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Proyecto Final Legislación laboral y comercial

RucacoTrabajo19 de Noviembre de 2015

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Introducción

Este proyecto final requiere del desarrollo de un conjunto de puntos que iré detallando a medida que avanzo en cada uno de los temas, junto a ello he de responder a las preguntas que se generan respecto de un caso determinado, para ello he denominado cada caso con el nombre de la figura principal. Las preguntas y los casos son los siguientes:

a) Señale en qué tipo de Responsabilidad Civil se enmarca el siguiente caso:

José Pérez compró un departamento en Viña del Mar para usarlo en las vacaciones, pero como casi no tenía tiempo para disfrutarlo, le hizo una promesa de venta del referido departamento a su primo Miguel Ángel. Llegado el plazo para la venta definitiva del inmueble, José se arrepintió y decidió no venderlo. Miguel Ángel había conseguido algunos préstamos con intereses para pagar la compra, cuando su primo le informó que ya no se lo vendería, entró en cólera y arremetió contra el vehículo de José, causándole daños graves al mismo.

b) Lea el siguiente caso y responda las preguntas:

Josefina es empleada de confianza en una tienda de ropa. La dueña de la tienda se fue de viaje por un mes a Europa y le entregó las llaves de su casa a Josefina para que le hiciera el favor de ir a regar las plantas, lo que ella cumplió. Estando en esos quehaceres, a las dos semanas, Josefina se dio cuenta que la cerradura de la puerta del jardín no estaba cerrando bien y contrató a un cerrajero para que la reparara, ya que cualquiera podría entrar; ella le pagó con dinero de la tienda. Al llegar la dueña de la tienda, esta se molestó con Josefina por haber mandado a reparar la puerta sin su permiso y, además, le descontará el dinero de su sueldo.

i. ¿Josefina actuó ajustada a derecho? ¿Por qué?

ii. ¿Qué obligación nace de la acción de Josefina?

iii. ¿Qué acciones legales podría emprender Josefina?

c) Lea el siguiente caso y responda si es válida la venta.

José Miguel, de 17 años, contraerá matrimonio con régimen de participación de gananciales, por lo que sus padres han acordado venderle un departamento que tienen en la comuna de Ñuñoa para que viva allí con su futura esposa.

d) Lea el siguiente caso y señale si procede o no.

Alfredo trabaja en una panadería y su jefe le propone aumentarle su salario a cambio de que renuncie a uno de sus días de descanso.

Desarrollo

1. Explique cuáles son las diferencias que existen entre la Responsabilidad Civil Contractual y la Responsabilidad Civil Extracontractual.

En términos generales, se puede decir que la Responsabilidad Civil Contractual representa la reparación de un daño cuando se ha incumplido un contrato. Por su parte, la Responsabilidad Civil Extracontractual apunta a la reparación de un daño por causa negligente o culpa a otra persona con la que no se tiene una relación contractual que las ligue.

Cuadro de diferencias

DIFERENCIAS ENTRE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Y RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

Reglamentada en el Título XII del Libro IV del Código Civil, Artículos 1545 a 1559. Regulada en el Título XXXV del Libro IV, artículos 2314 a 2334, que tratan “De los delitos y cuasidelitos

Proviene del incumplimiento de un contrato y supone preexistencia de un vínculo jurídico. Proviene de la ejecución de un hecho ilícito, doloso o culpable, no supone la preexistencia de vínculo jurídico.

La diferencia es importante por:

1. La extensión de la indemnización varía según exista o no dolo (artículo 1558).

2. Los grados de diligencia que requieren los diferentes contratos difieren, dependiendo de la parte en cuyo beneficio cede el contrato (artículo 1547). Carece de importancia que la falta sea dolosa o culpable, la ley no establece diferencias al tratar de la reparación del daño.

La culpa admite gradación (artículo 1547). No ocurre lo mismo

El incumplimiento se presume culpable, y el deudor ha acreditar el caso fortuito o fuerza mayor. El acreedor o demandante ha de acreditar que el perjuicio es imputable a dolo o culpa del demandado.

La plena capacidad se adquiere a los 18 años. Se adquiere a los 16 años, sin perjuicio de la responsabilidad por los hechos del menor de 16 y mayor de 7 años, si actúa con discernimiento

La regla es la responsabilidad simplemente conjunta, de modo que para que opere la solidaridad, se ha de pactar expresamente, imponerse por el testador o por la ley (artículo 1511). Los autores de un delito o cuasidelito son solidariamente responsables del daño causado (artículo 2317).

