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Historia De La Constitucion De Colombia


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2013  •  2.497 Palabras (10 Páginas)  •  448 Visitas

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HISTORIA CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA DESDE 1886 A 1991

La Constitución Política de Colombia de 1886 fue la Carta Política Nacional que rigió la vida constitucional de Colombia desde finales del siglo XIX hasta finales del siglo XX cuando fue derogada por la Constitución de 1991. Nació en el marco de la llamada Regeneración liderada por el presidente Rafael Núñez y Miguel Antonio Caro, de quienes se dice fueron los principales autores de la Constitución.

Esta a su vez derogó la Constitución de 1863. Tuvo dos reformas importantes: la de1910 después del gobierno progresista del presidente Rafael Reyes y la reforma de1936 liderada por el presidente Alfonso López Pumarejo que se destacó por su progresismo y políticas favorables para la clase obrera. Otras reformas significativas se dieron en los años 1905, 1954, 1957, 1958, 1968 y 1984. La Constitución fue proclamada el 5 de agosto de 1886; abolió el federalismo, creó un Estado unitario, administrador en lo social y económico, sumamente confesional al considerar como religión oficial la Católica, dividió el poder en tres ramas (legislativa, ejecutiva y judicial), estableció el periodo presidencial en seis años y creó los departamentos como forma administrativa territorial nacional.

La Constitución Política de Colombia de 1991 es la actual carta magna de la República de Colombia. Derrotó a la Constitución de 1886. También se ha empezado a conocer con el nombre de "Constitución de los Derechos Humanos". Fue promulgada en Bogotá el 4 de julio de 1991.

HISTORIA

Colombia tuvo muchos años de guerra y disputa entre los dos partidos predominantes: el liberal y el conservador, esto sumado a una constitución de Rionegro que promulgaba estados independientes que llegaban a tener más poder que el gobierno central de Colombia. Los Estados Unidos de Colombia como se llamaba el país en aquella época, en 25 años de estar promulgada vio pasar más de 50 guerras civiles.

Al finalizar el año de 1884 el país se hallaba nuevamente convulsionado, y dos bandos se disputaban la orientación de la República: uno, el liberalismo y otro, conformado por los independientes y los conservadores.

Elegido Rafael Núñez Presidente de la República para el período comprendido entre 1884 a 1886, ante la imposibilidad de reformar la Constitución, y para solucionar las disputas entre los dos bandos, convocó la convención que habría de sustituir la Carta Política de los Estados Unidos de Colombia, omitiendo los trámites consagrados en ella.

En 1885 el gobierno presidido por Núñez, luego de develar el movimiento revolucionario, reunió el Consejo de Delegatarios con personas de ambos partidos políticos, con el fin de dictar una nueva Constitución. Terminaba pues la época federal comprendida entre 1853 a 1886, y se daba paso a la nueva Constitución Política de 1886, que pondría fin al sistema federal, para pasar al de la centralización política y descentralización administrativa.

La Constitución de 1886

Esta Carta que duró más de un siglo presidiendo la vida institucional del país, fue preparada por 18 delegatarios pero inspirada por Rafael Núñez y Miguel Antonio Caro. Fue anunciada a la sazón, al país con dos notificaciones: la muerte de la Constitución Liberal de Rionegro, y el nuevo modelo administrativo basado sobre la centralización política y descentralización administrativa.

Sistema unitario: el Estado, que se llamará República de Colombia, adapta la forma unitaria. La soberanía reside exclusivamente en la nación; se unifica, por consiguiente, la legislación, y la nación, única que puede tener ejército, conservará el orden general y seccional.

Los departamentos sustituyen a los Estados soberanos. Aquellos se dividen en provincias y estas en distritos municipales.

El ejecutivo nacional. Lo conforman presidente y vicepresidente, elegidos ambos por las asambleas electorales para períodos de seis años; un designado elegido cada año por el Congreso, y quien a falta de aquellos habrá de ejercer el poder ejecutivo; y los ministros del despacho, en el número que determine la ley.

El Vicepresidente será, por derecho propio, presidentes del Consejo de Estado, corporación consultiva del gobierno que, creada en 1828 y suprimida en el 43, es ahora restablecida. Prohíbase la reelección del presidente para el período inmediato, pero únicamente cuando hubiese desempeñado el cargo dentro de los 18 meses anteriores a la nueva elección.

El legislativo: el Congreso cuyas reuniones serán bienales y durarán 120 días, se forma por el Senado (tres senadores por cada departamento) y la Cámara (un representante por cada cincuenta mil habitantes El judicial: se conservó el nombre de Corte Suprema para el más alto tribunal en la administración de justicia y se le confirió, entre otras facultades, la de decidir sobre la validez o nulidad de las ordenanzas departamentales que hubieran sido suspendidas por el gobierno o denunciadas ante los tribunales por los interesados como lesivas de derechos civiles.

Sistema electoral: el sufragio popular sufrió restricciones en relación con la amplitud de su consignación en las Cartas del 1853, 1858 y 1863. A los ciudadanos, es decir, «a los colombianos varones mayores de veintiún años que ejerzan profesión, arte u oficio, o tengan ocupación lícita u otro medio legítimo y conocido de subsistencias, les reconoció el derecho a elegir directamente concejales y diputados. Pero sólo los que supiesen leer y escribir o tuviesen renta anual de quinientos pesos, o propiedad inmueble de mil quinientos, eran aptos para elegir directamente los representantes a la cámara y para votar por los electores, encargados, a su vez, de sufragar para presidente y vicepresidente.

Relaciones Iglesia-Estado: restablecidas con amplitud, la Carta consagró que la religión católica, apostólica y romana es: «Esencial elemento del orden social» y los poderes públicos deben protegerla y hacerla respetar; y que, de acuerdo con ella, será organizada y dirigida a la educación pública.

Los derechos civiles y garantías sociales: fueron reconocidos en el título III, con limitaciones consideradas razonables. Las normas sobre habeas corpus (arts. 23 a 28, inc. 1º), subsistieron sin modificaciones hasta la expedición de la Carta Política de 1991.

Después de una agitada historia constitucional en el siglo XIX, Colombia, había sufrido varias reformas adaptándose a los tiempos y las circunstancias del país.

La Constitución Política colombiana, por razones del desarrollo de la época y del carácter histórico-político de 1886, no contenía un

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