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EVALUACION PARCIAL Derecho Penal I


Enviado por   •  22 de Octubre de 2022  •  Ensayos  •  1.852 Palabras (8 Páginas)  •  228 Visitas

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EVALUACIÓN PARCIAL

  1. DATOS INFORMATIVOS:

  • Título                : Derecho Penal I
  • Plazo de entrega                : 16 de abril de 2022 - 18:00 horas
  • Medio de presentación                : Evaluación Calificada
  • Calificación                : 0 a 20

  1. EVIDENCIA DE APRENDIZAJE:

Lea atentamente el caso presentado. Posteriormente, identifique, determine, fundamente y responda las preguntas.

   

  1. Daniel, al ver que Fernando su peor enemigo, que le ha prometido matarlo apenas se encuentren, se acerca portando en la mano lo que parece ser un revólver, reacciona y dispara contra Fernando para evitar lo que él cree un ataque ilegítimo e inminente.

  1. ¿Por qué se dice que la legítima defensa elimina la antijuricidad del acto? Fundamente y justifique su respuesta.

Porque de acuerdo al Artículo 20, inciso 3 del C.P, nos menciona que la figura de la legítima defensa se encuentra tipificado en el artículo antes mencionado, ya que dice: “Está exento de responsabilidad penal; El que obra en defensa de bienes jurídicos propios, siempre que concurran la circunstancia siguiente: a). Agresión Ilegítima e inminente” esta justificada ya que Daniel actuó en defensa propia porque Fernando estaban antentando contra un bien jurídico protegido en este caso la Vida.

También por lo que el Artículo 20 inciso 5 del C.P, nos menciona que: “El que, ante un peligro actual y no evitable de otro modo, que signifique una amenaza para la vida, la integridad corporal o la libertad, realiza un hecho antijurídico para alejar el peligro de sí mismo (…)”.

  1. ¿Habrá actuado Daniel en legítima defensa? Fundamente y justifique su respuesta.

Sí, porque Daniel se sentía amenazado por Fernando, como menciona el Artículo 20 inciso 3 del C.P; Se trata de un comportamiento dirigido a lesionar o poner en peligro un bien legalmente protegido en este caso La vida, donde el adjetivo ilegítimo es utilizado en el texto legal para calificar a la agresión de ilícito e injusto, contrario al orden jurídico. De tal forma que la agresión debe ser inminente.

Por lo que el Artículo 20 inciso 5 del C.P, nos menciona que: “El que, ante un peligro actual y no evitable de otro modo, que signifique una amenaza para la vida, la integridad corporal o la libertad, realiza un hecho antijurídico para alejar el peligro de sí mismo (…)”.

  1. En una muy concurrida fiesta de discoteca se desata un incendio, circunstancia en la cual Luis con el fin de tomar primero la puerta de escape tiene que sobrepasar a las personas que están delante de él, inclusive golpeándolas para evitar escollos en su camino de salvación.

  1. ¿Será culpable Luis por las lesiones que ha infligido a los otros asistentes? Fundamente y justifique su respuesta

Sí, ya que analizando el caso pude notar que la conducta está descrita en el código penal, apoyándose en la teoría del tipo pude notar la conducta prohibida en el artículo 121, que nos habla sobre las lesiones graves que cometa una persona a otra y en el numeral 1 se refiere a poner en peligro inminente la vida de la víctima, la conducta de Luis puede ser encuadrada en este artículo, con esta verificación notamos la tipicidad.

Sabemos que la acción típica de Luis es sancionada por el código penal, sin embargo, me preguntaba si había ausencia del comportamiento humano, descartando el movimiento reflejo y el estado de inconciencia me concentré en la fuerza física irresistible, sin embargo, el miedo a huir del incendio no hace desaparecer su conducta humana, ya que el miedo hizo actuar a Luis con cierta conducta, con lo cual no podemos decir que hubo ausencia de comportamiento.  

  1. ¿Responderá Luis por la muerte de alguno de los que lesionó si éste quedó inconsciente y fue pasto de las llamas? Fundamente y justifique su respuesta.

Si, pero en menor medida, ya que en el capítulo lll del código penal llamado “causas que eximen o atenúen la responsabilidad penal” noté que en su artículo 20 sobre inimputabilidad no existía un numeral adecuado para el caso de Luis, sin embargo el legislador en su esfuerzo de complementar ese artículo nos brinda el artículo 21 que nos habla de la responsabilidad restringida, este artículo nos habla que “En los casos del artículo 20 cuando no concurra alguno de los requisitos necesarios que hagan desaparecer totalmente la responsabilidad, el juez la puede disminuir prudencialmente la pena hasta límites inferiores al mínimo legal”.

  1. Miranda, empleada de una pequeña sociedad anónima “Los Superpoderosos”, es comisionada para retirar dinero de la empresa depositado en el banco, con el que se pagará el salario del personal. Cuando retorna del banco es atacada, golpeada y despojada del dinero por tres individuos que se dan a la fuga en un vehiculo 4x4 con lunas polarizadas.
  1. ¿Para determinar qué delito han cometido los atacantes de Miranda debemos realizar? Realice Ud. Esa acción  y fundamente su respuesta en base al Código Penal.

Tipo Penal: Articulo 189 del CP -  Robo agravado: “la pena será no menor de veinte ni mayor de treinta años, si el robo es cometido cuando se cause lesiones a la integridad física o mental de la victima”.

Tipicidad: es la acción – Robo que estos tres individuos cometieron en contra de Miranda con el objetivo de robar el dinero que tenia en el momento de los hechos.

Juicio de Tipicidad: En este caso Miranda empleada de una pequeña empresa que es la responsable de retirar dinero de dicha empresa, cuando retorna del banco es atacada, golpeada, acciones que causan lesiones a su integridad física y mental por ello aplica el articulo 189 del CP. de robo agravado.

Conducta Tipica: Tres individuos roban dinero a miranda y se dan a la fuga en un vehiculo 4x4 con lunas polarizadas.  

  1. ¿Identifique Usted quienes son los sujetos del tipo de delito en cuestión?   Y Describa  ¿Porqué?

Sujeto activo: Son los tres individuos que cometieron la conducta típica, es decir son estos tres delincuentes que robaron el dinero que trasladaba Miranda por encargo de la empresa que labora.

Sujeto pasivo de la acción: Es Miranda la víctima del robo agravado que con tal de perpetuar el delito, estos tres delincuentes le causaron lesiones a su integridad física y mental.

Sujeto pasivo del delito: Es la pequeña sociedada anónima “Los Superpoderosos”, quien es el titular del bien jurídico robado.

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