Derecho administrativo. INSTANCIA ESCRITA DE REGULACIÓN
13pelukaApuntes27 de Septiembre de 2019
4.781 Palabras (20 Páginas)164 Visitas
UNIVERSIDAD NACIONAL
DE LA PATAGONIA SAN JUAN BOSCO
FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES
CARRERA EN LIC. EN CIENCIA POLÍTICA
[pic 2]
CARRERA: LICENCIATURA EN CIENCIA POLÍTICA
ASIGNATURA: Derecho Administrativo
PROFEDOR-TUTOR: Dr. LÓPEZ, Manuel Isidoro
ALUMNO: DÍAZ IBARRA, Roberto Carlos
INSTANCIA ESCRITA DE REGULACIÓN
1) Elabore un cuadro con las formas de organización administrativa
2) Defina con un ejemplo facultad reglada y facultad discrecional
3) Elabore un cuadro con los principios del Derecho Administrativo y explique con sus palabras o desde un ejemplo la relación o vinculación entre los Principios de oficiosidad y verdad material- Principio de informalismo y gratuidad
4) Elementos del Acto Administrativo enunciativo y breve explicación de cada uno de ellos
5) Elabore un cuadro explicativo con todas vías de impugnativas de la Ley N° 141
6) Tomando el supuesto de que le fue rechazado un pedido de equivalencias como alumno de la carrera de Ciencia Política mediante una resolución del director del instituto. Ud., considera que no fueron valorados o fueron valorados de manera incorrecta algunos antecedentes y en base a ello elija y elabore una presentación impugnativa que entienda procedente. 1) indique que tipo de presentación; 2) en que plazo lo presenta; 3) a quien la dirige; 4) en que esfera jerárquica la presenta; 5) identifique cual entiende que es el error o vicio; 6) formule los argumentos de su impugnación; 7) efectué el petitorio (el alumno tiene libertad de establecer los antecedentes de hecho del expediente y ofrecer la prueba que entienda pertinente). El objetivo es que el alumno puesto en situación personal pueda utilizar una de las herramientas impugnativas en causa propia (reclamo – recursos ordinario o extraordinario de la Ley N° 141 para su elaboración).
DESARROLLO
1) CUADRO: Formas de organización administrativa
CENTRALIZADA | DESCENTRALIZADA | DESCONCENTRADA |
Permite la consolidación del poder político. En los servicios muy generales permite repartir los cargos sobre el conjunto del país. Mediante la jerarquía, asegura una gran regularidad y una gran moralidad en la administración, porque la administración central ve las cosas desde lo alto y desde lejos, no mezclándose en controversias lugareñas. La centralización se ha convertido en una condición de existencia del régimen democrático. Es necesario que la centralización penetre en todo el país a través de una jerarquía con representantes incluso en las mas pequeñas circunscripciones. La centralización puede ser eficaz, pues permite mantener la unidad de dirección o de criterio; pero esa eficiencia desaparece si se incurre en el error de que la autoridad central decida “todas” las cuestiones en todos los asuntos, privando a los órganos locales de un “mínimo” de poder de iniciativa y de decisión para ciertos asuntos. | La actividad administrativa se lleva a cabo en forma indirecta, a través de los órganos dotados de ciertas competencias. Que le otorga al órgano una cierta libertad de acción, que se traduce en determinados poderes de iniciativa y de decisión. Presenta dos formas: a) el órgano respectivo hallase dotado de personalidad (autarquía). b) el órgano correspondiente carece de personalidad. Es la llamada desconcentración “jerárquica” o “burocratica”. Descentralización Ventajas: permite una mejor adopción del servicio a las necesidades de los interesados. Es democrática al dejar la gestión de los asuntos a los propios interesados. Permite atender los servicios sin sobrecargar de trabajo a las autoridades superiores. Permite una gestión más rápida que en el sistema centralizado, el cual engendra el expediente. Que la descentralización ofrece como aparente ventaja principal la rapidez en la resolución de los asuntos; más la rapidez también puede lograrse en un sistema centralizado. | Cuando las facultades decisorias se transfieren o asignan a órganos inferiores de la administración centralizada o descentralizada. La distribución de facultades decisorias no lleva consigo la creación de una entidad con personalidad jurídica propia. Implica la configuración de una relación interorgánica, en el marco de la propia entidad estatal. Ventajas: Descongestiona el poder. Mayor celeridad en la resolución de los asuntos administrativos. Afirma la diea de responsabilidad, haciendo posible que quien deba decidir posea, conocimiento más profundo de los problemas y de las necesidades que debe satisfacer la administración.