Precisa constituir al deudor en mora para demandársele perjuicios, si no se trata de una obligación de no hacer. La mora no existe, ya que no hay un vínculo jurídico previo que demande una obligación.

La prescripción de las acciones será de 5 años, contados desde que la obligación se hizo exigible (artículo 2515): La prescripción de las acciones será de 4 años, contados desde la perpetración del acto culpable o doloso (artículo 2332).

La ley obliga al juez a condicionar dichos factores a la utilidad que hubiere prestado a la víctima el cumplimiento de la obligación o del contrato en su caso. La ley confiere al juez mayor amplitud para fijar el daño y el monto de la indemnización.

a) Ejemplos de cada una:

Ejemplo de Responsabilidad Civil Contractual:

Un abogado que se ha comprometido a representar a un cliente, y ese caso se pierde por negligencia, falta de interés y cuidado por parte de profesional en la defensa del cliente.

Ejemplo de Responsabilidad Civil Extracontractual:

Si un animal cruza una carretera concesionada por un lugar carente de protecciones, y este animal ocasiona daños a un usuario de la vía, puede ser declarada la responsabilidad extracontractual de los encargados de la concesión.

b) Señale el tipo de Responsabilidad Civil para el caso José Pérez:

En este caso concurren dos tipos de responsabilidad, a saber:

- Si José Pérez, firmó un contrato de promesa de venta con su primo, por el que las partes se comprometen, uno a vender un bien, y el otro a cómpralo. En el cual se han establecido los plazos, condiciones y multas por desistimiento, a José Pérez le asiste una responsabilidad contractual.

- Asimismo, a su primo Miguel Ángel le asiste una responsabilidad extracontractual que se representa por los daños al automóvil de José, derivada de una culpa.

2. Explique cómo se clasifican las obligaciones, luego responda las preguntas del caso Josefina:

a) Clasificación de las obligaciones:

- Según su objeto:

 Obligaciones positivas y negativas.

o Las obligaciones positivas son las cuales en que el deudor debe materializar una prestación consistente en dar o en hacer, en este caso el deudor debe encontrarse en mora.

o Las obligaciones negativas las que imponen una obligación de abstenerse, un no hacer, en este caso sólo basta el deudor materialice el acto al cual se obliga abstenerse (arts. 1538 y 1557).

 Obligaciones de dar, hacer y no hacer: arts. 1438 y 1460

o Su objetivo es transferir el dominio o constituir un derecho real, se presenta en los contratos que configuran dominio, requieren de la transferencia tanto de bienes muebles como inmuebles: Artículos 1548 y 1526 Nº 2. Por su parte la obligación de entregar está contenida en la de dar, pero puede ser autónoma; es decir, no siempre responde a una acción de dar, literalmente hablando.

 Obligaciones de especie o cuerpo cierto y de género.

o Son las que se determina un individuo de una clase o individuo igualmente determinado (art. 1508), en las cuales el deudor debe entregar la cosa que debe. En las obligaciones de género la obligación es cumplida al entregar cualquier cosa del mismo género.

 Obligaciones de objeto singular y de objeto plural.

o En este caso el objeto puede ser uno o más objetos. El objeto plural puede ser de simple objeto múltiple, alternativo y facultativo. Las primeras responden a la obligación de entregar varias cosas. Las alternativas son aquellas en las cuales el cumplimiento de una de ellas libera la obligación sobre las otras. En la obligación facultativa se faculta al deudor a pagar con esa cosa o designarle otra para hacerlo (art. 1505).

- Según el sujeto:

Entran aquí las obligaciones de sujeto único y de sujeto múltiple; lo que quiere decir que los deudores y acreedores pueden ser uno o más de uno (art. 1438).

- Según sus efectos

 Obligaciones civiles.

Son las que facultan de acción al acreedor en contra del deudor para exigir su cumplimiento.

 Obligaciones naturales.

Son las que no facultan de derecho a exigir su cumplimiento.

 Obligaciones principales y accesorias.

o Obligación principal es la que cuenta con existencia propia, puede no depender de otra obligación.

o Las Obligaciones

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