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TEMQ 1. DERECHO PENAL


Enviado por   •  16 de Junio de 2014  •  9.511 Palabras (39 Páginas)  •  251 Visitas

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MODULO I. DERECHO PENAL.

TEMA I. DERECHO PENAL.

OBJETIVO 1. Interpretar el ordenamiento Juridico Penal.

1.- Derecho Penal.

a) Definición. Denominaciones. Principios que rigen el Derecho Penal, función.

Derecho penal es el conjunto de principios y reglas jurídicas que determinan las infracciones, las penas o sanciones, y las relaciones del Estado con las personas con motivo de las infracciones o para prevenirlas.

El derecho penal es la rama del derecho que establece y regula el castigo de los crímenes o delitos, a través de la imposición de ciertas penas (como la reclusión en prisión, por ejemplo).

Es la rama del Derecho Publico Interno relativo a los Delitos, Las Penas y las Medidas de Seguridad; que tienen como objetivo inmediato la Creación y la Conservación del Orden Social.

Se establece que el Derecho Penal es una rama del Derecho Público, en virtud de que al cometerse el delito, se forma la relación entre el Delincuente y el Estado.

Es posible distinguir entre derecho penal objetivo (ius poenale), que se refiere a las normas jurídicas penales en sí, y derecho penal subjetivo (ius puniendi), que contempla la aplicación de una sanción a aquellos que actualizan las hipótesis previstas por el derecho penal objetivo.

Sabemos que el derecho se encarga de regular las actividades de los hombres que viven en sociedad y que mantienen relaciones con el resto de los hombres. De esta forma, el derecho busca proteger la paz social con normas que son impuestas por la autoridad, quien, a su vez, tiene el monopolio del uso de la fuerza.

El principal objetivo del derecho penal es promover el respeto a los bienes jurídicos (todo bien vital de la comunidad o del individuo). Para esto, prohíbe las conductas que están dirigidas a lesionar o poner en peligro un bien jurídico. Lo que no puede hacer el derecho penal es evitar que sucedan ciertos efectos.

El Estado dispone de dos herramientas para reaccionar frente al delito: las medidas de seguridad (que buscan la prevención) y las penas (que suponen el castigo). La pena, por lo tanto, implica una restricción a los derechos del responsable

Cuando se habla de Derecho penal se utiliza el término con diferentes significados, de acuerdo a lo que se desee hacer referencia; de tal modo, podemos mencionar una clasificación preliminar tal como: Derecho penal sustantivo, y por otro lado, el Derecho penal adjetivo o procesal penal.

El primero de ellos está constituido por lo que generalmente conocemos como código penal o leyes penales de fondo, que son las normas promulgadas por el Estado, estableciendo los delitos y las penas, mientras que el derecho procesal penal es el conjunto de normas destinadas a establecer el modo de aplicación de aquellas.

Entre otras definiciones se pueden citar las de algunos Doctrinarios, tales como:

• Conjunto de reglas jurídicas establecidas por el Estado, que asocian el crimen como hecho, a la pena como legítima consecuencia - Franz von Liszt

• La rama del Derecho que regula la potestad pública de castigar, estableciendo lo que es punible y sus consecuencias, y aplicar una sanción o una medida de seguridad a los autores de infracciones punibles. - Ricardo Nuñez

• Conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto de delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora. - Luis Jiménez de Asúa

• Rama del ordenamiento jurídico que contiene las normas impuestas bajo amenaza de sanción. - Fontán Balestra

• Conjunto de normas jurídicas establecidas por el Estado, que definen las conductas delictivas y las penas o medidas de seguridad que hay que aplicar a sus infractores. Cándido Herrero

• Es la rama del derecho público interno relativo a los delitos, a las penas y medidas de seguridad que tienen por objeto inmediato la creación y conservación del orden social Universidad Humanitas.

El Derecho Penal en Sentido Objetivo.- Es el conjunto de normas jurídicas establecidas por el Estado; determinan los Delitos, las Penas y las Medidas de Seguridad con que aquellos son sancionados.

Derecho Penal en Sentido Subjetivo.- Es el derecho de castigar, consiste en la Facultad del Estado de conminar la realización del delito con penas y en su caso, imponerlas y ejecutarlas.

Derecho Penal Sustantivo o Material.- Concreta la noción del delito y determina las consecuencias. Cabe señalar que lo correspondiente a medidas de seguridad y los tratamientos especiales para niños o enfermos, autores de actos típicos, se deben considerar como reglas paralelas al Derecho Penal.

Derecho Penal Adjetivo o Derecho Penal Procesal Penal.- Es la reglamentación cuyo objetivo es el de aplicar en forma ordenada y sistemática el Derecho Penal Sustantivo; por lo que se considera que el Derecho Procesal Penal, es el conjunto de normas relativas a la forma de aplicación de las reglas penales a casos particulares.

Derecho Procesal.- Es el conjunto de reglas que norma la actividad estatal que tiene por objeto el eslabonamiento del delito.

Denominaciones. En término Derecho Penal, no es el único con el que se denomina a esta disciplina; la cual recibe los nombres de Derecho Criminal, Derecho de Defensa Social, etc. Sin embargo, estos últimos nombres no son adecuados ya que el primero se presta a confusiones; por cuanto algunas legislaciones hacen distingos entre crímenes, delitos y faltas. Respecto al segundo, se entiende que el derecho ha sido elaborado para la defensa de la sociedad.

DENOMINACIONES DEL DERECHO PENAL. Por: Ángel Maza López

Lo que conocemos hoy con el nombre de “derecho penal”, ha tenido distintas denominaciones en épocas anteriores, hasta conseguir un acuerdo consensuado o por lo menos con mayor aceptación a nivel internacional. Del Río J. Raimundo, habla de denominaciones como: Derecho de Castigar, Derecho Criminal, Derecho Represivo, Derecho Sancionador, Derecho Determinador, Derecho Reformador, Derecho de Prevención, Derecho Protector de los Criminales, Derecho Protector de la Sociedad, Derecho de Lucha contra el Delito, Derecho de Defensa Social y Derecho Penal. Expresa que la denominación derecho penal fue empleada por primera vez en 1756 por Engelhard, aunque se reconoce que en el siglo XVI ya existió el libro de las penas de Saws en 1577. Sin embargo, la palabra “penal”, empieza

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