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Ordenanza Municipal Y Documento De Gestion Peru

21 de Julio de 2014

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1. Concepto

Son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba su organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios público y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (artículo 40º L.O.M).

Tienen rango de ley de conformidad con el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución

Las ordenanzas son acuerdos tomados entre el alcalde y los regidores del consejo municipal en sesión de consejo,

Son normas o disposiciones de carácter general en materias de su competencia, obligatorias en el ámbito de su jurisdicción, que regulan aspectos sustantivos de la vida social y económica de la comunidad. Por ello, las ordenanzas constituyen verdaderos actos de gobierno. Es en esta función donde se visualiza mejor la representatividad del Concejo como intérprete de la voluntad del vecindario y donde se concretiza uno de los componentes básicos de la autonomía local

2. Criterios a tener en cuenta

A. Las ordenanzas deben regular asuntos estratégicos para el desarrollo local.- Los proyectos de ordenanza no deben hacerse o redactarse por problemas poco trascendentes o para atender asuntos puntuales o individuales. Los proyectos de ordenanza deben elaborarse para desarrollar o materializar las principales proposiciones y objetivos de interés local y vecinal, para atender y abordar las demandas más sentidas de los vecinos o para reglamentar atribuciones o facultades establecidas por la ley.

B. Las ordenanzas deben ser concebidas localmente y responder a su realidad.- Los proyectos de ordenanza deben atender con propiedad, compromiso social y conocimiento la realidad y problemática local. Las autoridades locales deben elaborar ordenanzas municipales que atiendan y reconozcan la diversidad, las problemáticas específicas y la participación de las comunidades locales.

El desarrollo local adquirirá un real protagonismo si las ordenanzas municipales son diseñadas y concebidas localmente. No es recomendable que las comisiones de regidores ni los asesores se limiten a copiar ordenanzas procedentes de realidades con características y problemas distintos. Ello no quiere decir que no se analice o compare otras normas u ordenanzas de otras jurisdicciones o las experiencias de otros países, provincias y distritos. Las ordenanzas, al sustentarse en la autonomía y el interés local, por el contrario deben responder a las demandas y problemáticas especificas (social, económica, cultural, y territorial) de la respectiva jurisdicción.

C. Las ordenanzas deben elaborarse consultando diversas fuentes.- Para la adecuada elaboración de los proyectos de ordenanza las municipalidades deben contar con fuentes bibliográficas, bases de datos, recursos humanos y material de consulta. Se recomienda revisar ordenanzas aprobadas por otras municipalidades que puedan servir como pauta orientadora de la materia a legislarse. Estas herramientas son indispensables, porque a diferencia de las comisiones parlamentarias, la generalidad de las comisiones de regidores no cuenta con personal de asesoría.

D. Prioridades para la elaboración de ordenanzas en Municipalidades Rurales.- Las municipalidades rurales deben privilegiar, entre otros, la elaboración de ordenanzas de adecuación de sus estructuras administrativas a su realidad, de planes de desarrollo rural concertados con las comunidades locales; de organización de mantenimiento de las infraestructuras productivas; programas y proyectos productivos agropecuarios, de prevención y lucha contra el abigeato; de intervenciones prioritarias en la educación y centros educativos rurales, lucha contra la pobreza y el analfabetismo, así como en la defensa y la protección ambiental.

Dado que en ejercicio de la potestad normativa, cientos de municipalidades de la República aprueban cotidianamente ordenanzas, sin coordinación ni dirección alguna, es recomendable orientar su elaboración hacia el desarrollo local.

3. Estructura

1.-Nombre de la Municipalidad que la emite

2.-Numero, año, y siglas del órgano municipal que las emite

3. Lugar y fecha.- El lugar indica el nombre de la provincia o distrito, y la fecha en que ha sido aprobada. Para la colocación de la fecha se deja un espacio en blanco que luego es puesto, el mismo que corresponde al día de su aprobación.

4. Vistos.- Toda ordenanza debe pasar por un Dictamen previo que luego llega a Sesión de Concejo. Por eso usualmente se estila poner “Visto: el Dictamen de la Comisión de regidores…” o, en el caso de una ordenanza que regula el proceso de presupuesto participativo se puede decir, por ejemplo, “Visto: El proyecto de ordenanza del proceso de formulación del presupuesto participativo presentado por el Consejo de Coordinación Local del distrito de Paucarpata…”.