} Inconvenientes: si las cuestiones podrían ser resueltas en forma conjunta, se operaria una mejor racionalización de recursos humanos y presupuestarios. Perdida de unidad de criterio en la resolución de los problemas. Concentración y desconcentración: principios organizativos que se dan en una misma persona pública estatal, es decir pueden tener lugar en la Administración Central, como dentro de alguna de la entidades descentralizadas. |
2) Defina con un ejemplo facultad reglada y facultad discrecional
Un ejemplo de facultad reglada, seria al tratarse un asunto en el IPAUSS, en particular una derivación de atención medica fuera de la provincia por razones de idoneidad; el particular para acceder a tal pedido, debe reunir las condiciones establecidas, como ser la solicitud de derivación por un facultativo medico y/o requisitos administrativos, como ser la confección del formulario de derivación a fin. La asistencia de un acompañante, familiar para su cuidado, de acuerdo a lo establecido en la reglamentación.
En el mismo caso, la facultad discrecional, seria en el supuesto que no llegue a cumplir los requisitos, como ser correcciones en el formulario de derivación y/o por causas imprevista el familiar no pueda viajar, en el aparente caso, cuando existe fecha de programación para una operación. En este hecho, el ente y tratándose de cuestiones de necesidad y urgencia, la vida humana, autoriza la derivación de manera inmediata, asignando un acompañante viajero, con la finalidad de preservar la integridad física del derivado, paciente. Por su parte, el IPAUSS, ante este hecho imprevisto no establecido por la normativa, atiende a garantías individuales, autorizando la derivación.
3)
PPRINCIPIOS | LEGALIDAD | SUBSIDIARIEDAD |
La Administración Publica, debe subordinar su actuación al ordenamiento jurídico. Por ejemplo, la indemnización a los acciones de una empresa privatizada; ordenada por mandato judicial luego de atender las demandas contra el Estado. El pago de indemnización. | El Estado podrá intervenir cuando éste en juego el bien común y siempre que la iniciativa privada no tenga soluciones o sean insuficientes. Por ejemplo: en el caso de las privatizaciones, de empresas en manos de los particulares que prestan servicios públicos ineficientes; transporte de colectivos o trenes, cuando no satisfacen las necesidades básicas a los usuarios, en las condiciones de uso y modo. Deficiencia en la prestación del servicio público. |
Que la relación o vinculación de los Principios Sustantivos con los Principios Adjetivos, surge por ejemplo, en la tramitación de un recurso administrativo, en la defensa de las garantías individuales ante la arbitrariedad de la Administración Pública.
Por ejemplo, ante una determinada sanción administrativa, (un policía de mayor grado sanciona con desmerito descalificatorio, a otro policía de menor grado, motivo no saludar al superior); en el caso el administrado presenta un escrito conforme los plazos – que no debe exigírsele formalismo al respecto- recurso de reconsideración, apelación, etc.
En el escrito debe dar cuenta de forma clara la narración del hecho; en tanto que a su vez el procedimiento es gratuito, no hay condena en costas, ni tasas o impuestos, no está obligado hacerse representar por un abogado, y en caso de ser necesario puede hacerlo, por uno de su confianza. En tal sentido, el sancionante no da lugar al recurrente, conformando la sanción disciplinaria, ante la presentación del recurso de reconsideración, siendo notificado de la siguiente instancia de apelación.
En ello se hace un paréntesis, siendo que en el procedimiento administrativo, de acuerdo al hecho atacado el administrado puede presentar pruebas, la Administración debe primar la verdad material antes que la formal. Que la administración puede actuar de oficio ante determinado hecho y/o a pedido de parte.
...