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PENAL 2 UBP


Enviado por   •  7 de Junio de 2022  •  Exámen  •  1.604 Palabras (7 Páginas)  •  182 Visitas

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Examen Final

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Carrera :

Abogacía

Materia :

Derecho Penal II

Alumno :

Turno:

Div :

Tema    :

5

Plan:

Legajo:

Fecha:

19/10/2022

PUNTAJE

CALIFICACION DEFINIVA:

PRESIDENTE

VOCAL

TEMA 1

CRITERIOS DE EVALUACION

-Uso de vocabulario específico: utilización de términos técnicos jurídicos, apropiados al nivel de avance en el que se encuentra el alumno.

-Precisión conceptual: a la hora de exponer  los temas teóricos solicitados y fundamentos de los casos prácticos planteados.

-Coherencia en la exposición: se debe respetar  las reglas de la lógica en particular el principio de no contradicción.

-Pertinencia de las respuestas: las respuestas deben ser relacionadas con las consignas dadas, procurando sean completas las mismas.

 -Correcta redacción: en cada respuesta se debe respetar las reglas de la sintaxis de la lengua castellana.

CRITERIOS DE ACREDITACION

-Aprobación del examen: se requiere alcanzar un mínimo de 50 puntos

-Cada consigna teórica práctica, de las dos (2) dadas, valen 50 puntos cada una.

MATERIAL AUTORIZADO

CODIGO PENAL ARGENTINO (actualizado a 2020)

CONSTITUCION NACIONAL ARGENTINA

NÚÑEZ, Ricardo: Manual de Derecho Penal - Parte Especial

BARLCARCE FABIAN Y OTROS-LECCIONES DE DERECHO PENAL-PARTE ESPECIAL

BUOMPADRE JORGE, DERECHO PENAL-PARTE ESPECIAL

 

DURACION DEL EXAMEN: 2:00 hs reloj

Actividades:

1) Luego de leer el caso que a continuación se le plantea, realice las consignas que trae el mismo al final de su relato:

Caso práctico:

Facundo, necesitaba dinero y le pidió a Mariano, que era propietario de una imprenta, le confeccione un talonario de cheques del Banco Nación. Mariano le hizo los cheques solicitados. Facundo pagó, con esos cheques, el servicio de internet que había contratado, en tanto que con otro cheque pagó dos cuotas del automóvil que pretendía adjudicar. El proveedor del servicio de internet, al constatar que la chequera no se correspondía con alguna cuenta del Banco Nación, lo intimó para que le pague el monto que le debía (de $ 2.300) de lo contrario lo denunciaría, y Facundo no hizo caso y no pagó ni antes ni después de las 24 hs que le había concedido el proveedor de internet. Por otra parte, el de la agencia de vehículos, le requirió le abone el importe de las dos cuotas (al descubrir que los cheques no se correspondían con una cuenta en ese banco), que ascendía $ 18.000, y Facundo tampoco abonó, por lo que ambos proveedores, denunciaron el hecho a la justicia. Una vez notificada la iniciación de la causa en contra de Facundo, y como éste tenía antecedentes penales, buscó al Fiscal que investigaba y como era amigo de la hermana del Fiscal, le dijo a la hermana del Fiscal, que lo hable para que no lo impute. La hermana del Fiscal le dijo que no, que no se prestaba para esas maniobras. Entonces directamente lo buscó al fiscal y le ofreció 20.000 para que deje sin efecto esa investigación, rechazando el Fiscal tal propuesta y procediendo a su detención.

Consigna: califique la conducta de Facundo y Mariano, dando fundamentos jurídico penales de esos encuadramientos (tipo objetivo, acción típica, relación causal, imputación objetiva del resultado, sujeto activo, sujeto pasivo, bien jurídico vulnerado, momento consumativo o tentativa, nivel de participación criminal, tipo subjetivo, antijuricidad, culpabilidad, etc etc)

En el presente caso, en principio, estamos frente a un delito que atenta contra la fe pública, donde se protege la confianza que la colectividad deposita en ciertos instrumentos, como lo es el cheque, al cual el Estado le confiere autenticidad, valor o fuerza probatoria para ser utilizado como instrumento de pago para favorecer las transacciones comerciales y evitando el movimiento de moneda.

Aquí la lesión del bien jurídico se configura en la medida que se ataque la confianza general que emana de los signos e instrumentos convencionales impuestos por el Estado con carácter obligatorio y de los actos jurídicos que respetan ciertas formas materiales, destinadas a los objetivos legales previstos en determinadas leyes. Con la falsificación se busca producir lo que se conoce como "expendibilidad" (de la moneda), esto es, que posea un grado tal de imitación que pase como verdadera entre lo común del público. Y es mediante el actuar de Mariano que se atenta contra la Fe pública, al imprimir dicho talonario de cheques y luego los entrega a Facundo.

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