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Derecho Administrativo (FANB)


Enviado por   •  13 de Diciembre de 2014  •  1.220 Palabras (5 Páginas)  •  176 Visitas

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Estructura Organizativa

La Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en cumplimiento a las políticas dictadas por el Ejecutivo Nacional para toda la Administración Publica Nacional y atendiendo las nuevas directrices dadas por el Ministerio del Poder Popular para la planificación y el desarrollo ha resuelto adecuar la estructura organizativa de esta institución, a la nueva norma. En tal sentido, se presenta a continuación la nueva Estructura Organizativa de la CONGEFANB, avalada por VIPLADIN según Nª 000920 de fecha 19 de Noviembre 2009:

Atribuciones

* Evaluar el sistema de control interno, de los organismos señalados en el artículo 10 del Reglamento, incluyendo el grado de operatividad y eficacia de los sistemas de administración y de información gerencial y proponer al Ministro del Poder Popular para la Defensa y a las otras máximas autoridades del sector defensa, las recomendaciones que sean pertinentes para mejorarlos.

* Examinar los registros y estados financieros de los órganos sujetos a su control, para determinar su pertinencia y confiabilidad.

* Verificar la legalidad, exactitud, sinceridad y corrección de las operaciones del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, de los componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, de los servicios autónomos sin personalidad jurídica y de los entes adscritos carentes de unidad de auditoría interna.

* Evaluar el cumplimiento y resultado de los planes y las acciones administrativas y fi-nancieras del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, de los componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y de los entes adscritos carentes de unidad de audito¬ría interna, a los fines de determinar la eficiencia, eficacia, econo¬mía, calidad e impacto de la gestión.

* Utilizar los métodos de control perceptivo que sean necesarios para verificar la correcta ejecución de las órdenes de compra y demás contratos celebrados por los entes y organismos sujetos a su control. Así como, para comprobar la sinceridad de los hechos en cuanto a su existencia y efectiva realización, y examinar los registros y sistemas contables respectivos, para determinar si se ajustan a las disposiciones legales y técnicas prescritas por las autoridades competentes.

* Realizar el examen selectivo o exhaustivo así como la calificación y declaratoria de fenecimiento de las cuentas, si así lo resuelve la Controlaría General de la República. En los casos en que se detecten irregularidades, ejercerá las potestades para investigar y hacer efectivas las responsabilidades establecidas en la Ley Orgánica de la Controlaría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

* Ejercer la supervisión, evaluación, orientación y coordinación de la Unidades de Auditoría Interna de los entes descentralizados adscritos al Ministerio del Poder Popular para la Defensa, y formular las recomendaciones que sean pertinentes para mejorar su funcionamiento, las cuales tendrán carácter obligatorio.

* Ejercer las potestades de investigación en los términos de la Ley Orgánica de la Controlaría

* General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, cuando a su juicio existan méritos suficientes para ello y realizar las actuaciones que sean necesarias a fin de verificar la ocurrencia de actos, hechos u omisiones contrarios a una disposición legal o sublegal, deter¬minar el monto de los daños causados al patrimonio público, así como la procedencia de acciones fiscales.

* Declarar la responsabilidad administrativa, formular reparos e imponer multas, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de la Controlaría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

* Remitir al Ministerio Público los indicios de responsabilidad penal y de responsabilidad civil cuando se presuma que se ha causado un daño al patrimonio pero no sea procedente la formulación de un reparo.

* Realizar el seguimiento de las acciones correctivas derivadas, tanto de las propias actuaciones, como de las efectuadas por la Controlaría General de la República.

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