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La Inclusion De La Comunidad Homosexual Al Campo De La Legalidad.

Eleniucx23 de Mayo de 2014

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La inclusión de los homosexuales al campo de la legalidad.  

Universidad Autónoma de Baja California

Facultad de Derecho.

Campus Tijuana.

Tema: La inclusión de los homosexuales al campo de la legalidad.

Trabajo de investigación:

Para acreditar la asignatura de metodología de la investigación jurídica, presentan:

Arreola Bautista Luis Alberto

De La Riva Arturo

Ledesma Montes Ernesto

Nevarez Pérez María Judith

Valdes Domínguez Elena Yareli.

Asesor: Lic. María del Socorro Ortiz Nava.

Introducción:

Este trabajo de investigación tiene como finalidad el conocer la aceptación que recibe la comunidad homosexual en el campo de la legalidad, así como el matrimonio, adopción, entre otros puntos aun polémicos y poco aceptados en México, un país todavía con rasgos de machismo, “pues para avanzar hacia la igualdad en todos los aspectos de la vida entre mujeres y hombres y cualquier otro género, hay que empezar por contemplar al “machismo” como un problema público”, afirmó la doctora en antropología Marta Lamas. Entrevistaremos a varias personas homosexuales y heterosexuales para conocer lo la aceptación que ha tenido y su participación y la manera en la que son tomados en cuenta en el campo de la legalidad.

“Lo que duele no es ser homosexual, sino que lo echen en cara como si fuera una peste”

Chabela Vargas

A la comunidad homosexual, que colaboro con su tiempo y nos compartió las experiencias vividas en una sociedad que no los trata como seres humanos.

Índice:

Capitulo I. Introducción. 1

Capitulo II. Marco teórico. 1

Capítulo III. Metodología. 1

Capitulo IV. Resultados. 1

Capitulo IV.Concluciones: 1

Bibliografía. 1

Capitulo I. Introducción.

México cuenta con un rezago social e institucional para garantizar los derechos humanos y disminuir la discriminación de las personas gay, reconocieron los panelistas de la más reciente edición del programa México Opina, transmitido por CNN en Español.

"Hay una homofobia institucional que se sigue manteniendo de manera cotidiana, Ojalá el gobierno no discriminara, no nos discriminan para pagar impuestos, pero no tenemos los mismos derechos y beneficios que los demás" (Medina, 2014)

Medina, quien fue el primer ciudadano en contraer matrimonio con una pareja del mismo sexo en el Distrito Federal, mencionó que en la vida cotidiana se tienen muchos problemas para poder acusar a derechos que para cualquier pareja heterosexual son posibles fácilmente, como seguro social, seguro por viudez, entre otros.

"Hay mexicanos que han perdido su identidad, profesionales, hay una falta de visón del Estado para darle acceso a todos los derechos", agregó.

En el 2012 los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votaron a favor de los matrimonios entre personas del mismo sexo en el Distrito Federal y además que estos fueran reconocidos por las 31 entidades federativas.

Durante el 2013 el registro de matrimonios entre personas del mismo sexo ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) ya es posible si se cumplen los requisitos estipulados por la institución. El IMSS mantiene su negativa a registrar a parejas integradas por personas del mismo sexo.

“Hay muy pocas autoridades en las instituciones de gobierno que se atreven a dar una interpretación adecuada a las leyes para acceder a garantías registradas en la constitución, es la falta de derechos lo que afecta a las comunidades de diversidad sexual, también el gran pendiente es la discriminación que pasa del chiste a la violencia y en los peores casos hasta los asesinatos por odio". (Catañeda, 2014)

De enero de 2011 a marzo de 2013 suman 377 los presuntos casos de discriminación en agravio de personas de la comunidad LGBTTTI (La población Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual), según datos del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, (Conapred)

El ISSSTE y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reconocen en sus reglamentos solo a los matrimonios formados por un hombre y una mujer. La negativa a brindarles atención derivó en la integración de cinco reclamaciones ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), dos en contra del IMSS y tres en contra del ISSSTE.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las expresiones homofóbicas, al ser vocablos discriminatorios que incluso pueden conformar un discurso de odio, no están protegidas por la libertad de expresión.

