) y que entregue llenada dicha declaración (formato A); solicitando el llenado de los generales de la persona, a la cual se le pregunta, entre otras cosas, si es residente mexicano o extranjero y cuál es el medio de transporte utilizado (marítimo aéreo o terrestre).

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