ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Bienes Y Suceciones


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2013  •  16.808 Palabras (68 Páginas)  •  244 Visitas

Página 1 de 68

FICHA #1.- EL PATRIMONIO

1.- PATRIMONIO – DEFINICIÓN

Proviene de Patrimonium; bienes que el hijo hereda de su padre y abuelo.

Artículo 84 CCC.- Es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones apreciables en dinero, y que constituyen una universalidad jurídica

Artículo 85 CCC.- El patrimonio como universalidad jurídica no se puede transferir entre vivo. Se exceptúa la donación universal, en la que por el Ministerio de la ley se transmite al donatario con todo su activo y pasivo, a beneficio de inventario.

Artículo 35 CCC.- Atributos de las personas físicas: Capacidad, Nombre, Domicilio, Nacionalidad, Estado Civil, Patrimonio y Derechos de la Personalidad.

2.- ELEMENTOS DE LA DEFINICIÓN

1.- ELEMENTOS DEL PATRIMONIO

El patrimonio encierra un Activo (bienes y derechos “reales, personales y mixtos” y un Pasivo (obligaciones y deudas).

• Patrimonio de Especulación.- conjunto de bienes considerados en su valor mas bien que en su individualidad, y destinados a ser reemplazados por otros considerados mas ventajosos. V. gr. Patrimonio de un comerciante

• Patrimonio en Liquidación.- conjunto de bienes destinados a ser enajenados con el fin de sintetizar a los acreedores de este patrimonio. V. gr. Herencia

• Insolvencia.- Suma de bienes y créditos, en su justo valor, que no igualan a sus deudas.

• Quiebra.- “Es todo comerciante que cesa de hacer sus pagos”. No siempre implica un activo menor al pasivo, sino que no dispone del activo en efectivo para saldar sus deudas.

2.- CONCEPTO DE UNIVERSALIDAD JURÍDICA Y SU DIFERENCIA CON LA UNIVERSALIDAD DE HECHO

Teoría del patrimonio (AUBRY y RAU)

El patrimonio es la personalidad misma del hombre, considerada en sus relaciones con los objetos exteriores, sobre los cuales puede o podrá tener derechos que ejercitar: comprende los bienes IN ACTU y los bienes IN POTENCIA

El patrimonio de una persona es su poder jurídico desligado de límite en tiempo y espacio:

• En el Tiempo, comprende todos los bienes que una persona puede llegar a tener

• En el Espacio, abarca todos lo que tienen un valor pecuniario sin importar de que bienes se trate; sean heterogéneos o masas autónomas

Universalidad de Hecho.- recae sobre un con junto de bienes individualizados que se encuentran unidos por decisión del dueño ya sea por un fin económico, científico, técnico u otro. V. gr. Un rancho

Universalidad Jurídica.- conjunto de bienes y obligaciones que están unidos jurídicamente y responden a un activo que pierde su individualidad; no están unidos materialmente sino solo jurídicamente. V. gr. Herencia

Diferencia entre la Universalidad de Hecho con la Universalidad Jurídica

La universalidad de derecho se encuentra unida por razón jurídica, por tener un activo a que responder, mientras que la universalidad de hecho esta unida por decisión de su dueño. “La universalidad jurídica es el todo y la Universalidad de hecho la parte”. Ambas son mas en su conjunto que en su individualidad.

3.- TEORÍA CLÁSICA DEL PATRIMONIO (PATRIMONIO-PERSONALIDAD). AUBRY Y RAU

El patrimonio está vinculado con la personalidad jurídica a quien sigue como la sombra al cuerpo. De ella se derivan 5 deducciones:

1.- Solo las personas físicas pueden tener un patrimonio

2.- Toda persona debe tener un patrimonio

3.- Toda persona solo puede tener un patrimonio

4.- El patrimonio es inseparable de la persona

5.- El patrimonio es la prenda tácita que garantiza las deudas de la persona

Articulo 87 CCC.- El deudor responde del cumplimiento de sus obligaciones con todo el activo de su patrimonio, excepto los bienes inalienables e inembargables.

4.- CRÍTICA A LA TEORÍA CLÁSICA DEL PATRIMONIO

Denominan a la teoría clásica artificial y ficticia. Se le ataca:

1.- Confunde al patrimonio con la capacidad al darles las características de indivisibilidad e inalienabilidad que son inherentes a las personas físicas por su capacidad.

2.- Por no ser exacta al establecer que el patrimonio es indivisible ya que en ocasiones se divide en masas distintas e independientes. V. gr. Herencia, Sociedad Conyugal, Patrimonio de familia.

5.- TEORÍA DEL PATRIMONIO AFECTACIÓN (GÉNY Y CAPIANT)

Se basa en el destino de los bienes, derechos y obligaciones con relación a un fin económico o jurídico. Mientras no haya una liquidación no aparecerá el activo neto. Una persona puede tener distintos patrimonios:

a) Jurídicamente se protege un conjunto de bienes. V. gr. Patrimonio de familia

b) Se logra la continuidad de una persona en lo económico. V. gr. Sucesión, Ausencia

c) Se resguarda un fin económico que un apersona pretende realizar. V. gr. Fondo de comercio

ROJINA VILLEGAS, el patrimonio puede adquirir autonomía en casos, no naturalmente, sino en relación con la persona:

a) Cuando existe un conjunto de bienes, derechos y obligaciones destinados a la realización de un fin económico o jurídico

b) Cuando el derecho organiza con fisonomía propia (en ello autonomía) todas las relaciones jurídicas y pasivas de acreedores y deudores, en función de aquella masa independiente de bienes, derechos y obligaciones.

Artículo 86 CCC.- El patrimonio de afectación es aquel que se destina a la realización de un fin jurídico, económico reconocido por la ley. El patrimonio de afectación se puede transmitir por acto entre vivos, y salvo pacto en contrario, es a beneficio de inventario.

6.- CONCLUSIÓN DE IBARROLA

Consideramos certeros los postulados de la Teoría Clásica:

No hay pluralidad de patrimonios en una persona sino en veces hay sectores independientes en un mismo patrimonio

No

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (110.2 Kb)  
Leer 67 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com