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CONTRATOS DE DERECHO LABORAL

AMpisios14 de Abril de 2015

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YO: JUAN JOSÉ CASTAÑEDA LÓPEZ, de treinta y dos años de edad, casado, Médico Internista, guatemalteco, residente en Huehuetenango, me identifico con la cédula de vecindad Número de orden M guión trece (M-13) y número de registro (26,292) Veintiséis mil doscientos noventa y dos, extendida por el Alcalde Municipal del departamento de Huehuetenango, Municipio de Huehuetenango, Comparezco con la calidad de Representante Legal de PRVEEDORA FUENTES Y CANO, SOCIEDAD ANÓNIMA, inscrita en el Registro Mercantil General de la República bajo el Registro número quinientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta y tres (558,253), folio trescientos doce (312), del libro quinientos veinte (520) de sociedades Mercantiles, en la que laboran catorce (14) trabajadores; por una parte y por la otra comparece el señor MARACO VINICIO SUAREZ, de veinte años de edad, soltero , Bachiller en Ciencias y Letras , guatemalteco, vecino del Municipio de Huehuetenango, del Departamento de Huehuetenango, quien se identifica con la cédula de vecindad número de Orden M guión trece (M-13) y número de Registro setenta y dos mil ciento noventa y cinco (72,195), extendida por el Alcalde Municipal de Huehuetenango, del Departamento de Huehuetenango. Quienes para el efecto de este contrato nos denominaremos PATRONO Y TRABAJADOR respectivamente. y consentimos en celebrar CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO, conteniendo en las cláusulas siguientes; PRIMERA: Inicio de Labores. La relación de trabajo inicia el día veintidós de julio del año dos mil once; SEGUNDA: De Rango de Puesto. El trabajador prestará los servicios siguientes: Jefe de Producción, por lo tanto después de leer y analizar el Reglamento de Funciones Interno de Trabajo se dará por aceptadas las obligaciones que el mismo establezca, estrictamente a todo lo que su puesto requiera de acuerdo al reglamento de funciones interno de la empresa PROVEEDORA FUENTES Y CANO, S.A. TERCERA: Del Lugar de Trabajo. Estos servicios serán prestados en el Departamento de Producción de la entidad en mención, ubicada en la séptima calle trece guión veinte, zona tres (7ª. Calle 13-20, zona 3) de esta ciudad; CUARTA: Del Tiempo del Contrato. La duración del presente contrato es por tiempo indefinido; QUINTA: Del Horario de Trabajo. La jornada de trabajo es diurna, por lo tanto la jornada ordinaria de trabajo será de ocho horas diarias, excepto el día sábado que será de cuatro horas, haciendo un total de cuarenta y cuatro horas a la semana; el trabajador tendrá un horario de seis horas a doce horas y de trece horas con treinta minutos a quince horas con treinta minutos de lunes a viernes, excepto el día sábado que tendrá un horario de seis a once horas; SEXTA: Del Sueldo. El salario será de Tres Mil Doscientos Veinticuatro quetzales exactos (Q.3,224.00), los cuales serán distribuidos de la siguiente manera; dos mil setenta y cuatro quetzales (Q. 2,074.00) de sueldo base y doscientos cincuenta quetzales exactos (Q. 250.00) de bonificación incentivo. El séptimo día y los días de asueto, le serán pagados al trabajador de conformidad con los artículos ciento veintiuno (121) del Código de Trabajo, ciento veintiséis (126) y ciento veintisiete (127) de Código de Trabajo; SEPTIMA: De las Prestaciones. El Patrono está obligado a otorgar al trabajador anualmente en concepto de aguinaldo, el equivalente al cien por ciento del salario ordinario mensual que éste devengue por un año de servicios continuos, o la parte proporcional correspondiente; El trabajador tendrá derecho a la bonificación contenida en el decreto cuarenta y dos guión noventa y dos (42-92), del congreso de la República (bono catorce), de conformidad de lo establecido en el mismo; y a la bonificación y sus modificaciones de conformidad con el decreto setenta y ocho guión ochenta y nueve (78-89); El trabajador gozara de un periodo de vacaciones remuneradas después de cada año de trabajo continuo al servicio de la empleadora, cuya duración será de quince días hábiles. OCTAVA: De la Recisión. De conformidad con lo establecido en el Código de Trabajo, y lo expresamente pactado por el trabajador y el Patrono en este contrato, cuando el trabajador desee dar por concluido su contrato de trabajo por tiempo indefinido, sin justa causa o atendiendo únicamente a su propia voluntad, debe dar aviso previo al Patrono, según lo estipulado en el Artículo ochenta y tres (83) del Código de Trabajo, para poder proceder a su selección y contratación de su sustituto, así como colaborar con su entrenamiento, dicho aviso debe darse siempre por escrito con anticipación de sesenta días. En los términos expuestos, los otorgantes, en la calidad con que respectivamente actúan, aceptan el contenido de todas y cada una de las cláusulas del presente Contrato. NOVENA. El presente contrato se suscribe en el Departamento de Huehuetenango, Municipio de Huehuetenango, el día seis del mes de septiembre del año dos mil doce. El contrato se realiza en tres ejemplares: Correspondiente uno para cada una de las partes y uno que el Patrono remitirá al Departamento de Registro laboral dentro de los siguientes 15 días de la suscripción.

