Dis Monte Da Costa
manueltgm18 de Noviembre de 2013
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ÍNDICE
1- MEDIDAS DE SEGURIDAD DE CARÁCTER BÁSICO Y GENERAL
1.1 INTRODUCCIÓN
1.2 DIRECTOR FACULTATIVO
1.3 ENCARGADO GENERAL
1.4 TRABAJADORES
1.5 DOTACIÓN PERSONAL. ROPA DE TRABAJO
1.6 CIRCULACIÓN Y TRANSPORTE DE PERSONAL
1.7 TRABAJOS EN ALTURA
1.8 MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE GASES
1.9 RECOMENDACIONES PARA LA PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS
1.10 PRIMEROS AUXILIOS Y ACCIDENTES
2- MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL MANTENIMIENTO DE PISTAS Y FRENTES
3- MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL ARRANQUE MECÁNICO
4- MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA CARGA
5- MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE Y VERTIDO
5.1 INTRODUCCIÓN
5.2 VOLQUETES
5.3 TRANSPORTADORES
6- MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL MANTENIMIENTO Y SERVICIO
7- NIVELES DE CONOCIMIENTO EXIGIDOS PARA EL ELECTRICISTA MINERO
8- MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA PERFORACIÓN DE BARRENOS
9- MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL USO Y MANEJO DE EXPLOSIVOS
9.1 INTRODUCCIÓN
9.2 PERSONAL
9.3 MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL ALMACENAMIENTO DE EXPLOSIVOS
9.4 MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE INTERNO DE EXPLOSIVOS
9.5 MEDIDAS DE SEGURIDAD PREVIAS EN EL ÁREA DE VOLADURA
9.6 MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA PREPARACIÓN DEL CARTUCHO CEBO
9.7 MEDIDAS DE SEGURIDAD DURANTE LA CARGA DE BARRENOS
9.8 MEDIDAS DE SEGURIDAD RETACADO DE BARRENOS
9.9 MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA PREPARACIÓN DE LA PEGA
9.10 MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL DISPARO
9.11 MEDIDAS DE SEGURIDAD EN CASO DE BARRENOS FALLIDOS
9.12 MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL TAQUEO DE BOLOS
9.13 MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA DESTRUCCIÓN DE EXPLOSIVOS
9.14 REVISIONES DE EXPLOSORES Y COMPROBADORES
FICHA DE RECOPILACIÓN DE DATOS TÉCNICOS
* Nombre de la empresa: ARENAS Y GRAVAS S.A.
* CIF: A - 15016157
* Dirección del Domicilio social: RÚA NUEVA, 25, Cp : 15.100 - CARBALLO ( La Coruña).
* Centro de trabajo: CANTERA “MONTE DA COSTA RM. nº 8”
* Dirección del centro de trabajo: RÚA DE VILLARRODIS S/N, Cp : 15.142 VILLARRODÍS, ARTEIXO ( La Coruña).
* Sustancia explotada: Áridos de Granito para la construcción y obra pública.
* Producción media anual: 350.000 Tm
* Nº medio de operarios: 17
01- Encargado general-Artillero
02- Artillero
03- Barrenista
05- Conductor de pala de frente
06- Conductor de pala de acopios
07- Conductor de dúmper de frente
08- Conductor de camión
09- Mecánico de taller
10- Mecánico de maquinaria fija
11- Soldador
12- Encargado de planta
13- Operario de planta
14- Electricista ( Subcontratado )
15- Operario de báscula
* Persona de contacto (nombre): JULIÁN ORDÓÑEZ RODRÍGUEZ
* Cargo en la empresa: DIRECTOR FACULTATIVO
ORGANIGRAMA DE SEGURIDAD DE LA EMPRESA
CUMPLIMIENTO DE LAS DIS.
Todo el personal de la empresa o que trabaje para la misma y que desarrolle su trabajo en la explotación o instalaciones, cualquiera que sea su rango, debe conocer y cumplir las DIS que se establecen en este documento, tanto si son de ámbito general como particular de su categoría o puesto de trabajo.
1. MEDIDAS DE SEGURIDAD DE CARÁCTER BÁSICO Y GENERAL
1.1. INTRODUCCIÓN
Todo el personal, ya no solo el perteneciente a la industria explotadora de la cantera, sino de todas las empresas
que presten servicios temporales o continuados dentro del recinto minero, cualquiera que sea su nivel o categoría, está obligado a conocer y cumplir la legislación vigente en materia de seguridad, así como las normas e instrucciones de seguridad de régimen interior que la empresa pueda establecer para el ámbito específico de sus actividades.
