VACIOS LEGALES DEL IMPUESTO ALA RENTA
weissyalexa3 de Enero de 2015
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CAPITULO I
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA DE INVESTIGACION
1. Problema Principal
En el Perú muchos contribuyentes aplican la Elusión para evadir tributos, aprovechando vacíos legales
La elusión es un acto lícito cuyo propósito es reducir el pago de los tributos que por ley le corresponden a un contribuyente. pueden ser por el aprovechamiento de vacíos en la normas tributarias; en buena cuenta la Elusión Tributaria constituye una ventana para no cumplir lícitamente las obligaciones fiscales; que sin embargo el sistema tributario debe abocarse a reducir dichos vacíos para evitar que se siga produciendo este acto que va en contra la política tributaria del país.
En general, el problema de investigación se plantea sobre la base de la siguiente pregunta:
¿Porque existen normas tributarias con vacíos legales que permiten la Elusión?
2. Problemas Secundarios.
Además, del planteamiento del problema principal se formula otras interrogantes que constituyen problemas secundarios.
Ellas son:
i) ¿Cómo reducir los vacíos legales que permite el afianzamiento de la Elusión Tributaria?
ii) ¿Qué políticas debe aplicar el Sistema Tributario, para neutralizar la conducta antijurídica que conduce a la Elusión Tributaria de los sujetos del Impuesto a la Renta?
iii) ¿De que manera la existencia de la Elusión Tributaria influye en la conciencia Tributaria de los sujetos del Impuesto a la Renta?
3. Alcances y limitaciones de la investigación
El presente proyecto de investigación tiene alcance nacional, por eso, se analizaran las normas tributarias que tengan relación con el tema de investigación.
Entre las limitaciones de la investigación están:
Dado que el tema es de interés nacional, utilizare las distintas doctrinas existentes en el medio para llegar a una verdad absoluta, generando con mi investigación una contribución al desarrollo nacional del país.
CAPITULO II
OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION
1. General
El propósito de este trabajo es proponer alternativas que permitan disponer de normas que aprueban obligaciones tributarias que no contengan vacíos legales y por tanto se neutralice la elusión tributaria y facilite la efectividad del sistema tributario.
2. Específicos
2.1 Estudiar las Normas Tributarias que enmarquen la Elusión Tributaria en la Ley del Impuesto a la Renta.
2.2 Analizar los distintos escenarios en la cuál se perciba los vacíos legales, dejados por la Ley del Impuesto a la Renta.
2.3 Determinar los efectos de las normas que regulan el Impuesto a la Renta.
2.4 Crear algún mecanismo de control a fin de reducir los vacíos legales de la Ley del Impuesto a la Renta.
CAPITULO III
JUSTIFICACION E IMPORTANCIA DE ESTUDIO
1. 1. Justificación del Proyecto
El presente proyecto de investigación se justifica por:
1. Naturaleza
La elusión tributaria, es una ventana que incentiva el no cumplir lícitamente las obligaciones fiscales, que sin embargo, afecta las políticas, procesos y procedimientos fiscales. La elusión, es considerada también como un acto de defraudación fiscal, que mediante el empleo de los vacíos legales, tiene el propósito es reducir el pago de los tributos que por norma le corresponden a un deudor tributario. Pueden ser por engaños, errores, u omisiones en las declaraciones o cualquier otro acto del que se tenga un beneficio indebido en perjuicio del fisco.
1. Magnitud.
Aunque lícito, pero el hecho de impedir que se genere el hecho imponible, para que surja la obligación tributaria, evitando el acto previsto en la ley como generador de tributos, origina problemas en la Administración Tributaria y de parte de esta en la perdida del beneficio de la duda para el deudor por su conducta antijurídica.
1. Trascendencia.
El que elude paga menos, por ende menor recaudación y su trascendencia se refleja en la menor inversión, menores servicios sociales, menor presupuesto, etc.
De acuerdo con esto, todo lo que haga el deudor tributario para encontrar los vacíos legales para no cumplir el objeto de la obligación fiscal será un problema para el acreedor tributario, para el Estado y por ende para el país.
1. Vulnerabilidad.
El problema de investigación es vulnerable, es decir, se puede investigar, el investigador tiene la capacidad suficiente y los recursos para obtener resultados rigurosos.
1. 2. Importancia del Proyecto.