Firma o impresión digital del Trabajador. Firma o impresión digital del Patrono.

Nosotros, Por una parte yo ERICK JOSUÉ GÓMEZ ABELARDE, de cuarenta y tres años de edad, casado, Guatemalteco, presidente de ASOFUTBOL de Huehuetenango, de este domicilio, me identifico con Documento Personal de Identificación, Código Único de Identificación número un billón novecientos un mil setecientos quince millones novecientos sesenta y un mil trescientos uno (1901 71596 1301) extendido por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; y por la otra parte ANTONIO EMANUEL FUENTES, de sesenta y dos años de edad, Casado, Guatemalteco, Administrador de Empresas, Con domicilio y residencia en la primera avenida segunda calle tres guion ochenta de la zona uno Huehuetenango, Huehuetenango, me identifico con Documento Personal de Identificación, Código Único de Identificación un billón seiscientos cincuenta y seis mil un millón seiscientos un mil trecientos uno, extendido por el por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Manifestamos que nos encontramos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, ser de los datos de identificación personal indicados y por medio de este acto en idioma español que hablamos y entendemos celebramos CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DE AUDITOR, de conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: Yo ERICK JOSUÉ GÓMEZ ABELARDE, manifiesto que me encuentro enterada de la prestación de servicios como auditor del señor antes mencionado, por lo que decido contratar al señor ANTONIO EMANUEL FUENTES como auditor en mi empresa denominada BONITO Y BARATO de conformidad a los que más adelante pactaremos en dicho contrato. SEGUNDA: Yo ERICK JOSUÉ GÓMEZ ABELARDE, manifiesto que por este acto contrato al señor ANTONIO EMANUEL FUENTES como auditor en mi empresa denominada BUENO Y BONITO , en base a las siguientes condiciones: a) Plazo: el plazo del presente contrato es de un año, iniciando el dos de Enero del año en curso y finaliza el dos de Enero de dos mil quince; b) HONORARIOS: De honorarios será la cantidad dos mil cuatrocientos quetzales (Q.2,400.00)pagaderos en forma mensual y anticipada, o sea los pagos se realizarán los primeros cinco días de cada mes los que me serán depositados a una cuenta bancaria; c) DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES A PRESTAR: el señor ANTONIO MANUEL FUENTES será el auditor en mi empresa Bueno y Bonito; d) DEL LUGAR DONDE SE PRESTARAN LOS SERVICIOS PROFSIONALES : El señor ANTONIO MANUEL FUENTES prestara sus servicios como auditor en la empresa Bueno y Bonito, que se encuentra ubicada en la décima calle ocho guion noventa de la zona dos del departamento de Huehuetenango ; f) Terminación: El presente contrato puede darse por terminado aun antes del vencimiento del plazo por voluntad expresa de ambas partes, manifestada con un mes de anticipación, o bien sin responsabilidad de los contratantes por incumplimiento de un meses del pago de los honorarios correspondientes y pactados en este contrato, debiendo proceder a requerimiento de la parte que; g) En el caso de incumplimiento de cualquiera de las partes contratantes manifestamos que, renunciamos al fuero de nuestro domicilio y nos sometemos al tribunal que elija la parte que cumpla, aceptando como buenas, liquidas, exactas y de plazo vencido, las cuentas que se nos presenten para su cobro y como título ejecutivo éste documento; h) Yo ANTONIO MANUEL FUENTES , manifiesto que en los términos relacionados acepto para sí el presente contrato. Obligándome a cumplir todas y cada una de las cláusulas y condiciones anteriormente mencionadas. TERCERA: Manifestamos, ambos contratantes que en los términos relacionados aceptamos el presente contrato de acuerdo a las cláusulas mencionadas, y previa lectura y ratificación del mismo, y bien enterados de su contenido, objeto, valor y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos. Y por seguridad jurídica dejamos la impresión dactilar del pulgar de la mano derecha En la ciudad de Huehuetenango, tres de enero de dos mil doce.

F) F)

En la ciudad de Huehuetenango, tres de enero son AUTENTICAS, por haber sido puestas en mi presencia el día de hoy por ERICK JOSUÉ GÓMEZ ABELARDE, quien se identifica con Documento Personal

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