Las recomendaciones que se recogen en el presente capítulo son de uso general para todo el personal
cuya actividad se desarrolle dentro de la explotación minera, y más concretamente para aquel que pertenece a la empresa extractiva.
1.2. DIRECTOR FACULTATIVO
Corresponde al Director Facultativo la Dirección General de la cantera (explotación, tratamiento y mantenimiento), haciendo cumplir las normas de seguridad vigentes.
La Dirección Facultativa se desempeñará con una asidua inspección y vigilancia y se hallará investida de todas las atribuciones directivas indispensables para el normal desarrollo de sus funciones, en particular las relativas al cumplimiento del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, las Instrucciones Técnicas Complementarias y las Disposiciones Internas de Seguridad.
1.3. ENCARGADO GENERAL
Los encargados con personal a sus órdenes serán responsables del desarrollo de todos los trabajos en condiciones de seguridad. La misma responsabilidad es extensiva a los bienes materiales a su cargo.
Serán responsables de la existencia y buen estado de todos los sistemas de seguridad así como de los medios para prestar los primeros auxilios.
Supervisarán cuantas veces sea necesario, las condiciones de seguridad en que se realizan los trabajos.
Se ocuparán de la formación y adiestramiento del personal a su cargo en aspectos de seguridad.
Se asegurarán de que las instrucciones y normas de seguridad escritas son comprendidas y cumplidas, admitiendo e informando sobre las sugerencias y preguntas que les sean realizadas.
Informarán al director facultativo y actuarán de forma adecuada cuando observen el incumplimiento de la normativa de seguridad u otro tipo de situaciones de riesgo.
Informarán al director facultativo de la falta de medios para realizar las labores en las mejores condiciones de seguridad.
1.4. TRABAJADORES
Procurarán actuar con precaución y sentido común ante la realización de cualquier tarea.
Se utilizará la ropa de trabajo y accesorios de protección dispuestos por la empresa para el desarrollo de su trabajo.
No se comenzará ningún trabajo ni se manejarán los equipos que resulten desconocidos o para cuyo manejo no se esté autorizado.
Se planificará el trabajo a desarrollar revisando el lugar y el equipo de que dispone, para prever cualquier situación peligrosa conocida, controlada o sospechosa.
Los trabajos se realizarán sin distracciones y en buen estado físico y mental.
Mantendrá el área de trabajo limpia y ordenada, sin materiales y equipos no necesarios.
Se conocerá y respetará la señalización existente.
Se pondrá en conocimiento de los superiores cualquier avería, anormalidad o práctica peligrosa.
No se abandonará el puesto de trabajo, ni se dejarán equipos en funcionamiento.
Se conocerá dónde y cómo pedir ayuda en caso necesario. Se conocerá el uso del botiquín de primeros auxilios así como de los sistemas de extinción de incendios.
Los trabajos a desarrollar sobre equipos que pueden ponerse en movimiento, se realizarán con la seguridad de que se hallan desconectados, bloqueados y con la señalización apropiada en el cuadro de control.
No estarán permitidas bebidas, juegos, bromas, novatadas, actos violentos o de “valentía” que afecten a la seguridad propia o de los demás compañeros.
1.5. DOTACIÓN PERSONAL. ROPA DE TRABAJO.
La empresa, proveerá a sus empleados, de la ropa de trabajo y los equipos de protección personal homologados que son necesario utilizar de acuerdo con las características del puesto de trabajo asignado. Sin embargo, debido a las tecnologías actuales, en los lugares en que pueda permitirse, se optará por los equipos de protección colectiva antes que los individuales.
Las recomendaciones en cuanto al uso de los equipos de protección y su ámbito de aplicación son, en términos generales, son las siguientes:
- Protección de la cabeza.
El uso de casco de protección es obligatorio en la explotación minera, incluyendo las instalaciones de tratamiento y los talleres, aunque la actividad se desarrolle en el interior de una cabina. Esta obligación es extensiva a los visitantes. En aquellas áreas donde el peligro no es evidente, oficinas y vestuarios, se excluye su obligatoriedad.
La
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