Sucesión legítima
Guillermo JaimeDocumentos de Investigación24 de Febrero de 2020
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UNIVERSIDAD DEL VALLE DE MÉXICO[pic 1]
LICENCIATURA EN DERECHO
GUILLERMO ANGEL JAIME VILLARREAL
AULA D102
TURNO VESPERTINO
3er SEMESTRE
MATRÍCULA 870026449
MONICA GONZALEZ MORENO
Monterrey, Nuevo León
Checklist | DERECHO SUCESORIO | AGO-DIC 2018 |
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Metodología |
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Portada | Logo Institucional |
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5% | Nombre de la Institución |
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| Vertical de Sociales |
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| Nombre del alumno |
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| Aula, Grupo , Turno, semestre, Matrícula |
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| Nombre de la catedrática |
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| Ciudad |
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Contenido |
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30% | Teoría | Explicar con sus palabras |
| Práctica | Agregar un caso práctico |
Índice |
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5% |
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Introducción | Mínimo tres párrafos de al menos 8 renglones cada uno. |
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10% |
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Bibliografía | Mínimo 5 autores y 3 páginas web |
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10% | puede citar o parafrasear |
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Enumeración de hojas |
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5% |
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Conclusiones | Mínimo hoja y media tamaño Arial 12 |
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20% | Justificado |
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| Interlineado 1.5 |
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Ortografía y coherencia | ||
15% | ||
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FECHA DE ENTREGA | 29 DE NOVIEMBRE POR CORREO | mdfmonicagzzm@hotmail.com |
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SE CALIFICA CON CERO: | TRABAJO INCOMPLETO, PLAGIO |
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Y EL NO ENTREGADO EN TIEMPO Y FORMA |
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OIRTADA 5% | |
CONTENIDO 30% | |
INDICE 5% | |
INTRODUCCIÓN 10% | |
BIBLIIOGRAFÍA 10% | |
ENUMERACIÓN DE HOJAS 5% | |
CONCLUSION 20% | |
ORTOGRAFIA Y COHERENCIA 15% | |
TOTAL 100% |
INDICE
PORTADA…………………..1
INDICE………………………2
INTRODUCION…………….3
DESARROLLO……………..4
CONCLUCION……………..9
REFERENCIAS……………10
Introducción
La sucesión legitima o intestada, es un tema muy complicado cuando se lleva a cabo en la vida real, esto trata de una sucesión de bienes y derechos de una persona fallecida a falta de testamento, y esto puede causar controversia porque de ella pueden heredar cónyuge e hijos, pero al promover algún juicio pueden surgir más hijos del de cujus sin que la familia que promovió lo sepa, Algunos casos se vuelves demasiado complicados por diferentes circunstancias algunos se aprovechan de dicha situación otros no sabes que hacer al respecto pero debido a eso existen artículos que defienden y promueven el llegar a un acuerdo de manera legal y justa.
También puede ayudar a la familia del de cujus, ya que al no disponer se algún testamento, estos pueden heredar más fácil por el simple hecho de ser parientes en primer grado, o si el de cujus no dispuso de la totalidad de los bienes la familia puede disponer de ellos gracias a esta sucesión. Pero siempre para realizar esto todos debemos conocer los artículos que nos defienden y promueven llevar todo de manera justa y clara y que todo se haga conforme a la ley.
Esto es a grandes rasgos lo que puedo explicar de sucesión legítima, pero explicare a continuación más a fondo sobre este interesante tema, explicándolo de manera clara y precisa, basándome de diferentes fuentes de información, libros y autores para ser más claro este trabajo y ayudarme a validar de manera coherente.
Primeramente quiero explicar de manera breve que es la sucesión, basándome de QUISBERT,Ermo,La Sucesion.La Paz,Bolivia:ADEQ,ermoquisbert.tripod.com/suc/02.pdf,2007, dice de la siguiente manera” Sucesión deriva del latín sucesión y significa “entrar una persona o cosa en lugar de otra”. Otros autores dicen que el término sucesión deriva de sucesión “acción de suceder. Y algunos dices que la palabra sucesión deriva de: “so” y “sucederé “, “venir después”
Existen muchas maneras de explicar lo que es sucesión, ya que muchos autores, libros y diversas personas le buscan un significado coherente, pero para mí la sucesión en términos de derechos es trasmitir nuestros derechos, bienes u obligaciones a algún otro individuo y que siga permaneciendo.
Aunque lamentablemente no todas las personas debido a diversas circunstancias llegan a transmitir sus derechos, bienes u obligaciones y gracias a eso existen diferentes tipos de sucesiones como lo son el testamentario y legitima según la enciclopedia jurídica “La primera es aquella que la ley defiere a los parientes más próximos, de acuerdo con un orden que ella misma establece; la segunda se basa en la voluntad del difunto expresada en el testamento.
La ley indica en la primera en forma taxativa a los herederos legítimos, determinado la porción de cada uno y prohibiendo, generalmente, su exclusión por testamento cuando se trata de parientes en línea recta; de ahí la denominación impropia de herederos forzosos.”
Ya que explicamos estos 2 tipos de sucesión nos enfocaremos principalmente lo que es la sucesión legítima y profundizar más sobre el tema.
Para la apertura principalmente de la sucesión legitima según el capítulo cuarto, título primero del Código Civil del Estado de Nuevo León:
Art. 1496 que dice lo siguiente
“La sucesión legítima se abre cuando:
I.- Cuando no hay testamento, o el que se otorgó es nulo o perdió su validez;
II.- Cuando el testador no dispuso de todos sus bienes;
III.- Cuando no se cumpla la condición impuesta al heredero;
IV.- Cuando el heredero muere antes del testador, repudia la herencia o es incapaz de heredar, si no se ha nombrado substituto.”
Cuando dicha persona no realiza el testamento no cualquier personas puede disponer de los derechos de la persona fallecida, según el código civil en el ART. 2911.
Tienen derecho a heredar por sucesión legítima:
I. Los descendientes, cónyuge, ascendientes y parientes colaterales dentro del cuarto grado, y la concubina o el concubinario.
II. A falta de los anteriores, la Beneficencia Pública.
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