Esto significa que, como sucede con la mayoría de los derechos, la libertad de expresión no es absoluta, de facto aquella se encuentra limitada en caso de que lo dicho en alguna publicación ofenda —probadamente— a una persona, dañando con ello su derecho al honor.

Considero que la resolución de la Corte, con la que finalizó un diferendo entre dos periodistas del estado de Puebla, es un paso más en la conformación del Estado democrático de derecho en México.

Específicamente, la Primera Sala determinó que las expresiones empleadas en el caso concreto, consistentes en las palabras "maricones" y "puñal", son ofensivas, y violan los derechos fundamentales de las personas que son calificadas con esas locuciones.

De esta forma, se establece que el lenguaje utilizado para ofender o descalificar a ciertos grupos sociales no es parte de la libertad de expresión, sino un discurso que violenta los principios de igualdad y no discriminación previstos en la Constitución mexicana.

Así, "el discurso consistente en inferir que la homosexualidad no es una opción sexual válida, sino una condición de inferioridad", de acuerdo con el resolutivo de la Corte, es una manifestación de intolerancia que de ninguna forma puede ser protegida por la ley.

Es muy positivo que sea la Corte mexicana la que nos señale que puede demandarse por daño moral a quien publique o exprese vocablos de este tipo, que estigmatizan a las personas homosexuales.

Con la resolución citada, la SCJN también está cambiando su propia jurisprudencia, pues apenas en enero pasado había determinado que si las ofensas se proferían entre dos medios de comunicación se conformaba una relación simétrica, por lo que ninguna de las partes podía argumentar que la otra le dañó moralmente.

Esta última hipótesis era la que se presentaba en el caso que resolvió la Primera Sala: dos periodistas, desde sus respectivos medios de comunicación, entablaron en 2009 una agria discusión en la que uno calificó al otro con los vocablos homofóbicos ya referidos.

Como los dos comunicadores se encontraban en igualdad de circunstancias, pues ambos contaban con la más amplia libertad para publicar, el Tercer Tribunal Colegiado en materia civil del sexto circuito, correspondiente al estado de Puebla, consideró que no existía el daño moral que una de las partes demandaba.

Sin embargo, la semana pasada la SCJN revocó esa sentencia, debido a que las palabras usadas en la discusión no solo eran ofensas, sino calificativos que promueven la homofobia y la intolerancia.

Con esto, la Corte sienta un precedente similar a los que desde hace décadas se registran en países europeos con la discriminación racial. En la Unión Europea, nueve Estados prohíben en sus leyes negar el holocausto de la II Guerra Mundial —lo cual ha sido señalado incluso en la ONU—, por el hecho de que hacerlo propicia la intolerancia y el rechazo en contra de un determinado grupo social.

En el caso de México, el criterio utilizado por la Primera Sala de la SCJN es el mismo que el europeo, toda vez que la homofobia, como el racismo, son solo tipos o variantes de un problema mayor que debemos evitar: la discriminación. (Mexico.cnn.com)

Justificación

La comunidad homosexual se ha convertido en un sector importante de la población tijuanense, y de México en general. Y a pesar de que el artículo 1° constitucional establece:

“Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las persona” (Union., 2014).

Discriminar a un grupo social consiste en privarle de los mismos derechos que disfrutan otros grupos sociales.

Todo el mundo recuerda que los nazis exterminaron a varios millones de judíos; pero nadie recuerda que también exterminaron a cientos de miles de homosexuales y que tras la derrota nazi muchos de ellos siguieron en prisión porque en Alemania la homosexualidad era delito.

Conforme las sociedades han ido

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