Los resultados de la investigación tendrán las siguientes repercusiones:
a. Social, Las obligaciones tributarias son de carácter público y constituyen el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por la ley, que tiene por objeto la determinación del hecho imponible y el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente. De acuerdo con esto, todo lo que haga el deudor tributario para encontrar los vacíos legales para no cumplir el objeto de la obligación tributaria será un problema para los ingresos del acreedor tributario, para el Estado y por ende para el país.
b. Económica, La elusión es una práctica condenable desde cualquier punto de vista, que no deberían alentarse ni mucho menos realizarse porque mediante la identificación de vacíos legales, conspiran contra los principios de equidad, la estabilidad normativa tributaria, realidad económica y especialmente contra la recaudación del Estado, necesaria para el desarrollo socioeconómico.
c. Jurídica, Se diferencia de la evasión tributaria al no ser técnicamente un delito ni otro tipo de infracción jurídica, ya que el uso de argucias y tecnicismos legales le confieren completa legitimidad, para efectos jurídicos. No obstante, la distinción entre ambas es meramente conceptual, porque ciertas situaciones jurídicas son bastante ambiguas, en particular debido a que el aprovechamiento de subterfugios legales no se hace generalmente de manera completamente inocente, y además, porque muchas conductas destinadas a “rebajar” impuestos pueden ser consideradas delictivas o no dependiendo de un detalle tan técnico, cual es la existencia de un tipo penal tributario que castigue dicha conducta como un hecho punible. La elusión tributaria es una consecuencia del principio de legalidad del tributo, ya que como el impuesto debe venir establecido por la ley, entonces no puede cobrarse un impuesto si la ley no lo ha establecido, lo que abre el flanco para aprovechar los puntos débiles que la ley ha dejado.
1. 3. Limitaciones.
El concepto teórico de limitantes no significa obstáculos para realizar la investigación, son los parámetros establecidos por el investigador para demostrar y comprobar la hipótesis en el lapso establecido. Dicha limitaciones son:
3.1 Teórica,
Para ejercer la presente investigación se hará uso de los siguientes antecedentes bibliográficos:
• Villegas, Héctor B. y otros: “La evasión tributaria en la Argentina”. Buenos Aires-Argentina. En este trabajo el autor considera que tanto la evasión como la elusión son prácticas condenables desde cualquier punto de vista, que no deberían alentarse ni mucho menos realizarse porque conspiran contra la equidad, la estabilidad normativa tributaria y la recaudación del Estado.
• Diez, Humberto y Coto, Alberto P.: “Propuestas técnicas para enfrentar la evasión”. Buenos aires -Argentina. Según el autor, las maniobras elusivas son realizadas no por personas de escasos recursos o poco conocimiento en operaciones bancarias, sino por verdaderos profesionales en materia de elusión tributaria y manejo de operaciones financieras. La elusión constituye sin duda una flagrante injusticia, desde que pone en situación de no contribución a quienes mediante un subterfugio evitan el alcance de la ley.
• Zeitoune, Jaime y Pazo, H. Gonzalo: Trabajo Final “Evasión impositiva en Argentina”. Universidad del CEMA. Según el autor, la elusión no es infracción ni delito de los deudores del sistema tributario
• Dr. David Bravo Sheen: “Simulación, abuso de formas, elusión y fraude a la ley en el derecho tributario”. Lima – Perú. En este trabajo el autor desarrolla los siguientes aspectos: aplicación del Derecho Tributario, hipótesis de afectación y la voluntad de las partes, simulación absoluta y simulación parcial, abuso de formas, elusión, fraude a la ley tributaria; y, la simulación, el abuso de formas y el Fraude a la Ley Tributaria en el Sistema Tributario Peruano.
• Bonzón Rafart, Juan. La elusión tributaria. Argentina. Según el autor, las personas, ya sean físicas o jurídicas, son libres de instrumentar sus relaciones civiles o comerciales con otras personas, de la manera que consideren más conveniente, utilizando inclusive formas no previstas ni tipificadas por la ley (contratos innominados). Asimismo, las leyes tributarias toman muchas veces esos instrumentos y/o las relaciones jurídicas que los subyacen, como hechos imponibles generadores de obligaciones impositivas. Las formas instrumentales elegidas por las personas para regular sus relaciones jurídicas, no deben ser necesariamente observadas y tenidas en cuenta por el fisco de igual manera, ya que éste, basado en el principio de la realidad económica, puede prescindir de tales formas y valorar el negocio jurídico, acto o contrato empíricamente.
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