5.- Considerandos.- se trata de los fundamentos o razonamientos que justifican la parte dispositiva de la ordenanza. Se comienza por los aspectos generales, explicando los fines y objetivos de la ordenanza y se termina dando cuenta de la base legal, es decir, la legislación nacional relacionada con el tema materia de la ordenanza.

6.- Definiciones Básicas.- Es una suerte del glosario de los conceptos y concepciones principales con las que se trabaja, para que podamos entender que es lo que la ordenanza expresa. Por ejemplo, en una ordenanza del presupuesto participativo se puede colocar como definiciones básicas, lo que se entiende como presupuesto participativo, consejo de coordinación local, desarrollo, participación ciudadana, organizaciones sociales, agentes participantes, entre otros. Esto permitirá que los conceptos tengan un mismo sentido, facilitando su interpretación y aplicación

7.- La parte dispositiva, Se trata del cuerpo propiamente normativo, que contiene títulos, capítulos y artículos

8.- Orden del registro, publicación y cumplimiento, pues toda norma debe ser registrada en el libro de normas municipales que tiene cada municipalidad. Su publicación es indispensable, pues sin el cumplimiento de este requisito la ciudadanía no podría conocerla y estar obligada a cumplirla.

9.- Firmas.- La ordenanza lleva la firma del alcalde y del secretario general del consejo

4. ¿Quiénes proponen la elaboración de una Ordenanza Municipal?

La formulación y presentación de un proyecto de Ordenanza es hecha por los regidores (inciso 1 del artículo 10) o por el alcalde (inciso 4 del artículo 20). En este caso el artículo 114 de la ley orgánica de las municipalidades exige que la legislativa vecinal tenga el respaldo del 1% del total de electores del distrito o provincia correspondiente.

Se hace entonces el debate y aprobación de la ordenanza en sesión pública por el consejo municipal luego de 10 días de presentada

CAPITULO II

DE LOS DOCUMENTOS DE

GESTION

1. Concepto.-

Los Documentos de Gestión son instrumentos técnicos que regulan el modelo de gestión interna y que permiten mantener el control de la calidad en todos los ámbitos de la organización así como establecer los lineamientos estratégicos de las acciones y las competencias entre las autoridades, oficinas, sedes, recursos humanos, procedimientos, operaciones y todo lo relacionado al negocio y/u organización del aparato funcional interno que permitirá obtener los objetivos centrales de la empresa u organización.

2. Tipos de Documentos de gestión.-

A. Texto Único De Procedimientos Administrativo. (TUPA)

i. Concepto

El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es el documento de gestión pública que compila los procedimientos administrativos y servicios exclusivos que regula y brinda una entidad pública. Este documento debe estar a disposición de los ciudadanos en la mesa de partes y en un lugar visible para que éstos puedan hacer las gestiones que consideren pertinentes en igualdad de condiciones y con suficiente información

Es un documento de gestión que contiene toda la información relacionada a la tramitación de procedimientos que los administrados realizan ante sus distintas dependencias.

EL TUPA, se debe de aprobar cada dos años obligatoriamente, es un texto de la administración que sirve como guía de acción de todas las actividades inherentes a una determinada entidad con o sin personería jurídica (o sea organismo u órgano, respectivamente). Por tanto, no es de naturaleza normativa o reglaría, sino de administración, por lo que no podrá variar restringir válidamente ningún alcance propiamente normativo reglario constitucional, legal o reglamentario bajo ninguna circunstancia. Si lo hace primarán las disposiciones de mayor o igual jerarquía.

Se aprueba por Resolución Jefatural de Jefatura Nacional que es nuestra norma interna de mayor jerarquía.

Para Baca corzo, “....... el TUPA es un texto de la administración que sirve como guía de acción de todas las actividades inherentes a una determinada entidad con o sin personería jurídica (o sea organismo u órgano, respectivamente)

ii. IMPORTANCIA

- El TUPA es creado para brindar a los administrados (personas naturales o jurídicas) en general la información sobre los procedimientos administrativos que se tramitan en las entidades (requisitos, costos plazos) en un documento único que los ordene y los sistematice.

- El

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