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FUNDACIÓN DIAGRAMA. MANUAL DE GESTIÓN

Lorena González LucasApuntes2 de Mayo de 2022

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FUNDACIÓN DIAGRAMA.

MANUAL DE GESTIÓN.

LORENA GONZÁLEZ LUCAS.

4º EDUCACIÓN SOCIAL.

UCLM, CUENCA.

ÍNDICE.

1. INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………………….. 2

2. CARACTERIZACIÓN BÁSICA DE LA ORGANIZACIÓN…………………………… 3

3. DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO PROXIMO EN EL QUE

OPERA LA FUNDACIÓN………………………………………………………………………4

4. PLANIFICACIÓN DE SU ACCIÓN…………………………………………………………..6

5. SISTEMAS DE COMUNICACIÓN…………………………………………………………..8

6. RECURSOS HUMANOS………………………………………………………………………..9

7. RECURSOS FINANCIEROS………………………………………………………………….11

8. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN………………………………………………………….13

9. CAMBIOS SI LA TITULARIDAD FUERA DISTINTA……………………………….13

10. BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………………………………….14

11. ANEXOS……………………………………………………………………………………………15

1. INTRODUCCIÓN.

Fundación Diagrama, es una entidad sin ánimo de lucro, que lleva trabajando desde 1991 para atender las necesidades de personas vulnerables o en dificultad social, desde la defensa y promoción de los derechos humanos.

La misión de dicha fundación, es promover, desarrollar centros, servicios, programas e investigaciones que se destinan a la prevención, la integración y al tratamiento de todas aquellas personas que se encuentren en situación de riesgo, centrándose, especialmente en niños, jóvenes, familias, mujeres y personas que se encuentren en situación de dependencia.

Fundación Diagrama trabaja desde una intervención sociosanitaria y una intervención socioeducativa.

• El área sociosanitaria de Fundación Diagrama promueve y desarrolla centros, servicios, iniciativas y actuaciones destinadas a satisfacer las necesidades de aquellas personas que precisan simultánea y continuadamente cuidados personales y sanitarios. Es a través de un modelo biopsicosocial donde la salud se concibe de una forma global, se atienden de forma sinérgica las necesidades psicosociales y sanitarias de todos los colectivos que precisen de dicha intervención. Los principios fundamentales que rigen la intervención del área sociosanitaria son:

- Individualización de la atención, en función de las necesidades, características y potencialidades de la persona.

- Flexibilidad de la intervención, adoptando una perspectiva dinámica que obliga a adaptarse a las necesidades que se produzcan.

- Normalizar un modelo de vida lo más ajustado a las consideraciones de los ciudadanos.

- Estimulación de las capacidades, factores protectores o resiliencias de las personas.

- Fomento de la participación, desarrollando actividades donde las personas mayores se muestren activas y participativas en un contexto integrado en el medio sociocultural.

Dentro del área sociosanitaria, la fundación desarrolla programas, proyectos e iniciativas en los distintos ámbitos:

- Promoción de la salud.

- Personas mayores en situación de dependencia.

- Personas con discapacidad física o psíquica,

- Salud mental infanto-juvenil.

- Personas con problemas de adicción.

- Personas con enfermedad mental grave.

• En el área socioeducativa se enmarcan los centros, programas y proyectos que tienen la misión de dotar a las personas atendidas de conocimientos, habilidades, herramientas, valores, principios y normas sociales del comportamiento y convivencia esenciales en todo el proceso de crecimiento personal y social.

Es en esta área donde se ofrece a jóvenes y adultos un contexto pedagógico y formativo estructurado que favorece la educación, el aprendizaje y el desarrollo de valores, comportamientos positivos y competencias personales y profesionales, con el fin de que las personas atendidas se desarrollen plenamente en los ámbitos, personal, social, familiar y laboral, desarrollando un modelo de vida autónomo, responsable y satisfactorio. Éste área comprende los siguientes ámbitos de intervención:

- Prevención social.

- Protección de menores.

- Atención a jóvenes en conflicto con la ley

- Programas específicos para familiares.

- Atención a la mujer.

- Atención a reclusos y ex reclusos.

