ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO DEL COMSUMIDOR- PERU. I PARTE

guillebentu2 de Mayo de 2015

3.557 Palabras (15 Páginas)505 Visitas

Página 1 de 15

DERECHO DEL CONSUMIDOR.-título preliminar En el T.P. encuentra las bases sobre las cuales se desarrolla el texto del Código de Protección y defensa del consumidor. . El art. I establece las normas de protección y defensa de los consumidores instituyendo como un principio rector de la política social y económica del Estado la protección de los derechos de los consumidores, dentro del marco del art. 65° de la Constitución Política del Perú. Respecto al Art.II , de la finalidad, es que los consumidores accedan a productos y servicios idóneos y que gocen de los derechos y los mecanismos efectivos para su protección, reduciendo la asimetría informativa. •Respecto al Art. III se refiere a que establece los momentos fundamentales en los que el consumidor podrá hacer uso de las normas establecidas por la presente ley, para defender y hacer valer sus derechos eficientemente, gracias a la protección que brinda la Constitución y a la confirmación de tal derecho, mediante la presente ley. . Respecto al Art. IV, señala definiciones, como por ejemplo: Consumidor, es la persona natural o jurídica que adquiere, utiliza o disfruta un producto, ya sea un bien o un servicio, para fines personales, familiares o de su entorno social inmediato, y que las personas naturales y jurídicas pertenecientes a la categoría profesional de los pequeños empresarios son también sujetos afectados por la desigualdad informativa en la relación de consumo. . El Art. V, se refiere a los principios que son la base de la normativa implantada, es por ello que estos deben de ser respetados por todos. El Art. VI, establece las políticas públicas a seguir, con la finalidad de que se genere una eficaz y mayor protección al consumidor o usuario. Derechos de los consumidores.- . Desde Aristóteles hasta los planteamientos iusnaturalistas de Santo Tomas, se ha determinado que la causa final del Estado es el "bien común" que constituye una verdad firme y universal que todo Estado tiende a desarrollar. . Raúl Ferrero define el bien común como el conjunto de condiciones sociales que favorecen la existencia y el desarrollo del hombre. información a los consumidores.- •La información que brinda el proveedor al consumidor es decisivo para la decisión que tome el consumidor al momento de contratar. •La protección al consumidor se basa en la asimetría de información existente entre proveedores y consumidores. prohibición de informacion falsa o que induzca a error al consumidor: . La falta de información en los productos o publicidad engañosa es un problema muy serio que se ha generado con frecuencia en los últimos tiempos. . Información es la acción de dar noticias sobre algo, esta perjudica a los usuarios cuando no es suficiente como para que este pueda elegir libremente.. Es mucho pero cuando la información dada es falsa, debido a que cuando la información es insuficiente, indica que no estén publicitando toda la información que un consumidor debe de tener conocimiento.. Que, la información sea engañosa implica que están dando la verdadera información solo que al momento de publicitarla realizan actos de engaño para que el consumidor crea en algo que no es cierto. integridad del precio.- •Es obligación de los proveedores, informar a los consumidores de los precios de los productos en venta, debido a que esto permite mayor libertad para una mejor elección del producto que el consumidor va a adquirir. •También, debe consignarse el precio de estos en soles incluyendo el impuesto de ley. productos no originales o con defectos.- . La presente ley, no solo protege a los proveedores o usuarios que adquieren productos o servicios nuevos sino también, los que adquieren productos usados o defectuosos.. El proveedor se ve en la obligación de tener un comportamiento en base al principio de buena fe, por lo cual, debe informar adecuadamente acerca de las reales características al consumidor, y en especial cuando el producto tiene alguna deficiencia o defecto, usados, reconstruidos o remanufacturados.

I. El Derecho del Consumidor en el Perú • Constitución Política del Perú 1993 "Artículo 65°.- El Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios. Para tal efecto garantiza el derecho a la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado. (…)" •Ley N° 29571 – Código de Protección y Defensa del Consumidor (2.9.10) •Decreto Legislativo N° 807 – Facultades, Normas y Organización del INDECOPI (18.4.96) •Ley N° 28587 - Ley complementaria a la Ley de protección al consumidor en materia de servicios financieros (21.7.05)

