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EQUIPO 6 CURSO: TALLER DE DERECHO PENAL PENITENCIARIO


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2017  •  Prácticas o problemas  •  4.694 Palabras (19 Páginas)  •  255 Visitas

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EQUIPO  6

CURSO: TALLER DE DERECHO PENAL PENITENCIARIO

COORDINADOR: LIC. JORGE CARMONA

TEMA: TRABAJO

ELIZABETH MORENO LÓPEZ                    

LILIANA PAULINA RUIZ LÓPEZ                      

GABRIELA ROBLES

JOSÉ MANUEL BETANCOURT                  

MONSERRAT CALDERÓN

ALEJANDRA PÉREZ VARGASO  

JORGE PÉREZ GARCÍA

ÁLVARO QUIROZ CABRERA

QUEJOSO: ALBERTO XXXX XXXX

AMPARO INDIRECTO

C JUEZ DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL

EN EL DISTRITO FEDERAL EN TURNO.

PRESENTE

EL C. DEFENSOR PÚBLICO adscrito al juzgado 39 penal de primera instancia del Distrito Federal, defensor de sentenciado que al rubro se indica en mi carácter de defensor personalidad que tengo acreditada en los autos de la causa penal número 200/2009 y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley de amparo, señalando como domicilio para oír y recibí notificaciones y documentos el ubicado en xocongo 131, segundo piso, colonia tránsito, Distrito Federal, autorizando en términos amplios del artículo 27 de la Ley de Amparo a los Defensores Públicos José Manuel Betancourt Miranda, Nadia Berenice Jiménez López, Montserrat Calderón Villanueva, Gabriela Evelyn Robles Morales, Jorge E. Carmona Sánchez , Alejandra Pérez Vargas , Liliana Paulina Ruiz López, Elizabeth Moreno López, Jorge Pérez García y Eduardo Amador ; comparezco y expongo: Lic. Álvaro Quiroz Cabrera

Que por medio del presente escrito vengo a solicitar el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL en contra de las autoridades y por los actos que se indican en el cuerpo de la presente demanda de garantías, con fundamento en los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1 , 3, 6, 1 7, fracción IV, 24, 1 07, y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 108 del citado ordenamiento, expongo:

I. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: ALBERTO XXXX XXXX, interno en el centro de ejecución de sanciones del Reclusorio Preventivo Sur en esta ciudad.

II. NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO: No existe.

III. AUTORIDADES RESPONSABLES:

  1. ordenadora:

 

DIRECTOR DEL CENTRO DE EJECUCIÓN DE SANCIONES RECLUSORIO PREVENTIVO SUR EN EL DISTRITO FEDERAL.

  1. Ejecutora

Integrantes del Consejo Técnico Interdisciplinario del centro de ejecución de sanciones penales del Preventivo Varonil Sur de esta Ciudad, con domicilio en mismo centro de reclusión.

IV.  ACTOS DE AUTORIDAD QUE DE CADA AUTORIDAD SE RECLAMA:

A). De las Autoridad Responsable señalada en el inciso A, reclamo la determinación de no concederle a mi representado el derecho a dedicarse al empleo que ha solicitado desarrollar dentro del centro de reclusión, violando con ello lo previsto por los artículos 5°, 18 y 25 Constitucionales, así con el apartado del TRABAJO en especifico las reglas marcadas con los números 71 al 76 de las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos  Adoptadas por el primer Congreso de las Naciones Unidas, sobre la prevención del delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Congreso Económico  y Social en sus resoluciones 663 C (XXIV)  de 31 de Julio de 1957 y 2076 (LXII) de 13 de mayo de 1997, y como consecuencia de lo anterior el impedirle ejercer el derecho establecido en el articulo 18Constitucional.

B) de las autoridades Responsables señaladas con el inciso B, el cumplimiento de lo resuelto en la sesión de primero de octubre de 2013 del Consejo Técnico Interdisciplinario del Reclusorio Preventivo Varonil Sur, por la que determino el impedimento a mi representado a desarrollar el oficio solicitado por las razones que expone.

V. HECHOS QUE CONTITUYEN LOS ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO Y QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A LOS CONCEPTOS DE VIOLACION:

Bajo protesta de decir verdad, manifiesto a Su Señoría, que los siguientes hechos que constituyen los antecedentes de los actos reclamados, son ciertos y me constan

1.- en fecha 28 de octubre de 2009 mi representado fue sentenciado por el Juez 39 Penal de primera instancia en el Distrito Federal por el delito de robo agravado, en la causa penal 200/2009 a 10 años de prisión sin beneficios, causando ejecutoria dicha resolución el 10 de septiembre de 2010.

2.- En fecha 23 de septiembre de 2010 mi representado fue trasladado al Centro de Ejecución de Sanciones del Reclusorio Preventivo Varonil Sur de esta Cuidad, asignándome el dormitorio 1, estancia 4 en el que se encuentra compurgando su sanción actualmente.

3.- Es el caso que en fecha 04 de septiembre de 2013 mi representado solicito por escrito al Director del Centro de Ejecución de Sanciones Penales del reclusorio sur, a través del consejo Técnico Interdisciplinario la apertura de un TALLER DE HERRERIA para la población interna o en su caso la apertura de un negocio de herrería que seria atendido por mi representado, ya que el mismo, ha quedado asentado en el expediente en el que se actúa es de oficio herrero, lo anterior atendiendo al respecto que el sistema penitenciario debe de observar para la reinserción de los individuos a través de las actividades licitas como lo es el trabajo,  así mismo dicha solicitud se hizo con el fin de fomentar el crecimiento económico y el empleo y una mas justa distribución del ingreso y la riqueza y que le permita, en este caso al sentenciado, el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad del individuo, puesto que a pesar de estar interno el mismo tiene la necesidad de la manutención de su familia y la subsistencia personal, sin que tenga menos importancia el hecho de que con ello cumpliría parte de los requisitos para  ser candidato para obtener un beneficio pre-liberacional.

4.- En sesión de fecha primero de octubre de 2013  el Consejo Técnico Interdisciplinario del Centro de Ejecución de Sanciones del reclusorio preventivo varonil sur dicto la resolución a dicha petición NEGANDOLA  en dichas resolución argumenta dicha negativa en la falta de presupuesto gubernamental para programas laborales, la falta de espacio dentro del penal para dicha actividad y el riesgo que conlleva el uso de materiales y herramientas para el desarrollo de este oficio.

 Por lo anterior es que solicito se conceda a mi representado EL AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL para que pueda ejercer el oficio y la activada económica antes mencionada, en términos de lo establecido por el artículo 77 fracción II de la Ley de Amparo.

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