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Fundamentación teórica tesis en educación sobre las emociones


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2022  •  Tesis  •  10.933 Palabras (44 Páginas)  •  77 Visitas

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Fundamentación teórica

Tomando en cuenta la concepción filosófica de educación de Aníbal León sostiene que esta es una función revolucionaria por excelencia debido a que parte de los procesos humanos y culturales complejos. Para establecer su propósito y su definición es importante considerar la condición y naturaleza del hombre y de la cultura; todo en conjunto. La educación la mayor parte del tiempo es activa y tiende a eternizarse mediante una fuerza inertica extraña. Pero también está expuesta a cambios drásticos, es bueno saber que la educación cambia debido a que el tiempo así lo dispone, porque ella deviene. Suele alterarse, cambiar, moverse de manera continua y a veces discontinua; crece y decrece, puede venir a ser y dejar de ser.

Se conoce como proceso educativo al conjunto de habilidades, actitudes y valores que se materializan entre sí, pues producen cambios intelectuales, sociales y emocionales en un individuo. De acuerdo con el grado de conciencia estos pueden durar toda la vida o sólo un periodo de tiempo determinado.

Ley general de educación

La constitución vigente menciona que la educación en México es un derecho destinado en su artículo 3° declara que la educación impartida por el estado deber ser gratuita laica, obligatoria y de calidad, para todos los que habitan en el país. Gracias a La ley general de educación en México se obliga a todas las personas que residen en el mismo a cursas por lo menos los niveles primario y secundario de la educación, y decreta que los jefes de familia tienen la responsabilidad de verificar que sus hijos cumplan con este deber.

En ese sentido, a la educación Básica le corresponde crear escenarios basados en los derechos humanos y el respeto a la dignidad humana, en los que cualquier estudiante, independientemente de sus condiciones, se desarrolle intelectual, social, emocional y físicamente. Para ello, se requiere que los docentes desarrollen empatía hacia las formas culturales y necesidades de los alumnos que pueden ser distintas a sus concepciones.

Capitulo I. Disposiciones generales.

Artículo 1. La presente Ley garantiza el derecho a la educación reconocido en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, cuyo ejercicio es necesario para alcanzar el bienestar de todas las personas. Sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en toda la República.

Artículo 2. El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el ejercicio de su derecho a la educación. Para tal efecto, garantizará el desarrollo de programas y políticas públicas que hagan efectivo ese principio constitucional.

Capítulo II. Del ejercicio del derecho a la educación.

Artículo 5. Toda persona tiene derecho a la educación, el cual es un medio para adquirir, actualizar, completar y ampliar sus conocimientos, capacidades, habilidades y aptitudes que le permitan alcanzar su desarrollo personal y profesional; como consecuencia de ello, contribuir a su bienestar, a la transformación y el mejoramiento de la sociedad de la que forma parte.

Con el ejercicio de este derecho, inicia un proceso permanente centrado en el aprendizaje del educando, que contribuye a su desarrollo humano integral y a la transformación de la sociedad; es factor determinante para la adquisición de conocimientos significativos y la formación integral para la vida de las personas con un sentido de pertenencia social basado en el respeto de la diversidad, y es medio fundamental para la construcción de una sociedad equitativa y solidaria.

El Estado ofrecerá a las personas las mismas oportunidades de aprendizaje, así como de acceso, tránsito, permanencia, avance académico y, en su caso, egreso oportuno en el Sistema Educativo Nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezcan las instituciones educativas con base en las disposiciones aplicables.  Toda persona gozará del derecho fundamental a la educación bajo el principio de la intangibilidad de la dignidad humana.

Tal como se menciona en el artículo 7 de la ley general de educación al estado le corresponde que la educación impartida sea universal, debido a que es un derecho que le corresponde a todos los seres humanos por igual.  Por consiguiente, también será inclusiva debiendo eliminar cualquier forma de discriminación, exclusión o cualquier otra condición estructural que se convierta en barrera para el aprendizaje y la participación, atendiendo al máximo las diversas capacidades, circunstancias, necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje de los educandos. Además de proveer recursos técnicos - pedagógicos e insumos necesarios para este servicio. Contando con disponibilidad en educación especial en caso de que se requiera. Asimismo, debe ser pública pues al proceso educativo le corresponde garantizar el interés social de tal manera que beneficien a la nación.  Gratuita ya que es un servicio público respaldado por el estado gracias a ello es ilícito el pago de cualquier compensación que limite o restinga este servicio. Por ultimo cumple con la misión de ser laica manteniéndose alejada a cualquier doctrina religiosa.

Título Segundo. De la nueva escuela mexicana.

Capítulo l.  De la función de la nueva escuela mexicana.

Artículo 11. El Estado, a través de la nueva escuela mexicana, buscará la equidad, la excelencia y la mejora continua en la educación, para lo cual colocará al centro de la acción pública el máximo logro de aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes. Tendrá como objetivos el desarrollo humano integral del educando, reorientar el Sistema Educativo Nacional, incidir en la cultura educativa mediante la corresponsabilidad e impulsar transformaciones sociales dentro de la escuela y en la comunidad.

Artículo 13. Se fomentará en las personas una educación basada en:

  1. La identidad, el sentido de pertenencia y el respeto desde la interculturalidad, para considerarse como parte de una nación pluricultural y plurilingüe con una historia que cimienta perspectivas del futuro, que promueva la convivencia armónica entre personas y comunidades para el respeto y reconocimiento de sus diferencias y derechos, en un marco de inclusión social;

  1. La responsabilidad ciudadana, sustentada en valores como la honestidad, la justicia, la solidaridad, la reciprocidad, la lealtad, la libertad, entre otros;
  1.  La participación activa en la transformación de la sociedad, al emplear el pensamiento crítico a partir del análisis, la reflexión, el diálogo, la conciencia histórica, el humanismo y la argumentación para el mejoramiento de los ámbitos social, cultural y político, y
  1. El respeto y cuidado al medio ambiente, con la constante orientación hacia la sostenibilidad, con el fin de comprender y asimilar la interrelación con la naturaleza y de los temas sociales, ambientales y económicos, así como su responsabilidad para la ejecución de acciones que garanticen su preservación y promuevan estilos de vida sostenibles.

Considero que una de las finalidades primordiales de la educación es implementar la formación de valores y actitudes; respondiendo a la necesidad no sólo de emitir conocimientos básicos sino también a la de fomentar en los educandos la importancia de formar ciudadanos con principios éticos y molares. Por ello no solamente es inapelable tener el conocimiento en sí de lo que es un valor y cómo se debe vivir en base a ellos, es profundamente más relevante el poder analizar, reflexionar, dialogar, tomar conciencia sobre ellos, vivenciarlos y fomentarlos de manera cotidiana para que así tenga un mayor relevancia e impacto en las personas

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