• D.S. 011-2011-PCM – Reglamento del Libro de Reclamaciones del CPDC (19.2.11), modificado por D.S. 006-2014-PCM (23.1.2014) •D.S. 046-2011-PCM - Reglamento del Sistema de Arbitraje de Consumo a que hacen referencia los artículos del 137º al 144º de la Ley Nº 29571, CPDC (24.5.11) •Directiva 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, Reglas sobre la competencia desconcentrada en las comisiones adscritas a las Oficinas Regionales y demás sedes del INDECOPI (29.11.10) • Directiva 004-2010/DIR-COD-INDECOPI, Reglas complementarias aplicables al Procedimiento Sumarísimo en materia de protección al consumidor (14.11.10), modificado por Directiva 007-2013/DIR-COD-INDECOPI. Derecho del Consumidor en Servicios Regulados (I) a) Servicios de Saneamiento R. 066-2006-SUNASS-CD - Reglamento Atención de Reclamos Usuarios Servicios de Saneamiento. b) Servicio de Electricidad y Gas Natural R. 671-2007-OS-CD - Procedimiento de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Públicos de Electricidad y Gas Natural. c) Servicios de Infraestructura de Uso Público R. 019-2011-CD-OSITRAN - Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias de OSITRAN. d) Servicios de Telecomunicaciones R. 015-99-CD-OSIPTEL – Directiva que Establece Normas Aplicables a los Procedimientos de Atención de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones e) Servicios de salud brindados por Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAs) e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRES): R. 160-2011-SUNASA/CD – Reglamento de Atención de Reclamos de las IAFAs e IPRESS. codigo de proteccion y defensa del consumidor Plasma las líneas directrices que orientarán el accionar del Estado y los agentes del mercado. Establece las Políticas Públicas y los Principios que regirán el sistema y que orientarán a todos sus integrantes: Estado, gremios y ciudadanía. Ha permitido unificar, actualizar y fortalecer la legislación. Se constituye en una herramienta del desarrollo económico del país: fomenta transacciones exitosas de consumo beneficiando tanto al consumidor, como al proveedor y al mercado en general mediante reglas de juego claras. ámbito de aplicación del código (art. iii) 1. El presente Código protege al consumidor, se encuentre directa o indirectamente expuesto o comprendido por una relación de consumo o en una etapa preliminar a ésta. 2. Las disposiciones del presente Código se aplican a las relaciones de consumo que se celebran en el territorio nacional o cuando sus efectos se producen en éste. 3. Están también comprendidas en el presente Código las operaciones a título gratuito cuando tengan un propósito comercial dirigido a motivar o fomentar el consumo. relación de consumo.- Es la relación por la cual un consumidor adquiere un producto o contrata un servicio con un proveedor a cambio de una contraprestación económica. Esto sin perjuicio de los supuestos contemplados en el artículo III. 1.1 Consumidor: •La palabra consumidor proviene del latín «consumĕre» que significa "gastar" o "destruir". Ergo, el significado etimológico sería: "El que gasta bienes". •La RAE define el término simplemente como "Persona que compra productos de consumo". en economía:•El consumidor es un agente (persona u empresa) que demanda bienes o servicios de sus productores o proveedores, conforme a su renta, intereses y necesidades, actuales y futuras (perspectiva neoclásica). •Es una noción amplia: abarca todo acto de consumo. en derecho (Visión general):•La noción jurídica del consumidor es mucho más restringida que la definición económica: Se limita a los consumidores en situación de asimetría de información (por lo general, los consumidores finales). •La "asimetría informativa" o "asimetría de información", existente a todo nivel comercial, es una situación en la cual los adquirentes de bienes o servicios se encuentran en desventaja frente a sus proveedores, debido a que éstos últimos cuentan con mayor y mejor información acerca de sus productos en el mercado. •Se excluye por lo general a los consumidores "no-finales" y a las empresas consumidoras, puesto que tendrían mecanismos eficientes para compensar por sí mismos la asimetría informativa (en teoría). •Por ello es también una noción pragmática, se diseña para cumplir los fines preestablecidos. •Como veremos, esta flexibilidad muchas veces no permite establecer límites claros y permanentes en las legislaciones nacionales. ¿SÓLO RELACIONES DE CONSUMO?… superación de la relación de consumo consumidor equiparado: expuesto, directa o indirectamente. La calidad de consumidor final constituye una condición de procedencia de las denuncias que se presentan ante la Comisión y como tal, debe ser evaluada al momento en que la denuncia se interpone aplicándose la norma vigente en dicha oportunidad. Proveedor.-Persona natural o jurídica, de Derecho Público o Privado que de manera habitual fabrica, elabora, manipula, acondiciona, mezcla, envasa, almacena, prepara, expende, suministra productos o presta servicios a los consumidores. proveedor-habitualidad: Se considera habitual aquella actividad que se realiza

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (23 Kb)
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com