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Notas De Bienes


Enviado por   •  14 de Abril de 2015  •  25.194 Palabras (101 Páginas)  •  181 Visitas

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CIVIL II BIENES

“Riqueza no es poseer, la riqueza esta en el dar, esto parece perder, pero en verdad es ganar”

NOTA INTRODUCTORIA A LA MATERIA.

Dentro de un estado se dan muchas relaciones jurídicas entre los asociados y esas relaciones están reglamentadas por el denominado DERECHO OBJETIVO, que como todos sabemos es todo el derecho escrito-positivo- vigente.

Conocemos igualmente que el DERECHO SUBJETIVO es la FACULTAD que tiene una persona determinada, de exigir de otra persona determinada un determinado comportamiento – una determinada conducta que puede ser de dar, hacer o no hacer.

Si ese dar, hacer o no hacer es valorable en dinero será un DERECHO SUBJETIVO PATRIMONIAL, si no lo es, será un derecho subjetivo extramatrimonial.

CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS:

SEGÚN SU OBJETO. ES DECIR ¿QUÉ SE BUSCA PROTEGER?

• 1.-DERECHOS DE LA PERSONALIDAD: Son los derechos humanos fundamentales (C.N 11 a 41).

• 2. DERECHOS FAMILIARES: Derecho a contraer matrimonio, derecho a tener familia, derecho a divorciarse, derecho a testar, a heredar a exigir alimentos. Estos derechos son irrenunciables, no pueden cederse, son de carácter social, moral (CN. 42 ss.).

3.-DERECHOS PATRIMONIALES: Estos a su vez se clasifican en:

A. REALES: los que se ejercen sin respecto a determinada persona, o sea frente a todo el mundo; son IN RE: Sobre la cosa. Los estudiaremos en esta materia.

PARA JARAMILLO DERECHO REAL ES:

“ El poder jurídico, más o menos amplio, que tiene un sujeto activo sobre una cosa cierta y determinada, para extraer de ella un mayor o menor provecho jurídico, ejerciendo ese poder frente a todos los demás sujetos jurídicos de manera indeterminada”

“ Es un derecho subjetivo absoluto que atribuye a un sujeto cierto y determinado un poder jurídico total o parcial para extraer de un bien en sentido objetivo presente y determinado un provecho lícito más o menos amplio oponible a todas las demás personas distintas del titular a quienes el poder de éste impone una restricción consistente en abstenerse de realizar cualquier conducta que imposibilite o impida al primero el ejercicio de su facultad.

PARA VALENCIA ZEA:

Los derechos reales son relaciones jurídicas que recaen sobre cosas y que se encuentran protegidas por acciones reales.

B. PERSONALES: Se les llama también créditos u obligaciones. Se ejercen frente a determinada persona (intuito personae).

“Derecho subjetivo relativo que atribuye a un sujeto cierto y determinado llamado acreedor un poder jurídico que habilita al primero para exigir de otro sujeto también cierto y determinado llamado deudor la realización de una conducta propia de este, positiva o negativa denominada prestación que puede consistir en dar, hacer o no hacer algo en provecho del primero.”

C. UNIVERSALES: Los que se tienen o se ejercen en o sobre la herencia, los gananciales en la sociedad conyugal o en una sociedad comercial.

D. SOBRE BIENES INMATERIALES: Propiedad intelectual, industrial, creación(obras de arte, música, literatura, pintura software etc.)

OTRAS CLASIFICIACIONES DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS.

PRIMERA.

 DERECHO PERSONAL Es la facultad que tiene una persona llamada acreedor para exigir de otra persona llamado deudor un determinado comportamiento de dar, hacer o no hacer

 DERECHO REAL: Es la facultad de un sujeto jurídico (con muchos nombres según el derecho real de que se trate), para exigir de otro (toda la comunidad) el respeto por un bien-cosa corporal singular avaluable en dinero. (éstos se estudian en civil II Bienes).

SEGUNDA.

 DERECHO SUBJETIVO PATRIMONIAL INMATERIAL. Es prácticamente lo mismo anterior pero como no son COSAS CORPORALES sino DERECHOS DE AUTOR y similares no son de derechos reales pues éstos son IN RE = sobre la cosa. (se estudian en la ley 23/82, Ley 44/93 y otras normas).

DERECHOS SUBJETIVOS UNIVERSALES: Son patrimoniales pero en este caso se refiere a derechos universales como los que se tienen sobre una o en una sucesión, en la sociedad conyugal, en las sociedades comerciales, en su disolución y liquidación.

TERCERA.

 DERECHOS SUBJETIVOS PÚBLICOS: Si los debe respetar el Estado, si se pueden exigir del Estado, “ protección de la vida, honra y bienes de los asociados.”

DERECHOS SUBJETIVOS PRIVADOS: Los que se pueden exigir de una sola persona, o la que es lo mismo de una persona determinada ejemplo: los alimentos sólo puedo exigirlos de mi padre.

CUARTA.

DERECHOS SUBJETIVOS ABSOLUTOS: Si se pueden exigir de todo el mundo o frente a todo el mundo (erga omnes).

DERECHOS SUBJETIVOS RELATIVOS: Si se pueden exigir sólo de una persona determinada ( intuito personae).

QUINTA

DERECHOS SUBJETIVOS PATRIMONIALES: Los que son susceptibles de ser avaluados-valorados en dinero.

DERECHOS SUBJETIVOS EXTRAPATRIMONIALES: Los que no tienen ningún contenido económico ejemplo: El derecho que tengo a saber quien es mi verdadero padre (proceso de filiación).

NOTA: Los derechos subjetivos no existen para siempre; a veces existen transitoriamente y se transforman en otros; prescriben por no usarse.

Si el vendedor entrega la cosa al comprador se extingue su derecho real y nace para el comprador.

Si el arrendador entrega la cosa al arrendatario, pierde la tenencia sobre ella.

Si el deudor no paga la letra y el acreedor no la cobra, prescribe la acción para demandar ejecutivamente.

Los derechos universales un día se convierten en reales o personales al llegar la partición

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