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Derecho administrativo. Ferrán Pons


Enviado por   •  17 de Enero de 2019  •  Apuntes  •  14.393 Palabras (58 Páginas)  •  285 Visitas

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Derecho administrativo III

Ferran.pons@uab.cat

12 temas divididos en 4 partes:

Parte 1: La garantía patrimonial del administrado

Tema 1: La incidencia de las intervenciones administrativas en el derecho de propiedad privada. Actuaciones delimitadoras. La expropiación forzosa (I)

Tema 3: La responsabilidad patrimonial de la Administración.

Tema 4: La responsabilidad patrimonial de la Administración (II)

Parte 2: Contratación pública

Tema 5: Los contratos del sector publico (I)

Tema 6: Los contratos del sector publico (II)

Parte 3: La actividad administrativa

Tema 7: La actividad administrativa de intervención, de policía, de restricción a los particulares (I)

Parte 4: Bienes públicos

Tema 10: Los bienes de las administraciones publicas

Tema 11: El dominio público hidráulico (ríos, pantanos, aguas subterráneas)

Tema 12: El dominio público marítimo-terrestre

Notación:

Prácticas, ejercicios (20-15%) + examen

Nota mínima en el examen para poder sumar la nota de los ejercicios es 4.

Profesor Amenos: examen oral; profesor Ferran Pons examen escrito (preguntas tipo test y preguntas a desarrollar)

Manuales:

GAMERO CASADO, E. y FERNANDEZ RAMOS, S., Manual Básico de Derecho Administrativo, Tecnos, Madrid, 2016

SANCHEZ MORON, M., Derecho Administrativo. Parte general, Tecnos, Madrid, 2016.


TEMAS 1 Y 2: LA INCIDENCIA DE LAS INTERVENCONES ADMINISTRATIVAS EN EL DERECHO A LA PROPIEDAD PRIVADA

Ferrán Pons

Se producen infinidad de intervenciones administrativas que afectan el derecho a la propiedad privada de personas físicas y jurídicas. Estas intervenciones se producen en ámbitos distintos y persiguen fines variados.

Ámbitos principales de estas intervenciones:

  • Infraestructuras: implantar infraestructuras de todo tipo como comunicaciones, carreteras, ferrocarriles, aeropuertos…  objetivos/fines: conseguir los terrenos para poder implantarlos.
  • Equipamientos: como escuelas, institutos, hospitales  conseguir espacios para su implantación.
  • Ordenación del territorio y el urbanismo: no existirían si la Administración no pudiera intervenir sobre la propiedad privada  ordenar los usos de los terrenos y las edificaciones. Establece la distribución espacial, donde tienen que ir situados los núcleos urbanos, que espacios no deben ser urbanizaos, las grandes infraestructuras, … Desde propietarios de piso hasta otros actores están sujetos a esta reglamentación de lo más general (se puede o no se puede) hasta el detalle más preciso (que materiales se pueden utilizar o no)
  • Protección del medio ambiente: contaminación, residuos correctamente reutilizados y tratados…  protección de los espacios naturales. Estos son protegidos por la limitación de la acción posible (ex: prohibiendo la caza, la tala de arboles).
  • Protección del patrimonio cultural e histórico  protección de bienes inmuebles con significado singular (ex: La pedrera bien privado es un patrimonio cultural e histórico)
  • La vivienda  facilitar el derecho a la vivienda por parte de determinados colectivos (ex: sanciones a grandes propietarios como bancos por tener viviendas inutilizadas).

Estas intervenciones puedes ser a través de leyes, reglamentos, o bien de decisiones concretas (resoluciones). Normalmente se habilita una ley que habilita la actuación administrativa y sea desarrollada por un reglamento. Ambas normas amparan las decisiones concretas.

Estas intervenciones administrativas producen una doble afectación en el derecho de propiedad:

  • Afectación positiva o beneficiosa: es posible que una persona se vea beneficiada con su patrimonio por estas intervenciones (ex: aumento de valor de la propiedad a través de cambios en la clasificación de suelos de rustico a urbanizable)
    [Hay suelos urbanos, suelos urbanizables que son suelos utilizables para ampliar el núcleo y suelos no urbanizables es decir rústicos]
  • Afectación negativa o perjudicial: perjuicios respecto a la afectación de facultades del derecho de la propiedad que son “disponer” que implica vender, alquilar, donar; y “utiliza/aprovechar” que supone sacar rendimiento y provecho.

Se pueden establecer condiciones, prohibiciones, restricciones, limitaciones o deberes. Ex: la protección de un espacio natural muy frágil puede llegar a prohibir cualquier uso privado.

Con los fines de las intervenciones se producen estas consecuencias negativas o positivas. En esta perspectiva encontramos dos ideas claves que serían:

Por una parte, un conflicto permanente entre propiedad privada e intereses generales. Los fines u objetivos velan por la satisfacción y el bien general que generan estos prejuicios al interés privado.

Por otra parte, prevalencia del interés general. Normalmente el interés general prevalece sobre el interés privado. El planteamiento ya no es: ¿Puede hacer esto la Administración? si no que ¿esto que ha hecho la Administración ha actuado bien o debería de compensarse su actuación? Ya no es una lucha con igualdad de condiciones ya que el árbitro es la propia Administración y por eso prevalece su criterio.

Que pasa cuando los particulares se disfrazan de administración ya que utilizan las prerrogativas de la Administración siendo simples particulares y su actuación por ende prevalece sobre la de los otros intereses privados. Ex: cuando se beneficia de la expropiación forzosa.

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