La visión de Fundación Diagrama es ser referente de calidad, buenas prácticas, eficiencia en la atención integral y compromiso de personas en riesgo de exclusión, para ello, trabajan a diario para la plena integración social de estas personas. Para poder conseguir todo esto, desarrolla un modelo de intervención global y especializada, que se basa en el bienestar de las personas y de la sociedad. Se centra también en la continua mejora de los procesos y recursos.

Algunos de los principales objetivos que persigue Fundación Diagrama son:

- Promover el desarrollo y gestión de centros, servicios y programas socioeducativos y educativos, dirigidos a personas en riesgo de exclusión social.

- Promover y gestionar proyectos de cooperación para el desarrollo.

- Sensibilizar a la opinión pública sobre las problemáticas psicosociales y sanitarias actuales.

- Promover y asesorar actividades de voluntariado, grupos de autoayuda, familias acogedoras y otras medidas encaminadas a la cooperación social.

2. CARACTERIZACIÓN BÁSICA DE LA ORGANIZACIÓN.

Como entidad sin ánimo de Lucro, Fundación Diagrama está sujeta a la normativa de aplicación de estos casos. En concreto la Ley 50/2002, de 26 de Diciembre, de fundaciones y su respectivo reglamento; la Ley 49/2002, de 23 de Diciembre, de Régimen Fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo y su reglamento.

Ya que se trata de una fundación, ésta requiere su inscripción en el registro de fundaciones, dependiente del ministerio de Justicia, lo que quiere decir que a partir de ser inscrito adquiere personalidad jurídica y puede actuar plenamente.

Solo podrán denominarse fundaciones aquellas entidades que estén inscritas en el registro de fundaciones y éste hace referencia a aquellas organizaciones constituidas sin ánimo de lucro, por voluntad de las personas que la crean y enfocadas a la realizaciones de fines con interés general.

La Fundación Diagrama es de carácter privado y, siguiendo el Artículo 20 de la Ley 50/2002 de 26 de Diciembre, es la fundación quien tiene el deber de figurar como titular de derechos y bienes. La Fundación es de interés general, y para poder garantizarlo, siguiendo el Artículo 23 de la Ley 50/2002 de 26 de Diciembre debe destinar el patrimonio a sus fines, informar sobre sus actividades y fines para que se pueda comprobar y debe actuar imparcialmente con los beneficiarios.

Las disposiciones generales, según La Ley 50/2002 de 26 de Diciembre de Fundaciones son las siguientes:

Artículo1. Objeto de la Ley.

La presente Ley tiene por objetivo, desarrollar el derecho de fundación, reconocido en el artículo 34 de la Constitución y establecer las normas de régimen jurídico de las fundaciones que corresponde dictar al Estado, así como regular las fundaciones de competencia estatal.

Artículo 2. Concepto

1. Son fundaciones las organizaciones constituidas sin fin de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero el patrimonio a la realización de fines de interés general.

2. Las fundaciones se rigen por la voluntad del fundador, por sus Estatutos y, en todo caso, por la ley.

Artículo 3. Fines y beneficios.

1. Las fundaciones deben perseguir fines de interés general, como pueden ser, los de la defensa de los derechos humanos, de las víctimas del terrorismo y actos violentos, asistencia social e inclusión social, cívicos, educativos, culturales, científicos, deportivos, sanitarios, laborales, de fortalecimiento institucional, de cooperación para el desarrollo, de promoción del voluntariado, de promoción de la acción social, de defensa del medio ambiente y de fomento de la economía social, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas sociales o culturales, de promoción a los valores constitucionales y defensa de los principios democráticos, de fomento de la tolerancia, de desarrollo de la sociedad de la información o de investigación científica y desarrollo tecnológico.

2. La finalidad fundacional debe beneficiar a colectividades genéricas de personas. Tendrán esta consideración los colectivos de trabajadores de una o varias empresas y sus familiares.

3. En ningún caso podrán constituirse fundaciones con la finalidad principal de destinar sus prestaciones al fundador o a los patronos, a sus conyuges o personas ligadas con análoga relación de afectividad, o a sus parientes hasta el cuarto grado inclusive, así como a personas jurídicas singularizadas que no persigan fines de interés general.

Artículo 4. Personalidad jurídica.

1. Las

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