Psicología empresarial resumen
Vanina AcostaResumen19 de Noviembre de 2017
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RESUMEN
El decreto supremo 594 del año 1999 indica que reglamenta las condiciones sanitarias y ambientales basicas en los lugares de trabajo. Se estandarizan obligaciones, deberes y prhoibiciones para conseguir un ambiente de trabajo libre de agentes invasivos para la vida y salud del trabajador.
Vigencia del reglamento con respecto a las construcciones donde se desarrollen las actividades laborales, el decreto indica que se debe regir bajo lo estipulado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
A su vez, determina obligaciones específicas, tales como:
Ante productos tóxicos o corrosivos los pisos deben ser impermeables y no porosos, con el objeto de eliminar fácilmente sus residuos.
Los espacios entre maquinas, por donde circulan las personas, no debe ser inferior a 1,5 metros.
Los servicios higiénicos no se pueden instalar a una distancia superior a 75 metros del área de trabajo.
Si la empresa cuenta con casinos donde preparen alimentos en el lugar de trabajo, estos deben contar con autorización sanitaria.
Se debe contar con señalización visible y permanente ante Zonas de Emergencias.
Se prohíbe el uso de factores susceptibles a atrapamiento como ropa suelta, cabello largo y suelto y adornos.
Los extintores deben estar certificados e instalados máximo cada 150 m2, dentro de las dependencias. Todo el personal debe estar instruido en el uso de extintores, en lugares con riesgo de incendio deben existir 2 salidas al exterior.
En lugares con sustancias peligrosas, deben contar con sistema automático de detección de incendio, sistema automático extinción de incendio y red húmeda.
El reglamento estipula según el total de trabajadores, la cantidad minina de excusados y lavatorios con los que la empresa debe contar en sus servicios higiénicos.
En el caso que la actividad laboral involucre contacto con sustancias toxicas o suciedad corporal, deben mantener duchas con agua caliente y fría, la cantidad será determinada según la cantidad de trabajadores. En el caso de contar con comer obligatorio (si no existiese casino o alternativa externa de alimentación), estos deberán contar con: refrigerador, cocinilla, lavaplatos y energía eléctrica.
Si los trabajadores estuviesen expuestos a sustancias toxicas o infecciosas, deben contar obligatoriamente con 2 casilleros separados (uno para la ropa de trabajo y otro para la ropa limpia). Sobre la exposición establece, además, los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos, físicos y límites de tolerancia biológica, para trabajadores en riesgo ocupacional por la naturaleza de sus labores.
El Decreto se transforma en la guía reglamentaria para calcular y limitar las sustancias a las que pudiese estar expuesta el trabajador ya sea de procedencia química o biológica. A su vez determina parámetros de medición para exposiciones físicas en los trabajadores.
El objetivo de instaurar dichos limites, es controlar los agentes nocivos y en su vigilancia detectar una sobre-exposición perjudicial para la salud del trabajador. Establece un listado de agentes químicos, las concentraciones permitidas y el tiempo de exposición que los trabajadores podrán estar sometidos.
El Reglamento registra y limita las exposiciones físicas a la que se podría enfrentar el trabajador, estas son: vibraciones, exposición ocupacional al frio, exposición ocupacional al calor, al ruido, la iluminación y la radiación.
Tolerancia Biológica Cuando una sustancia es de carácter biológico, se deberá considerar además de los indicadores ambientales, la valoración de impacto biológico generado por el organismo en el cuerpo humano.
INDICE
1. Introducción
2. Objetivos:
• Objetivos generales
• Objetivos específicos
3. Marco Teórico:
• Título I Disposiciones generales
• Título II Saneamiento básico en los lugares de trabajo
• Título III De las condiciones ambientales
• Título IV De la contaminación ambiental
• Título V De los límites de tolerancia biológica
• Título VI Del laboratorio nacional de referencia
• Título VII De las normativas espaciales
• Relación con la ley 16.744
4. Conclusión
INTRODUCCION
En el año 1999 se implementa el decreto supremo 594 el cual establece las condiciones sanitarias y ambientales que se deben cumplir en todo lugar de trabajo, además de los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos, físicos y biológicos.
En este informe se dará a conocer todos los artículos que incluye este decreto supremo y como se relaciona con la ley 16.744.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Dar a conocer en que consiste este decreto y como se aplica en todo lugar de trabajo.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
El enfoque de este trabajo dará a conocer cómo se aplica este decreto en sus diferentes artículos que van enfocado a la regulación de los lugares de trabajo.
Así mismo de los cuidados de los trabajadores para la no exposición a diferentes situaciones del trabajo tales como: a la exposición al ruido, a la iluminación, a los contaminantes químicos, vibraciones, exposición de cuerpo entero, la exposición segmentaria del componente mano – brazo, exposición ocupacional al calor y frio y radiaciones no ionizantes.
MARCO TEORICO
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo, sin perjuicio de la reglamentación específica que se haya dictado o se dicte para aquellas faenas específicas.
Establece, además, los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional.
La empresa está “obligada” a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger eficazmente la vida y la salud de los trabajadores, suyos y de terceros.
TITULO II SANEAMIENTO BASICO EN LOS LUGARES DE TRABAJO
Mantener condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y salud de los trabajadores dependientes directos suyos. Terceros contratistas que realizan actividades para ella.
Condiciones generales de construcción y sanitarias:
Pisos sólidos y no resbaladizos.
De material resistente, impermeables y no porosos (almacenamiento, fabricación y manipulación de productos tóxicos o corrosivos).
Cuando las operaciones o el proceso expongan a la humedad del piso, existirán sistemas de drenaje u otros dispositivos:
Paredes interiores, cielos rasos, puertas y ventanas.
Buen estado de limpieza, conservación.
Pasillos: sin obstáculos para impedir un fácil y seguro desplazamiento de los trabajadores
Amplios para permitir un desplazamiento seguro
Espacio entre máquinas de 1,5 metros.
Campamentos
Dormitorios dotados de fuentes de energía eléctrica, pisos, paredes y techos que aíslen de condiciones climáticas externas. Temperatura entre 10°C y 30°C
Ventilación adecuada, limpieza camas y camarotes de material resistente, con colchón y almohadas en buenas condiciones
Trabajo a la intemperie (locales descubiertos o sitios a cielo abierto), se debe proteger de las inclemencias del tiempo). Orden y limpieza. Tomar medidas para la entrada o eliminación de la presencia de insectos, roedores y otras plagas
Agua potable consumo humano e higiene y aseo personal, abastecimiento de agua distinto a red pública, contar con aprobación de autoridad
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